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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2006 (17/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 68

PÆg. 314962 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de marzo de 2006 Que, en mérito a lo dispuesto en el literal b) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud, aprobado a través de la Resolución de SuperintendenciaNº 029-2001-SEPS/CD, corresponde al Consejo Directivo, aprobar los reglamentos y otras disposiciones de carácter general; Que, en aplicación a lo señalado en el literal c) del artículo 10º del citado Reglamento de Organización y Funciones, corresponde al Superintendente velar por lacorrecta ejecución de los acuerdos del Consejo Directivo y expedir las Resoluciones que correspondan; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo, en Sesión Ordinaria Nº 003-2006-SEPS de fecha 28 de febrero de 2006; SE RESUELVE: Supervisión Artículo 1º.- Las entidades que prestan servicios de salud prepagados, sin registro en la Superintendenciade Banca y Seguros ni en ninguna entidad supervisora, se encuentran sujetas a las normas sobre seguridad patrimonial y financiera que dicte la Superintendencia deEntidades Prestadoras de Salud (SEPS), así como a su supervisión y control, de conformidad con lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria del DecretoSupremo Nº 009-97-SA. Definiciones Artículo 2º.- Para los fines de la presente resolución se entenderá por: a.Entidad de Salud que presta Servicios de Salud Prepagados (ESSP).- El establecimiento de salud organizado como persona jurídica que tiene dentro de su objeto social la prestación de servicios de saludprepagados. b.Servicios de Salud Prepagados.- Los ofrecidos por una Entidad de Salud para atender un probable eventoo contingencia de salud a través de su infraestructura propia, a cambio de un aporte económico regular, voluntario, anticipado y fijado en contrato suscrito previamente consus afiliados. Excepcionalmente y contando con la autorización de la SEPS, dicha entidad podrá recurrir a los servicios de salud prestados por terceros. Registro en la SEPS Artículo 3º.- Para prestar servicios de salud prepagados, la ESSP deberá contar con registro en la SEPS, debiendo presentar para tal efecto, la siguientedocumentación: a) Solicitud de registro (Anexo 1). b) Ficha de registro (Anexo 2). c) Plan de negocios de los servicios de salud prepagados (Anexo 3). Artículo 4º.- La SEPS dispondrá que la ESSP publique en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulación nacional, un aviso haciendo saber la presentación de la solicitud de registro, los nombres de los socios o accionistas,directores, gerente general y funcionario responsable del servicio de salud prepagado, citando a toda persona interesada para que, en el término de quince (15) díascalendario, contado a partir de la fecha del último aviso, formule ante la SEPS cualquier objeción fundamentada a la solicitud. Artículo 5º.- La SEPS, dentro de un plazo máximo de sesenta (60) días calendario, contado a partir de la fecha de la entrega de toda la información requerida, y de ser procedente, expedirá el respectivo Certificado de Registro. El Certificado de Registro deberá ser exhibido permanentemente en la sede principal y demás establecimientos de la ESSP, en lugar visible y público. DISPOSICIONES FINALES Artículo 6º.- El Superintendente dictará las normas que resulten necesarias para el mejor cumplimiento de la presente Resolución, dando cuenta al ConsejoDirectivo. Artículo 7º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano.DISPOSICIONES TRANSITORIAS Adecuación de las ESSP en actividad Primera.- Las ESSP comprendidas en el Artículo 1º, que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución brindan servicios de salud prepagados,solicitarán su registro mediante solicitud dirigida al Superintendente (Anexo 1) y presentando la ficha de registro (Anexo 2). Asimismo, deberán adjuntar copiasimple del Testimonio de la Escritura de Constitución Social y Estatuto, donde conste como objeto social la prestación de servicios de salud prepagados. De maneratransitoria podrán adjuntar copia certificada de la parte pertinente del acta donde conste el acuerdo del directorio u órgano competente de someter a la próxima JuntaGeneral u órgano supremo, la decisión de incluir tales servicios como parte del objeto social de la Entidad. Segunda.- De no existir observaciones, la SEPS expedirá el Certificado de Registro en un plazo máximode treinta días (30) calendario, contado a partir de la fecha en que se completó la documentación requerida. Tercera.- El plazo para la adecuación a que se refiere la Primera Disposición Transitoria culminará el 30 de abrilde 2006. Regístrese, comuníquese y publíqueseCÉSAR AUGUSTO DONAYRE CÁRDENAS Superintendente ANEXO 1 ....................., ...... de ...................... de............ Señor Superintendente de Entidades Prestadoras de Salud Presente.- ........................................, con R.U.C. Nº ........................, (Denominación o Razón Social) y con domicilio legal en ....................................................... (Dirección, Distrito, Provincia y Departamento) debidamente representada por .......................................... (Nombres y apellidos .............................................................. con documento del Gerente General) de identidad Nº ............., según poder inscrito en la (Ficha Nº o Partida Nº) ............................ de la Oficina Registral de .........................., solicita registro para realizar (Indicar jurisdicción) servicios de salud prepagados, bajo el control ysupervisión de la SEPS, para lo cual se presenta lasiguiente documentación: a. Ficha de Registro (Anexo 2). b. Plan de Negocios (Anexo 3). (*) c. Copia simple del Testimonio de Escritura de Constitución y Estatuto, el que debe incluir los servicios de salud prepagados como objeto social. (**) d. Relación de los principales socios o accionistas, directores y principales funcionarios. e. Detalle de los servicios de salud prepagados, productos, planes y/o programas ofertados y sus notas técnicas, sus contratos, formatos y folletos publicitarios. f. Copia de la Constancia de Categorización del MINSA de los establecimientos de salud en los que se brindarán los servicios. (**) g. Designación del funcionario responsable de los servicios de salud prepagados. Sírvase proceder conforme a las normas vigentes. ——————————————— Firma del Representante Legal (*) No serán requeridos a las ESSP que soliciten su registro hasta el 31 de marzo de 2006 (**) No será requerida a las ESSP inscritas en el Registro de Empresas y Entidades vinculadas a los planes de salud de las Entidades Prestadoras de Salud de la SEPS.