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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2006 (17/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 55

PÆg. 314949 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que el 08 de febrero del 2006, la alianza electoral “Unidad Nacional” presentó ante el Jurado ElectoralEspecial de Lima Centro una solicitud de inscripción de fórmula de candidatos a representantes ante el Parlamento Andino para su participación en la elección arealizarse el 09 de abril de 2006, la que fue admitida a trámite por dicho Jurado Electoral Especial mediante Resoluciones Nº 0103-2006-JEE/LC y Nº 0189-2006-JEE/LC de fechas 01 y 09 de marzo de 2006, publicadas en el Diario Oficial El Peruano los días 03 y 10 de marzo de 2006, respectivamente; Que el Jurado Nacional de Elecciones expidió la Resolución Nº 272-2006-JNE de 08 de marzo de 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 10 demarzo de 2006, la misma que ha quedado consentida, declarando fundado el recurso de apelación interpuesto por la alianza electoral “Unidad Nacional” contra elextremo a que se refiere el artículo segundo de la primera Resolución señalada en el considerando anterior; y ha transcurrido el plazo sin que los ciudadanos hayanplanteado tacha alguna contra los candidatos que integran la referida fórmula; Que el artículo 12º del Reglamento del Proceso para Elección de Representantes ante el Parlamento Andino, aprobado mediante Resolución Nº 004-2006-JNE de 06 de enero de 2006, establece que consentida la inscripción delistas de candidatos al Parlamento Andino o ejecutoriadas las resoluciones recaídas en las tachas que se hubiesen formulado, el Jurado Electoral Especial de Lima Centroeleva lo actuado al Jurado Nacional de Elecciones, el cual en última instancia y previa verificación de su legalidad, dispone la inscripción y publicación respectiva; Que se ha verificado que la solicitud de inscripción de fórmula de candidatos a representantes ante el Parlamento Andino presentada por la alianza electoral“Unidad Nacional” cumple con las exigencias señaladas en la Ley de elecciones de representantes ante el Parlamento Andino Nº 28360, la Ley Orgánica deElecciones Nº 26859 y el Reglamento aprobado mediante Resolución Nº 004-2006-JNE, por lo que resulta con arreglo a derecho proceder a su inscripción definitiva; Que conforme lo dispone el artículo 23º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094, modificado por la Ley Nº 28624, las Declaraciones Juradas de Vida de loscandidatos deben ser incorporadas a la página web del Jurado Nacional de Elecciones, a fin de que sean de conocimiento público; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir la fórmula de candidatos a representantes ante el Parlamento Andino presentada por la alianza electoral “Unidad Nacional” para participar en las elecciones a realizarse el 09 de abril de 2006,cuya conformación es la siguiente: NÚMERO DE NOMBRE DEL CANDIDATO CANDIDATURA 01 Rey Rey Rafael 02 Obando Morgán Auristela Ana 03 Saenz Carrasco Franko Enrique Guillermo 04 Sarmiento Oviedo Francisco Miguel Alfonso 05 Balmaceda Amorrortu Enrique Sebastián 06 Gavidia Arrascue Francisco Martín 07 Aldea Correa Henry Elías 08 Delgado Barreda Jaime Carlos 09 Butrón Zeballos Pastora Udelia 10 Sega Cárcamo María del Carmen 11 Flores Paredes Luis Jesús 12 Meza Gutiérrez Carmen Viviana 13 Risco Boado Rafael Leonidas 14 Pérez Carrión Pamela del Rosario 15 Cobeña Navarrete Luis Felipe Artículo Segundo.- Disponer que las Declaraciones Juradas de Vida de los candidatos a representantes anteel Parlamento Andino presentadas por la alianza electoral “Unidad Nacional” sean incorporadas en la página web del Jurado Nacional de Elecciones. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales la presente resolución, para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMÍREZ PEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENASVELA MARQUILLÓ VELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ,Secretario General (e). 04926 Inscriben fórmula de candidatos a representantes ante el ParlamentoAndino por la alianza electoral "Frentede Centro" RESOLUCIÓN Nº 323-2006-JNE Expediente Nº 4633-2006-ADM. Lima, 15 de marzo de 2006 VISTO, el Oficio Nº 259-2006-JEE/LC de fecha 14 de marzo de 2006, remitido por la Secretaria del Jurado Electoral Especial de Lima Centro, elevando el expediente que contiene la solicitud de inscripción de fórmulas decandidatos a representantes ante el Parlamento Andino presentada por el personero legal titular nacional de la alianza electoral “Frente de Centro”; CONSIDERANDO: Que el 08 de febrero del 2006, la alianza electoral “Frente de Centro” presentó ante el Jurado Electoral Especial de Lima Centro una solicitud de inscripción defórmula de candidatos a representantes ante el Parlamento Andino para su participación en la elección a realizarse el 09 de abril de 2006, la que fue admitida atrámite por dicho Jurado Electoral Especial mediante Resoluciones Nº 0112-2006-JEE/LC y Nº 0187-2006- JEE/LC de fechas 01 y 09 de marzo de 2006, publicadasen el Diario Oficial El Peruano los días 03 y 10 de marzo de 2006, respectivamente; Que el Jurado Nacional de Elecciones expidió la Resolución Nº 258-2006-JNE de 08 de marzo de 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 09 de marzo de 2006, la misma que ha quedado consentida,declarando fundado el recurso de apelación interpuesto por la alianza electoral “Frente de Centro” contra un extremo del artículo segundo de la primera Resoluciónseñalada en el considerando anterior; y ha transcurrido el plazo sin que los ciudadanos hayan planteado tacha alguna contra los candidatos que integran la referidafórmula; Que el artículo 12º del Reglamento del Proceso para Elección de Representantes ante el Parlamento Andino,aprobado mediante Resolución Nº 004-2006-JNE de 06 de enero de 2006, establece que consentida la inscripción de listas de candidatos al Parlamento Andino oejecutoriadas las resoluciones recaídas en las tachas que se hubiesen formulado, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro eleva lo actuado al Jurado Nacional deElecciones, el cual en última instancia y previa verificación de su legalidad, dispone la inscripción y publicación respectiva; Que se ha verificado que la solicitud de inscripción de fórmula de candidatos a representantes ante el Parlamento Andino presentada por la alianza electoral“Frente de Centro” cumple con las exigencias señaladas en la Ley de elecciones de representantes ante el Parlamento Andino Nº 28360, la Ley Orgánica deElecciones Nº 26859 y el Reglamento aprobado mediante Resolución Nº 004-2006-JNE, por lo que resulta con arreglo a derecho proceder a su inscripción definitiva;