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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2006 (17/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 66

PÆg. 314960 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de marzo de 2006 Que, posteriormente, por escritos del 23, 25 de enero y 2 de marzo de 2006, los Organizadores comunican su decisión de sustituir al organizador Asesorías Larraín Vial Limitada por Larraín Vial Proyectos e InversionesLimitada, además de presentar información adicional; Que, en el presente procedimiento administrativo los organizadores han informado que la composiciónaccionaria de Larraín Vial S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión comprenderá a Larraín Vial Proyectos e Inversiones Limitada, Inversiones Sur S.A.,así como a los señores Mario Germán Oscar Alvarado Pflucker, Oscar Javier de Osma Berckemeyer, Carlos Cristián Neely Barbieri y Mario Ventura Verme; Que, de la evaluación a la documentación presentada se ha determinado que los organizadores de la sociedad administradora de fondos de inversión a ser denominadaLarraín Vial S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión han satisfecho los requisitos para la obtención de la autorización de organización, previstos en los artículos17º y 18º del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV Nº 042-2003-EF/94.10, y en el Texto Único deProcedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 056-2002-EF; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 18º del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, al no haberse formulado objeciones a la formación de la sociedad administradora o a laspersonas que la organizan, corresponde se otorgue la autorización que ha sido solicitada; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 17º al 19º del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras y en aplicación de las facultades delegadas al Gerente de Intermediarios y Fondosmediante Acuerdo Nº 118-99 del Directorio de esta institución reunido en sesión de fecha 6 de abril de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a Larraín Vial Proyectos e Inversiones Limitada, Inversiones Sur S.A., así como a los señores Mario Germán Oscar Alvarado Pflucker, Oscar Javier de Osma Berckemeyer, Carlos Cristián NeelyBarbieri y Mario Ventura Verme, la autorización de organización de Larraín Vial S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión o su abreviatura Larraín Vial S.A.F.I. Artículo 2º.- La presente resolución no autoriza el inicio de actividades de administración de fondos de inversión hasta que CONASEV expida la autorizaciónde funcionamiento respectiva. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a Larraín Vial Proyectos e Inversiones Limitada, Inversiones Sur S.A.,así como a los señores Mario Germán Oscar Alvarado Pflucker, Oscar Javier de Osma Berckemeyer, Carlos Cristián Neely Barbieri y Mario Ventura Verme. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS RIVERO ZEVALLOS Gerente de Intermediarios y Fondos Comisión Nacional Supervisora de Empresasy Valores 04631 PROMPEX Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de publicidadpara promoción a nivel nacional delevento Perœ Moda que se realizarÆ enLima RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 013-2006-PROMPEX/DE Lima, 10 de marzo del 2006 Vistos el Memorándum Nº 105-2006-PROMPEX/OGAF, de fecha 3 de marzo de 2006, los Informes Técnicos Nº 064-2006-PROMPEX-OGAF/LOG, de fecha 3 de marzo del 2006, emitido por el Departamento de Logística y Servicios Auxiliares, Nº 002-2006/PROMPEX-OCI, de fecha 24 de febrero del 2006, emitido por la Oficina de Comunicación e Imagen yNº 003-2006-PROMPEX/OAL, de fecha 10 de marzo del 2006, emitido por la Oficina de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Directivo de PROMPEX en la XL Sesión del Consejo Directivo de fecha 2 de febrero de 2006, aprobó el Plan Operativo Institucional 2006, el mismo que ha sido implementado mediante Resolución de Dirección EjecutivaNº 008-2006-PROMPEX/DE, comprende la campaña de difusión y organización del evento PERU MODA 2006; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 003-2006-PROMPEX/DE, de fecha 16 de enero del 2006, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Comisión para la Promoción deExportaciones - PROMPEX, para el ejercicio presupuestal 2006, donde constan las actividades materia del presente informe, vale decir el proceso de selección para lacontratación del servicio de publicidad para la difusión del evento PERÚ MODA 2006, a celebrarse en la ciudad de Lima, con el objetivo de promover e incentivar lasexportaciones de los sectores textil, confecciones, cuero, calzado, accesorios y otros complementarios; Que, mediante Memorándum Nº 077-2006-PROMPEX/ GCSP-TEX, la Gerencia de Textil Confecciones y Accesorios solicita mediante Pedido de servicio Nº 257.06, la contratación del servicio de publicidad a través de medios de difusiónimpresa del evento Perú Moda que PROMPEX realiza; Que, el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, establece que están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contratacionesque se realicen para los servicios personalísimos; Que, el artículo 148º del Reglamento de la referida Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCMestablece que las Entidades efectuarán las adquisiciones o contrataciones exoneradas, en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un soloproveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las bases; Que, el artículo 145º tercer párrafo del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, define expresamente a los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva,radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que lo distinguen, como servicios personalísimos; Que, en los artículos 146º y 148º del Reglamento de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones; Que, los Informes Técnicos Nº 064-2006-PROMPEX- OGAF/LOG, de fecha 3 de marzo del 2006, emitido por el Departamento de Logística y Servicios Auxiliares y Nº 002-2006/PROMPEX-OCI, de fecha 24 de febrerodel 2006, emitido por la Oficina de Comunicación e Imagen, señalan la necesidad de la contratación del servicio de publicidad en medios de comunicación escrita,a fin de realizar una adecuada promoción a nivel nacional del evento de Perú Moda que PROMPEX realiza, a fin de posicionar este importante evento a nivel internacional; Que, el medio de comunicación seleccionado y propuesto a través de los informes técnicos antes señalados, es El Comercio, tomando en cuenta su prestigio,tiraje y nivel de lectoría, así como la cobertura en los diversos sectores comprometidos con el desarrollo del país; Que, el valor referencial para la contratación de el Diario El Comercio asciende a S/. 33,030.48, incluido el Impuesto General a las Ventas, cuya fuente definanciamiento es por Tesoro Público; Que, el Informe Legal Nº 003-2006-PROMPEX/OAL, indica que resulta procedente la emisión de unaResolución de Dirección Ejecutiva por medio de la cual se declare exonerada del proceso de selección correspondiente, toda vez que se ha sustentado lacausal de exoneración del proceso de adquisición prevista en el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones