Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2006 (17/03/2006)


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LEY Nº 28688
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR TANTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de marzo de 2006 DISPOSICIONES FINALES

La Comision Per manente del Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PUBLICA LA EXPROPIACION DE INMUEBLES AFECTADOS POR EL TRAZO DEL TRAMO ANCON-HUACHOPATIVILCA DE LA CARRETERA PANAMERICANA NORTE
Articulo 1º.- Del objeto de la Ley Declarase de necesidad publica la expropiacion de los bienes inmuebles de dominio privado, que MORDAZA necesarios para la ejecucion de las obras de infraestructura de la Autopista Huacho-Pativilca, la cual forma parte del Tramo Ancon-Huacho-Pativilca de la Carretera Panamericana Norte - Red Vial Nº 5, en el departamento de Lima. La expropiacion materia de esta Ley es para la realizacion de obras de gran envergadura, por lo que resultan aplicables los articulos 7º y 24º de la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiaciones. Articulo 2º.- De los bienes materia de expropiacion El area total afectada por la obra de gran envergadura es de 2'942,440.00 m2. La ubicacion, linderos y medidas perimetricas de los inmuebles materia de expropiacion estan precisados en los Anexos que forman parte integrante de la presente Ley y que contienen las Memorias Descriptivas de las areas requeridas para la ejecucion de la obra, de acuerdo a coordenadas UTM de validez universal. En tal sentido, deviene en innecesaria la expedicion de la resolucion provisional a que se refiere el literal b) del articulo 7º de la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiaciones. Articulo 3º.- De las razones que justifican la expropiacion La expropiacion materia de esta Ley se sustenta en la realizacion de una obra de gran envergadura, que permitira contar con una infraestructura vial moderna, suficiente y adecuada al volumen del comercio integral y trafico de pasajeros, asi como optimizar el sistema de transporte que coadyuve a brindar un mejor servicio al usuario, mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion y la consolidacion de la economia regional. Articulo 4º.- Del sujeto activo y beneficiario de la expropiacion El Ministerio de Transportes y Comunicaciones sera el sujeto activo de la expropiacion materia de esta Ley, quedando facultado para iniciar y proseguir los tramites correspondientes al MORDAZA de expropiacion de conformidad a la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiaciones. El beneficiario de la expropiacion materia de la presente Ley es el Estado. Articulo 5º.- Del pago de la indemnizacion justipreciada El pago de la indemnizacion justipreciada que se establezca como consecuencia del trato directo o de los procesos judiciales correspondientes, sera asumido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones con los recursos del Fideicomiso constituido para tal fin, dispuesto por el Contrato de Concesion celebrado entre el Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones y la empresa concesionaria del Tramo Ancon-Huacho-Pativilca de la Carretera Panamericana Norte.

PRIMERA.- La adquisicion de inmuebles de dominio privado, via trato directo, se podra realizar hasta que se expida la resolucion suprema definitiva de expropiacion a que hace referencia el literal a) del numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiaciones. Para este caso, sera de aplicacion lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecucion de obras publicas viales. SEGUNDA.- Todos los inmuebles de propiedad publica o estatal necesarios para instalar la faja de dominio de 40 metros de Derecho de Via de la Autopista HuachoPativilca, precisado mediante la Resolucion Ministerial Nº 177-2000-MTC/15.02, que se encuentren dentro del area a que se refiere el articulo 2º de la presente Ley, seran transferidos inmediata y automaticamente, a titulo gratuito, a favor del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, con arreglo a los procedimientos legales vigentes. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de febrero de dos mil seis. MORDAZA AYAIPOMA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DODERO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de marzo del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 04982

PODER EJECUTIVO PCM
Autorizan viaje del Ministro del Interior a Colombia y encargan su Despacho al Ministro de Justicia
RESOLUCION SUPREMA Nº 082-2006-PCM MORDAZA, 16 de marzo del 2006 Visto, el Oficio 22-6-BB/112 de fecha 15 de febrero del 2006 procedente del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante el cual se solicita la designacion de un alto representante del Sector Interior para que integre la delegacion peruana que participara en el MORDAZA Periodo Ordinario de Sesiones del Comite Interamericano contra el Terrorismo (CICTE) a llevarse a cabo en la MORDAZA de Bogota - Republica de Colombia, del 22 al 24 de marzo del 2006; CONSIDERANDO: Que, dada la importancia del evento a realizarse y en vista de que nuestro MORDAZA ocupa la Vicepresidencia del Comite Interamericano Contra el Terrorismo, el senor MORDAZA MORDAZA Tomasio, Ministro del Interior, viajara a dicho evento desde el 21 al 23 de marzo del presente;

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