Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2006 (17/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 17 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion seran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 003, Comision de Promocion del Peru ­ PromPeru, del Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: - Viaticos (US$ 260,00 x 8 ½ dias) : US$ 2 210,00 - Pasajes Aereos : US$ 1 700,00 - Tarifa Corpac : US$ 30,25 Articulo 3º.- Dentro de los quince dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el personal a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, presentara al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el viaje que se autoriza. Asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 03468

Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 04988

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Asignaciones Trimestrales Mensualizadas del MORDAZA Trimestre del Ano Fiscal 2006 para los pliegos del Gobierno Nacional y del Gobierno Regional
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 016-2006-EF/76.01 MORDAZA, 16 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01 ­ Directiva para la Ejecucion del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2006 aprobada por la Resolucion Directoral Nº 052-2005-EF/76.01, en su articulo 14º establece que la Direccion Nacional del Presupuesto Publico aprueba la Asignacion Trimestral para los pliegos del Gobierno Nacional, concordada con la real disponibilidad de los Fondos Publicos; Que, asimismo, la Directiva Nº 002-2006-EF/76.01 ­ Directiva para la Ejecucion del MORDAZA Presupuestario de los Gobiernos Regionales para el Ano Fiscal 2006 aprobada por la Resolucion Directoral Nº 002-2006-EF/76.01, en su articulo 15º establece que la Direccion Nacional del Presupuesto Publico aprueba la Asignacion Trimestral para los pliegos del Gobierno Regional, concordada con la real disponibilidad de los Fondos Publicos; Que, con el proposito de continuar con el procedimiento de aprobar la Asignacion Trimestral, se hace necesario que la Asignacion Trimestral del MORDAZA Trimestre del Ano Fiscal 2006 para los pliegos del Gobierno Nacional y los pliegos del Gobierno Regional, se autorice en forma mensualizada a nivel de Pliego, Categoria del Gasto, Grupo Generico del Gasto y por Fuente de Financiamiento, segun corresponda; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 4º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE : Articulo 1º.- Aprobar la Asignacion Trimestral Mensualizada del MORDAZA Trimestre del Ano Fiscal 2006 para los pliegos del Gobierno Nacional ascendente a la suma de SEIS MIL TRESCIENTOS OCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 308 262 764,00 ) de acuerdo al detalle que figura en el Anexo Nº 1 de la presente Resolucion Directoral. Articulo 2º.- Aprobar la Asignacion Trimestral Mensualizada del MORDAZA Trimestre del Ano Fiscal 2006 para los pliegos del Gobierno Regional ascendente a la suma de UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 875 759 405,00 ), por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, de acuerdo al detalle que figura en el Anexo Nº 2 de la presente Resolucion Directoral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion Nacional del Presupuesto Publico

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar del Reino de Espana
RESOLUCION SUPREMA Nº 095-2006-DE/SG MORDAZA, 15 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 213 de fecha 8 de marzo de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar del Reino de Espana, sin MORDAZA de guerra; Que, en la MORDAZA de MORDAZA se realizara la Primera Reunion de la Comision Mixta de Defensa Hispano Peruana, de conformidad al Acuerdo de Cooperacion en Defensa firmado por los Ministros de Defensa del Reino de Espana y de la Republica del Peru; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el territorio de la Republica, establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar del Reino de Espana, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente resolucion, del 21 al 24 de marzo de 2006, para participar en la Primera Reunion de la Comision Mixta de Defensa Hispano Peruana. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a la que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el

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