Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2006 (17/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de marzo de 2006

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican Enmienda Siete al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico para "El Fortalecimiento de los Procesos e Instituciones Democraticas en Areas Criticas" (527-0402), suscrita con EE.UU.
DECRETO SUPREMO Nº 007-2006-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que la Enmienda Siete al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para "El Fortalecimiento de los Procesos e Instituciones Democraticas en Areas Criticas" (527-0402), fue suscrita el 28 de setiembre de 2005, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratifiquese la Enmienda Siete al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para "El Fortalecimiento de los Procesos e Instituciones Democraticas en Areas Criticas" (5270402), suscrita el 28 de setiembre de 2005, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de marzo del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 04984

De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratifiquese la Enmienda Ocho al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico Nº 527-0402 para el "Fortalecimiento de los Procesos e Instituciones Democraticas en Areas Criticas", suscrita el 2 de febrero de 2006, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de marzo del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 04985

Autorizan a ciudadanos peruanos residentes en el Reino de Espana para que presten servicios en las Fuerzas Armadas Espanolas
RESOLUCION SUPREMA Nº 101-2006-RE MORDAZA, 16 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que once (11) ciudadanos peruanos residentes en el Reino de Espana, solicitan autorizacion del senor Presidente de la Republica, para poder servir en las Fuerzas Armadas Espanolas; Que el numeral 23 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, establece que el Presidente de la Republica, autorizara a los peruanos para servir en un ejercito extranjero; Que en consecuencia es necesario expedir la autorizacion correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 23 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE:

Ratifican Enmienda Ocho al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico Nº 527-0402 para el "Fortalecimiento de los Procesos e Instituciones Democraticas en Areas Criticas"
DECRETO SUPREMO Nº 008-2006-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que la Enmienda Ocho al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico Nº 527-0402 para el "Fortalecimiento de los Procesos e Instituciones Democraticas en Areas Criticas", fue suscrita el 2 de febrero de 2006, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional;

Articulo 1º.- Autorizar a los ciudadanos peruanos residentes en el Reino de Espana, cuya relacion forma parte de la presente Resolucion Suprema, para que presten servicios en las Fuerzas Armadas Espanolas. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

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