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PÆg. 315761 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de marzo de 2006 Artículo Tercero .- El Equipo Técnico estará conformado por el Ing. Henry Alvarado Rodríguez (Gerente Regionalde Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial), Economista Alipio Cabrera Valdez (Subgerente de Planeamiento Estratégico), Sr. Cluber Becerra Medina(Planificador de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial), Ing. Rolando Gutiérrez Valdiviezo (Planificador de la Gerencia Regionalde Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorio), Sr. Jorge Boyer Calderón (Subgerente de Presupuesto) cuya responsabilidad es la preparación yprovisión de la información, de la evaluación técnica, asesoría y apoyo permanente Artículo Cuarto.- Autorizar a la Secretaría General del Gobierno Regional disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de mayor circulación de la Región,disponiendo su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional de Tumbes. Comuníquese a la señora Presidenta del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación. En Tumbes a los Ocho días del mes de abril del dos mil cinco. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tumbes a los ocho días del mes de abril del año dos mil cinco. ROSA IRIS MEDINA FEIJOO Presidente Regional 05736 Aprueban Plan de Prevención y Atención de Desastres al 2010 delComitØ Regional de Defensa CivilTumbes (Se publica la presente Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional Tumbes, mediante Oficio Nº 264-2006/ GOBIERNO REGIONAL-TUMBES-P, recibido el 28 demarzo de 2006) ORDENANZA REGIONAL Nº 00029-2005/GOB.REG.TUMBES-CR EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBES HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes de conformidad con lo previsto, en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional delCapitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización Ley Nº 27680, Ley de Bases de Descentralización Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales LeyNº 27867, su modificatoria Ley Nº 27902, Ley Nº 19338 del 28 de marzo de 1972 que crea el Sistema Nacional y de Defensa Civil denominado SINADECI; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191º, modificado por la Ley Nº 27680 señala que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y la estructura Orgánica Básica de estos Gobiernos la conforman el Consejo Regional comoórgano normativo y fiscalizador y la Presidencia como órgano ejecutivo; Que, el Decreto Ley Nº 19338 del 28 de marzo de 1972 crea el Sistema Nacional de Defensa Civildenominado SINADECI, y que en el artículo 2º literal a) establece como uno de sus objetivos; "Prevenir Daños,evitándolos o disminuyendo su magnitud..." en el artículo 4º establece el orden jerárquico en el cual incluye las oficinas regionales y de Gobiernos Locales de DefensaCivil, indica además que es el instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), es el máximo órgano jerárquico; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD se aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Defensa Civil, estableciendo en su artículo 2º que, "El Sistema Nacional de Defensa Civil es un conjuntointerrelacionado de organismos del sector público y no público..." y en la segunda disposición transitoria del citado dispositivo legal se establece que, entre tanto secrean las regiones del país la Coordinación Nacional del Sistema de Defensa Civil estará a cargo del Comité Nacional, presidido por el jefe de INDECI; Que, el Decreto Legislativo Nº 905 modifica la Ley Nº 19338, establece en su artículo 6º como función principal, "la atención en emergencia brindando apoyoinmediato a las poblaciones afectadas por desastres..."; Que, mediante Decreto Supremo Nº 116-2001-PCM se aprueba el texto único de procedimientosAdministrativos del INDECI; Que, la Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783 establece en el capítulo IV de las competenciasde los Gobiernos Regionales, artículo 35º inciso a) "Planificar el desarrollo integral de su región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes" porlo cual constituye de su competencia la elaboración del Plan de Contingencias de Desastres Naturales entre otros planes; Que, la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 en su artículo 61º literal a), establece como función especifica en materia de Defensa Civil, de"Formular, aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar la política en materia de Defensa Civil en concordancia con la política general del Gobierno y de los planessectoriales" y el literal b) de dirigir el sistema Regional de Defensa Civil, así mismo el literal c) de "Organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindarayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitación de las poblaciones afectadas"; Que, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 001-2003 GOB REG TUMBES/PR aprueba la conformación del Sistema Nacional de Defensa Civil de Tumbes organizado por ocho Comisiones con un total de 62representantes de las instituciones publicas, no publicas y de las FF. AA; Que, el Decreto Supremo Nº 001-A-2004-DE/SG se aprueba el PLAN NACIONAL DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES y establece en el artículo 2º que los planes Regionales que se deriven deben seraprobados mediante Ordenanza Regional; Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902 en el literal f)del artículo 9º establece como competencias constitucionales, dictar las normas inherentes a la gestión regional; Que, la precitada Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 45º literal b) numeral 1, define como función normativa y reguladora la elaboración yaprobación de normas de alcance regional, y regular los servicios de su competencia; Que, son fundamentos de política regional la prevención y la atención de desastres, la conservación del ambiente urbano, vial y productivo, y principalmente, la vida humana, la equidad social y la superación de lapobreza; Que, los fundamentos antes citados requieren de una eficaz y eficiente gestión en materia de Defensa Civil,expresada en una adecuada Gestión de Riesgos, con un acertado desarrollo sostenible de los pueblos de la Región Tumbes, la sensibilización de las autoridades ypoblación, así como la clara participación de sus instituciones y población; Que, el Comité Regional de Defensa Civil en sesión Ordinaria desarrollada el día 30 de setiembre del 2004 en la Sede del Gobierno Regional acordó, aprobar el Plan Regional de Prevención y Atención de Desastres,en el que se estableció una fase de implementación; Que, mediante Informe Nº 055-2005/GRT/GGR/ GRRNGMA/ SGMADC/RLC, y la participación de las