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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G39/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de mayo de 2006 Transitoria del Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de ContraloríaNº 114-2003-CG y el literal l) del artículo 8º de la LeyNº 27657; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar, al contador público Larry José ZARRIA LINARES, las funciones de Jefe del Órgano deControl Institucional, Nivel F-3, de la Dirección de Red de Salud San Juan de Lurigancho de la Dirección de Salud IV Lima Este; Artículo 2º.- Notifíquese la presente resolución a la Dirección de Red de Salud San Juan de Lurigancho de laDirección de Salud IV Lima Este y la Contraloría Generalde la República, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 07802 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G75/G74/G69/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G6E/G65/G63/G65/G73/G61/G72/G69/G6F/G73 /G71/G75/G65/G20/G64/G65/G6D/G61/G6E/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G61/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G6E/G69/GF1/G61/G20/G69/G6E/G66/G65/G63/G74/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G56/G69/G72/G75/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G49/G6E/G6D/G75/G6E/G6F/G64/G65/G66/G69/G63/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G48/G75/G6D/G61/G6E/G61/G2C/G20/G69/G64/G65/G6E/G74/G69/G66/G69/G2D/G63/G61/G64/G61/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G61/G6C/G66/G61/G20/G6E/G75/G6D/GE9/G72/G69/G63/G6F/G46/G54/G41/G30/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 407-2006/MINSA Lima, 28 de abril del 2006 Visto el Expediente Nº 05-551141-001, que contiene el INFORME Nº 087-2005-DST/MINSA de la Defensoríade la Salud y Transparencia; CONSIDERANDO: Que, acorde con las competencias y responsabilidades que la Ley Nº 27657 asigna al Ministeriode Salud y, en resguardo de la salud y la vida de lapoblación, por Resolución Ministerial Nº 731-2003-SA/DM, de fecha 20 de junio de 2003, se aprobó la DirectivaNº 020-MINSA/DGSP-V.01: "Sistema de Atención para el Tratamiento Antirretroviral en los Niños Infectados por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana", cuyo objetivoes establecer un sistema de atención integral al niñoinfectado con el VIH, mejorando su calidad de vida; Que, habiéndose presentado el caso de infección con el VIH de una recién nacida en el Instituto Especializado Materno Perinatal, identificada con el registro alfa numérico FTA0005, corresponde al Ministeriode Salud adoptar las acciones complementarias queaseguren el cabal cumplimiento de los objetivosinstitucionales, en resguardo de la salud integral de laniña; Que, la Defensoría del Pueblo en el Informe: "Contaminación con VIH de recién nacida en el InstitutoEspecializado Materno Perinatal", ha recomendado laemisión de la Resolución Ministerial que estalezca elcarácter continuo y de por vida de la atención integral desalud que se debe brindar a la menor afectada; Que, en tal sentido, es necesario autorizar a los responsables de los establecimientos de salud delMinisterio de Salud y de las Direcciones Regionales deSalud, a utilizar del porcentaje previsto en el sub numeral7.5.1.7 del numeral 7. de la Directiva del Sistema Integradode Suministro de Medicamentos e Insumos Médico- Quirúrgicos -SISMED, aprobada por Resolución Ministerial Nº 1753-2002-SA/DM, los recursos necesariosque demande la atención integral de la mencionadamenor, con sujeción a lo previsto en la Directiva Nº 020-MINSA/DGSP-V.01: Sistema de Atención para elTratamiento Antirretroviral en los Niños Infectados por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana", aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 731-2003-SA/DM y alas disposiciones del Seguro Integral de Salud, segúncorresponda;Con las visaciones del Seguro Integral de Salud, la Dirección General de Salud de las Personas y de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio deSalud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a los responsables de los establecimientos de salud del Ministerio de Salud y delas Direcciones Regionales de Salud, a utilizar delporcentaje previsto en el sub numeral 7.5.1.7 del numeral7. de la Directiva del Sistema Integrado de Suministro deMedicamentos e Insumos Médico-Quirúrgicos - SISMED, aprobada por Resolución Ministerial Nº 1753-2002-SA/ DM, los recursos necesarios que demande la atenciónintegral de la niña infectada con el Virus de laInmunodeficiencia Humana, identificada con el registroalfa numérico FTA0005. Artículo 2º.- La atención integral de salud que se brinde a la niña será continua y de por vida, acorde con lo previsto en la Directiva Nº 020-MINSA/DGSP-V.01:Sistema de Atención para el Tratamiento Antirretroviralen los Niños Infectados por el Virus de laInmunodeficiencia Humana", aprobada medianteResolución Ministerial Nº 731-2003-SA/DM y, bajo responsabilidad de los funcionarios que tengan a cargo los respectivos establecimientos de salud del Ministeriode Salud y de las Direcciones Regionales de Salud. Artículo 3º.- Los egresos que demande la presente Resolución serán asumidos por el Seguro Integral deSalud, conforme a sus Planes de Beneficios. Regístrese y comuníquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 07803 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6F/G72/G74/G61/G6C /G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G65/G74/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G47/G75/GED/G61 /G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G43/G72/G69/G74/G65/G72/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G45/G78/G61/G6D/G65/G6E/G20/G4D/G69/G63/G72/G6F/G62/G69/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G64/G65/G20 /G53/G75/G70/G65/G72/G66/G69/G63/G69/G65/G73/G20 /G65/G6E/G20 /G72/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G63/G6F/G6E/G41/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G79/G20/G42/G65/G62/G69/G64/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 410-2006/MINSA Lima, 2 de mayo del 2006 Visto el Expediente Nº 06-030077-001, que contiene el Oficio Nº 2274-2006/DG/DIGESA, de la DirecciónGeneral de Salud Ambiental; CONSIDERANDO: Que, es función de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, proponer las normasen materia sanitaria de alimentos y bebidas así como lade coordinar la vigilancia sanitaria para su cumplimiento,concertando y articulando con otras instancias ysectores los aspectos técnicos y normativos en materia de inocuidad de los alimentos y bebidas; Que, el grupo técnico concertado por la Dirección General de Salud Ambiental, en el que participaron elCENAN del Instituto Nacional de Salud, losrepresentantes de las municipalidades y losrepresentantes de los laboratorios acreditados, ha culminado la elaboración de un proyecto normativo que tiene como objetivo principal establecer los criteriosmicrobiológicos destinados a evaluar las condicioneshigiénicas sanitarias de las superficies vivas e inertesque entran en contacto con los alimentos y bebidas asícomo uniformizar los procedimientos que se deben aplicar para la selección y toma de muestras y para los ensayos microbiológicos de superficies vivas e inertes; Que, es conveniente poner a disposición de la opinión pública interesada el mencionado proyecto, con la