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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G34/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de mayo de 2006 relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Chile,cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, el 24 de mayo de 2006, para participar en la ciudad de Tacna en la Segunda Reuniónde Coordinación previa a la ejecución de la primera fase computacional del Ejercicio Combinado CONCORDIA. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra lasDrogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de RelacionesExteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 08374 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 156-2006-DE/SG Lima, 5 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 366, de fecha 19 de abril de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicitase expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República del Ecuador, sin armas de guerra; Que, en el Acta Final de la III Reunión de Estados Mayores y XVII Reunión Bilateral de Inteligencia Naval, suscrita entre la Armada de Ecuador y la Marina de Guerra del Perú, se acordó la visita oficial del Director Generalde Educación de la Armada de Ecuador al Perú, en el primer semestre del presente año; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, establece que la autorización de ingreso alterritorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, deentrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, larelación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar ecuatoriano, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de lapresente Resolución, del 24 al 26 de mayo de 2006, paraparticipar en una visita oficial a la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno,Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total dedías autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, elMinistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 08375 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 157-2006-DE/SG Lima, 5 de mayo de 2006 CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 365, de fecha 19 de abril de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridady Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de los Estados Unidos de América,sin armas de guerra; Que, el Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos deAmérica, en el marco del Convenio firmado en 1984, entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Marina de entonces y la Marina de los EstadosUnidos, construyó dos sedes en el Perú; en las cuales labora personal militar americano que es rotado periódicamente; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de laRepública, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, deasistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificarlos motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidosde América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 25 de mayo al 15 de julio de 2006, para realizar una rotaciónen el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos de América. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno,Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las