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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2006 (10/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G34/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de mayo de 2006 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 153-2006-DE/SG Lima, 5 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DGS) Nº 292 y 323, de fechas 27 de marzo y 6 de abril de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizaciónpara el ingreso de personal militar de la República de Corea, sin armas de guerra; Que, la Fuerza Aérea del Perú ha coordinado la visita del Comandante General de la Fuerza Aérea de Corea y su delegación, para el mes mayo del año en curso; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, establece que la autorización de ingreso alterritorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento o similaresdebe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y eltiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Corea, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 21 al 24 de mayo de 2006,para realizar una visita oficial a las autoridades de la Fuerza Aérea del Perú. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra lasDrogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de RelacionesExteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 08372 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 154-2006-DE/SG Lima, 5 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 367, de fecha 19 de abril de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicitase expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa del Brasil, sin armas de guerra; Que, en el mes de mayo se ha programado la realización de la Conferencia Final de Planeamiento delEjercicio Regional de Operaciones de Mantenimiento de la Paz Sur (PKO SUR 2006); Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de laRepública, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica,actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación delpersonal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República Federativa del Brasil, cuyos nombres se indican en el anexo queforma parte de la presente Resolución, del 21 al 26 de mayo de 2006, para participar en la Conferencia Final de Planeamiento del Ejercicio Regional de Operaciones deMantenimiento de la Paz Sur (OMP Sur 2006). Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a laComisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorizacióna la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 08373 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 155-2006-DE/SG Lima, 5 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 411, de fecha 2 de mayo de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personalmilitar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, en la Tercera Reunión Bilateral de Estados Mayores de los Ejércitos de Perú y Chile, se acordórealizar dos Reuniones de Coordinación previas a la ejecución de la primera fase computacional del Ejercicio Combinado “CONCORDIA”; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de laRepública, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, deasistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificarlos motivos, la identificación del personal militar, la