TEXTO PAGINA: 74
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G36/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de mayo de 2006 MUNICIPALIDAD DE LURÍN /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20 /G69/G6E/G69/G63/G69/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G43/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61 /G47/G72/G61/G74/G75/G69/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G45/G78/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/GE1/G6E/G65/G61 /G64/G65/G20/G4E/G61/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G22/G54/G65/G6E/G67/G6F/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G61/G20/G6C/G6C/G65/G76/G61/G72 /G6C/G6F/G73/G20/G61/G70/G65/G6C/G6C/G69/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G69/G73/G20/G70/G61/G64/G72/G65/G73/G22 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 128/ML Lurín, 25 de abril del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍNPOR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de abril del 2006, el Informe Nº 193-2006-GDH/ML de la Gerencia de Desarrollo Humano e Informe Nº 005-2006-DEMUNA-GDH, referente a la Campaña de Inscripción Extemporánea Gratuita de Nacimientos; CONSIDERANDO: Que, es un derecho fundamental la identidad de las personas debidamente consagradas en nuestra Constitución Política; Que, el acta de nacimiento es un documento oficial que prueba la existencia legal de una persona su nombre, apellidos, filiación, edad, nacionalidad; Que, habiéndose demostrado a través de los casos atendidos en DEMUNA que muchos niños, niñas, adolescentes y adultos se encuentran indocumentados careciendo de partida de nacimiento, pudiendo ser losmotivos el desconocimiento de la gratuidad dentro del plazo establecido, descuido de los padres y/o la pobreza. LA DEMUNA plantea la realización de la Campaña“TENGO DERECHO A LLEVAR LOS APELLIDOS DE MIS PADRES” logrando así contribuir a mejorar la calidad de vida y lograr de esta manera la realización de unadifusión permanente sobre el derecho a la identidad; Que, atendiendo a lo expuesto se requiere aprobar la realización de la Campaña de Inscripción Extemporáneade Nacimientos, conforme lo establece la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil RENIEC y el D.S. Nº 015-98 -PCP; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; con dispensa del trámitede aprobación de Actas, aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA CAMPAÑA GRATUITA DE INSCRIPCIÓN EXTEMPORÁNEA DE NACIMIENTOS “TENGO DERECHO A LLEVAR LOS APELLIDOS DE MIS PADRES” Artículo Primero.- Autorizar la Campaña Gratuita de Inscripción Extemporánea de Nacimientos denominada “TENGO DERECHO A LLEVAR LOSAPELLIDOS DE MIS PADRES”, la misma que tendrá una vigencia de 90 días contados desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Segundo.- EXONERESE del derecho por concepto de trámite de Inscripción Extemporánea de nacimientos para niños, niñas y adolescentes. Artículo Tercero.- Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Humano, Subgerencia de Registros Civiles y Cementerio. Artículo Cuarto.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias que se requieran para cumplir losobjetivos de la presente Ordenanza. Mando se registre, publique y cumpla.JOSÉ LUIS AYLLÓN MINÍ Alcalde 08426MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G54/G65/G78/G74/G6F/G20 /GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20 /G64/G65 /G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G72/G61/G66/G6C/G6F/G72/G65/G73/G20/G2D/G20/G32/G30/G30/G36 ORDENANZA Nº 229 Miraflores, 2 de mayo de 2006 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO:El Concejo Municipal de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 194º, consagra la autonomía municipal, como Garantía Institucional que confiere al Gobierno Local autonomíapolítica, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 147 de fecha 2 de marzo de 2004, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 7 de marzo de 2004, se aprobó el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos - TUPA de laMunicipalidad de Miraflores; Que, mediante Ordenanza Nº 185, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 12 de marzo de 2005,se aprobó la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Miraflores; Que, según lo establece el numeral 38.2 del Artículo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, las entidades están obligadas a publicarel integro del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos, cada dos (2) años; el cual comprenderá los supuestos en que procede el pago de derechos detramitación, con indicación de su monto y forma de pago, según lo dispuesto por el numeral 5 del Artículo 37º de la acotada ley; Que, estando a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario adecuar el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) dela Municipalidad de Miraflores, de acuerdo con la nueva estructura orgánica aprobada; Que, de conformidad con el numeral 38.1 del Artículo 38º de la Ley Nº 27444, el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos, para el caso de Gobiernos Locales, es aprobado por OrdenanzaMunicipal; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades,el Concejo Municipal, por unanimidad y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Miraflores - 2006 que, comoAnexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Información la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la presente Ordenanza y su Anexo, el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) dela Municipalidad de Miraflores - 2006. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde