Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2006 (12/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, viernes 12 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Desarrollo Social hace de conocimiento que la MORDAZA del Adulto Mayor, tiene actualmente a 930 personas adultas mayores inscritas en las diferentes sedes del programa, y que se ha iniciado el MORDAZA de fortalecimiento institucional en el tema de la defensa de derechos de los mayores y, que de acuerdo a las nuevas competencias que les confiere la Ley Organica de Municipalidades se constituyen en un ente promotor a nivel regional, concluyendo que en la actualidad no cuentan con ambientes adecuados para el cumplimiento de sus diversas acciones, senalando la urgencia de concretar el alquiler de un inmueble. Que, asimismo, la Subgerencia de Desarrollo Social, mediante el Informe Nº 041-2006-MML-GDSSBS-DAMMRA de fecha 24.2.2006, indica que el presupuesto con que cuenta el Programa MORDAZA Adulto Mayor, en la par tida Nº 531165 para alquiler de inmuebles es de S/. 1,300.00 Nuevos Soles mensuales; concluyendo con la urgencia de concretar el alquiler de un inmueble, de por lo menos 1,000 m2, que este ubicado en una MORDAZA centrica de MORDAZA, en una MORDAZA o MORDAZA de MORDAZA moderado que no constituya peligro para los usuarios, cercano a avenidas con lineas de transporte publico que facilite el desplazamiento de las PAMS, que cuente con un area al aire libre de al menos 400m2, y de al menos 12 ambientes, senalando que como resultado de la busqueda de un inmueble con las caracteristicas senaladas, solo se ha encontrado el inmueble de propiedad de la Fundacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Canevaro, ubicado en Jr. Camana 989- Cercado de MORDAZA, informe que es MORDAZA con el Nº 011-2006/ MML/GDS, indicando que, el plazo de duracion del Contrato de Arrendamiento es de tres anos pudiendo ser renovados de comun acuerdo; estableciendose ademas un plazo de MORDAZA de tres meses respecto al pago de la renta; de otro lado senalan, que cuentan con disponibilidad presupuestaria de S/.18,900 nuevos soles, conforme se detalla en el Informe Nº 44-2006MML/GF-SP de la Sugerencia de Presupuesto, acompanando MORDAZA simple de la Resolucion de Gerencia Nº 77-2006, donde se aprueba la modificacion anual de Adquisiciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante la inclusion de la adjudicacion directa selectiva para el Arrendamiento de Inmueble para el Programa del Adulto Mayor. Que, la Gerencia de Asuntos Juridicos mediante Informe Nº 321-2006-MML-GAJ de fecha 17.3.2006, teniendo en cuenta lo expresado por la Gerencia de Desarrollo Social, en el Informe Nº 041-2006-MMLGDS-SBS-DAMMRA, que indica que las caracteristicas del Inmueble ubicado en el Jr. Camana Nº 989 Cercado de MORDAZA, lo hacen idoneo para operar como MORDAZA del adulto mayor, senala que los elementos de hechos expuestos por la mencionada Gerencia se enmarcan en el supuesto previsto del Decreto Supremo Nº 083-2001-PCM - TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento para proceder a la contratacion por tratarse de un bien o servicio que no admite sustitutos y existe proveedor unico, considerando que resulta atendible el pedido de exoneracion solicitado, centrandose a opinar por la procedencia legal de dicha exoneracion. Que, mediante Carta Nº126-2006-MML-GA-SLC, la Gerencia de Administracion - Subgerencia de Logistica Corporativa, eleva a la Gerencia Municipal, el expediente inherente al alquiler del inmueble ubicado en el Jr. Camana Nº 989 de propiedad de la Fundacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Canevaro, solicitado por la Gerencia de Desarrollo Social, senalando que teniendo en cuenta los informes tecnicos legales elaborados por la Gerencia de Desarrollo Social y la Gerencia de Asuntos Juridicos, la contratacion tendria que realizarse mediante la exoneracion de proceso. Que, el literal e) del articulo 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley General de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se encuentran exonerados de los procesos de seleccion (procesos de licitacion publica, concurso publico, adjudicacion directa y adjudicacion de menor cuantia) las adquisiciones y contrataciones, que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten

sustitutos y exista proveedor unico, conforme lo establecido en el Reglamento, senalando el literal c) del articulo 20º de la formalidad de los procedimientos no sujetos a procesos de seleccion, que las exoneraciones se aprobaran por Acuerdo de Concejo Municipal en caso de los gobiernos locales. Que, el articulo 144º del Reglamento de la precitada MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0842004-PCM establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente; senalando que se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor. Que, asimismo el articulo 146º del precitado dispositivo establece respecto del procedimiento de exoneracion que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, el cual debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision. Que, finalmente es de precisar, que la Gerencia de Desarrollo Social, conforme lo indica en el Oficio Nº 989-2006-MML/GDS, ha realizado al interior de la Corporacion, mediante reiterados requerimientos, la busqueda de un local para la MORDAZA del Adulto Mayor, confirmando lo senalado mediante el Oficio Nº 6452006-EMILIMA -GG de la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A., en el que EMILIMA hace de conocimiento que dentro del margesi inmobiliario municipal no se encuentra disponible un inmueble con las caracteristicas que requiere la Gerencia de Desarrollo Social, para las actividades del Adulto Mayor. Que, ante lo expuesto, de la revision de los documentos adjuntos, y de los informes tecnicos legales expedidos, se desprende que se trata de un bien que no admite sustituto y que existe proveedor unico, quedando sustentado el hecho de exonerar el MORDAZA de seleccion correspondiente MORDAZA mencionado, encontrandose la exoneracion propuesta enmarcada dentro de las disposiciones contempladas en el Decreto Supremo Nº 083-2004P C M - Tex t o U n i c o O r d e n a d o d e l a L ey d e Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. En este contexto, estando a las consideraciones expuestas, asi como a los informes tecnicos contenido en el Informe Nº 041-2006-MML-GDS-SBS-DAMMRA de la Subgerencia de Desarrollo Social e Informe Legal Nº 321-2006-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Juridicos y lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y de Asuntos Economicos y de Organizacion en sus Dictamenes Nºs. 032 -2006-MML/ CMAL y 101-2006-MML-CMAEDO; ACORDO: Articulo Primero.- Exonerar del MORDAZA de seleccion bajo la modalidad de adjudicacion directa para la contratacion del alquiler del inmueble ubicado en el Jr. Camana Nº 989 de propiedad de la Fundacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Canevaro, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso c) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y demas normas legales emitidas para estos efectos. Articulo Segundo.- Precisar que el valor referencial del bien se ha calculado en aproximadamente US$ 14,994.00 Dolares Americanos, monto que se pagara en tres anos, ascendiendo la amortizacion anual a US$ 4,998.00 Dolares Americanos, incluido el IGV que sera financiado en el presente ejercicio con cargo a los recursos destinados a la partida Especifica del Gasto 5.3.11.651-Alquiler de Bienes Inmuebles-Gerencia de Desarrollo Social, a la que se le ha otorgado una

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