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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G36/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de mayo de 2006 de 27.00 ml. - 18.00 ml., en el Tramo: Universitaria - Canta Callao, del distrito de Comas, provincia ydepartamento de Lima; y, De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda yNomenclatura en su Dictamen Nº 035-2006-MML- CMDUVN; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REAJUSTE DEL SISTEMA VIAL METROPOLITANO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE COMAS Artículo Primero.- Aprobar el Reajuste del Sistema Vial Metropolitano, en consecuencia, modificar el Anexo 2 de la Ordenanza Nº 341-MML, en lo que respecta a laModificación de la Sección Vial Normativa de la Vía Arterial A-139, Av. San Carlos, en el Tramo comprendido entre la Av. Universitaria - Canta Callao, del distrito de Comas,de conformidad con la Resolución de Alcaldía Nº 184- 2004-A/MC del 29 de febrero de 2004, precisándose que la Sección Vial Normativa en dicho tramo es de 18.00ml - 27.00 ml. Artículo Segundo.- El Instituto Metropolitano de Planificación efectuará las modificaciones necesarias delPlano del Sistema Vial Metropolitano y de las Secciones Viales Normativas, de acuerdo con el Ajuste aprobado en el artículo precedente. Artículo Tercero.- Encargar a la Administración de la Municipalidad Metropolitana de Lima para que en coordinación con la Municipalidad Distrital de Comas,coloquen los hitos del nuevo trazo vial indicado en el Artículo Primero. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil seis. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de laMunicipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 08456 /G41/G6E/G65/G78/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G39/G33/G33/G20/G71/G75/G65 /G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20 /G52/G65/G61/G6A/G75/G73/G74/G65/G20 /G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G5A/G6F/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G55/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G65/G6C/G6F/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G6C/G6C/G61/G20/G45/G6C/G20/G53/G61/G6C/G76/G61/G64/G6F/G72 /G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/GC1/G72/G65/G61/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G4E/G6F/G72/G6D/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G49/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G61 ANEXO - ORDENANZA Nº 933 (La Ordenanza de la referencia se publicó en la edición del 5 de mayo de 2006) ANEXO Nº 02 ESPECIFICACIONES NORMATIVAS DE LA ZONIFICACIÓN CORRESPONDIENTES A UNA PARTE DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR CONFORMANTE DEL ÁREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO I DE LIMA METROPOLITANA A. DE CARÁCTER GENERAL:A.1Los siguientes espacios urbanos del distrito de Villa El Salvador, que forma parte del Área deTratamiento Normativo I de Lima Metropolitana, por su ubicación, magnitud y rol operacional que cumplen en la ciudad, y exclusivamente para fines de zonificación, seclasifican como Áreas y Ejes Estratégicos de Nivel Metropolitano:Zonas Industriales del Distrito; Nueva Zona Comercial ubicada en la ex Zona Agropecuaria, Zona deReglamentación Especial Pantanos de Villa; Zona comprendida entre la Autopista Panamericana Sur y la línea de Alta Marea; Zona Agropecuaria del Distrito;Parque Arqueológico y Ecológico Lomo de Corvina; Parque Zonal Nº 24 (Huáscar), Parque Zonal Nº 26; Terminal del Tren Eléctrico; Terrenos de InstitutosSuperiores, Universidades, Hospital General, Estadio; Cementerio del Cono Sur. Asimismo, la Autopista Panamericana Sur, las Avenidas Pachacútec, Separadora Industrial, Revolución, Pastor Sevilla, Agro Industrial, Pumacahua, 1ro de Mayo, El Sol, Velasco Alvarado, Cesar Vallejo,José Carlos Mariátegui, 200 Millas, Universitaria y María Reiche. B. RELACIONADA CON LOS PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS: B.1. Las alturas máximas que se indican en los Cuadros Resumen de Zonificación Residencial y Comercial, serán de aplicación en lotes iguales o mayoresal normativo. B.2. La subdivisión de lotes sólo se permitirá cuando el lote resultante (área y frente), sea igual o mayor almínimo normativo señalado en los Cuadros Resumen de Zonificación Residencial y Comercial. B.3. Las áreas de Aportes, producto de los procesos de Habilitación Urbana, mantienen la finalidad con que fueron aprobadas, independientemente de la calificación señalada en el Plano de Zonificación. B.4. En las Zonas de Comercio Vecinal (CV) y Comercio Zonal (CZ), no será obligatorio destinar parte o la totalidad del predio a Uso Comercial,pudiendo destinarse el 100% del mismo al Uso Residencial. B.5. Los requerimientos de estacionamiento para los usos no contemplados en las normas anteriores serán los que se indican en el Cuadro siguiente. La Municipalidad Distrital podrá proponer lasmodificaciones que considere necesarias, las que deberán ser evaluadas y aprobadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima. USOS UN ESTA CIONAMIENTO POR CADA Supermercados 100 m2 de área de venta Tiendas de Autoservicio 100 m2 de área de venta Mercados 35 puestos Cines, teatros y locales de 30 butacas EspectáculosLocales Culturales, Clubes 100 m2 de área Techada Instituciones y SimilaresLocales de Culto 50 m2 de área de culto Locales Deportivos 100 espectadores Coliseos 60 espe ctadores B.6 Los proyectos de edificación que consideren alturas mayores a 4 pisos o estén destinados a medianas o grandes instalaciones comerciales, industriales o de servicios, deberán estar sustentados en EstudiosGeotécnicos (resistencia de suelos y otros) B.7 En las áreas de Asentamientos Humanos ubicados en laderas pronunciadas, sólo se permitirá usoResidencial Unifamiliar o Bifamiliar y una altura máxima de 3 pisos. B.8 En las Zonas Residenciales de Densidad Media (RDM), se permitirá en primer piso el uso complementario de Comercio a pequeña escala y Talleres Artesanales, hasta un área máxima igual al35% del área del lote y con las actividades compatibles señaladas en el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas. C. RELACIONADA CON LAS COMPATIBILIDADES DE USO: C.1 Los predios zonificados con Uso Educativo (E1, E2, E3 o E4), serán compatibles con el Uso Residencialdel entorno, sin requerir de Cambio Específico de Zonificación, cuando concluyan sus actividades educativas.