Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2006 (12/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, viernes 12 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos; sobre solicitud de correccion de Resolucion Ejecutiva Regional Nº 3482006-GRL-P; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 3482006-GRL-P, de fecha 22 de marzo del 2006, se resuelve en el articulo 1º Imponer la Sancion Disciplinaria de Destitucion de la Administracion Publica en el ejercicio de sus funciones al CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en aplicacion del articulo 155º inciso d) del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, por haber incurrido en falta de caracter disciplinario, tipificados en el inciso k) del articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 276; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la resolucion MORDAZA indicada; y en el articulo 2º se inhabilito al servidor para desempenarse en la Administracion Publica bajo cualquier modalidad, en un periodo de tres (3) anos, de conformidad con lo establecido en el articulo 159º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa; Que, en el MORDAZA considerando de la Resolucion Ejecutiva Regional MORDAZA indicada, por error material se menciona la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1180-2005GRL-P, de fecha 22 de octubre del 2004, que dispuso la reincorporacion del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director de Programa Sectorial IV-Gerente Sub Regional de Yaquerana, siendo lo correcto "Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1180-2004-GRL-P, de fecha 22 de octubre del 2004"; asimismo, en el considerando MORDAZA indicado se menciona que el servidor no se ha reincorporado en su cargo, incurriendo de esta manera en abandono injustificado a su centro de labores por 40 dias, en el siguiente orden: 22 dias en el mes de noviembre del 2004, 10 dias en el mes de enero del 2004 y 8 dias en el mes de enero del 2005, respectivamente, encontrando incongruencias en este cronograma de faltas; debiendo ser lo correcto, "por no asistir a su centro de trabajo, 22 dias en el mes de noviembre del 2004, 10 dias en el mes de diciembre del 2004 y 8 dias en el mes de enero del 2005, advirtiendose tambien que a la fecha no se ha incorporado a sus labores, continuando el abandono de cargo"; Que, en el articulo 2º de la parte resolutiva de la mencionada resolucion, se inhabilita al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para desempenarse en la Administracion Publica bajo cualquier modalidad por un periodo de tres (3) anos, de conformidad con lo establecido en el Art. 159º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; siendo lo correcto inhabilitar al servidor por el periodo de cinco (5) anos, como tiempo minimo que establece la Ley Nº 26488, que modifica el articulo del Reglamento MORDAZA indicado; Que, el Art. 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores material o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Estando a lo expuesto; con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoria Juridica; Gerencia Regional de Desarrollo Economico; Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto; y, En uso a las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2003CR/RL; modificado por Ordenanza Regional Nº 020-CR/ GRL, de fecha 14 de diciembre del 2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECTIFICAR, parte del MORDAZA considerando de la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 348-2006-GRL-P, de fecha 22 de marzo del 2006, debiendo ser lo correcto: "Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos disciplinarios en ejercicios de sus facultades, ha efectuado la revision y analisis de los cargos y descargos, asi como de

las pruebas instrumentales presentadas por el procesado, ademas de los recaudos obrantes en el MORDAZA administrativo disciplinario, los mismos que confirman que el servidor procesado desde la fecha en que se dispuso su reincorporacion mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1180-2004-GRL-P, de fecha 22 de octubre del 2004, hasta la fecha, no se ha reincorporado en su cargo, incurriendo de esta manera en abandono injustificado a su centro de labora por 40 dias, en el siguiente orden: 22 dias en el mes de noviembre del 2004, 10 dias en el mes diciembre del 2004 y 8 dias en el mes de enero del 2005 respectivamente; los mismos que constituye falta administrativa tipificado en el articulo 28º, inciso k) de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276. Respecto a la solicitud de abstencion del MORDAZA administrativo ..." Quedando subsistente lo demas que contiene el referido considerando. Articulo 2º.- RECTIFICAR, el Articulo 2º de la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 348-2006-GRL-P, debiendo ser lo correcto: Articulo 2º.- "INHABILITAR, al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para desempenarse en la Administracion Publica, bajo cualquier modalidad, en un periodo de cinco (5) anos; de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26488, que modifica el Art. 30º de la Ley de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 276". Articulo 3º.- NOTIFIQUESE la presente resolucion, a las instancias correspondientes, debiendo cumplirse con lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 0992005-PCM; asi como notificar al interesado por intermedio de la Oficina de Administracion Documentaria del Gobierno Regional de Loreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA Presidente 08533

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Modifican Edicto Nº 227 referente a la Estructura Organica del Servicio de Administracion Tributaria - SAT
ORDENANZA Nº 936 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 4 de MORDAZA del ano 2006, el Dictamen Nº 106-2006-MMLCMAEDO, de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL EDICTO Nº 227 ESTRUCTURA ORGANICA DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT Articulo 1º.- Modificar el articulo 5º del Edicto Nº 227, referido a la Estructura Organica del Servicio de

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