Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2006 (13/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2006

Autorizan y registran memorias de solo lectura solicitadas por diversas empresas
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 347-2006-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2006 Visto, el Expediente Nº 001674-2005-MINCETUR, de fecha 9.11.2005, presentado por la empresa World Casino Technology S.A.C., en el que solicita autorizacion y registro de dos (2) memorias de solo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 18º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR, establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que integran los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion del Certificado de Cumplimiento Nº 200507-06, de fecha 12.7.2005, expedido por el Laboratorio de Certificacion de la Universidad Catolica del Peru, asi como de las memorias de solo lectura, se advierte que las mismas cumplen con lo dispuesto en el articulo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, registrando los programas principales y de personalidad un porcentaje de retorno al publico no menor del 85%; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer parrafo del articulo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR, solo podran ser materia de Autorizacion y Registro las memorias de solo lectura que contengan los programas principales y de personalidad; De conformidad con la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, el Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR y el Procedimiento Nº 06 del T.U.P.A. del MINCETUR aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 055-2006-MINCETUR/VMT/DNT/ DJCMT/SDAR-YGP y Legal Nº 373-2006-MINCETUR/ VMT/DNT/DJCMT/SDAR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa World Casino Technology S.A.C., dos (2) memorias de solo lectura fabricadas por la empresa Gold Club d.o.o. (Eslovenia), segun el siguiente detalle: Nº 01 02 Registro A0006785 A0006786 Codigo de la Memoria RULETA.EXE (WinME) RULETA.EXE (WinXP)

Visto, el Expediente Nº 000505-2006-MINCETUR, de fecha 17.3.2006, presentado por la empresa Atronic International GMBH, en el que solicita autorizacion y registro de once (11) memorias de solo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 18º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR, establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que integran los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion de los Certificados de Cumplimiento Nºs. 200602-41, 200602-43, 200602-45 y 200602-47, de fecha 28.2.2006, expedidos por el Laboratorio de Certificacion de la Universidad Catolica del Peru, asi como de las memorias de solo lectura, se advierte que las mismas cumplen con lo dispuesto en el articulo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR, registrando los programas principales y de personalidad un porcentaje de retorno al publico no menor del 85%; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer parrafo del articulo 18º del Decreto Supremo Nº 0092002-MINCETUR, solo podran ser materia de Autorizacion y Registro las memorias de solo lectura que contengan los programas principales y de personalidad; De conformidad con la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, el Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR y el Procedimiento Nº 06 del T.U.P.A. del MINCETUR aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 057-2006-MINCETUR/VMT/DNT/ DJCMT/SDAR-YGP y Legal Nº 374-2006-MINCETUR/ VMT/DNT/DJCMT/SDAR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Atronic International GMBH., once (11) memorias de solo lectura fabricadas por la empresa Atronic International GMBH (Alemania), segun el siguiente detalle:
Nº 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 Registro A0006787 A0006788 A0006789 A0006790 A0006791 A0006792 A0006793 A0006794 A0006795 A0006796 A0006797 Codigo de la Memoria APHR51-E-ZA-STD_-5-XX-XX-RXX (U6) HGM-STD-GOS2-4.0.4.2 U7 (U7) HGM-STD-GOS2-4.0.4.2 U8 (U8) GOS302-F-MA-STD_-5-XX-XX-AXX (U9) GOS322-F-MA-STD_-5-XX-XX-AXX (U9) HGM-STD-AMPA-4.0.3.16 U7 (U7) HGM-STD-AMPA-4.0.3.16 U8 (U8) AMPA02-G-MA-STD_-5-XX-XX-AXX (U9) AMPA22-G-MA-STD_-5-21-XX-AXX (U9) HGM-STD-FAIR-4.0.2.22 U7 (U7) HGM-STD-FAIR-4.0.2.22 U8 (U8)

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 08542 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 348-2006-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 03 de MORDAZA de 2006

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 08543

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