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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2006 (13/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G36/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de mayo de 2006 Familiar – INABIF, Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA, Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia – PAR y Fondo Nacional de Compensación y DesarrolloSocial – FONCODES; la misma que estará conformada de la siguiente manera: - Director General de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, quien la presidirá; - Un secretario, designado por el Director General de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. - Jefe de Recursos Humanos del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES. - Jefe de Recursos Humanos del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF. - Jefe de Recursos Humanos del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA.” Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 08556 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G22/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G66/G72/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G69/G6E/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA/G20/G32/G37/G30/G35/G30/G20/G2D/G20/G4C/G65/G79/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G63/G6F/G6E/G20/G44/G69/G73/G63/G61/G70/G61/G63/G69/G64/G61/G64/G2C/G20/G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G2D/G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G79/G20/G73/G75/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 343-2006-MIMDES Lima, 11 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27050 modificada por la Ley Nº 28164 – Ley General de la Persona con Discapacidad, en su artículo 8º establece entre otros, que es función del Consejo Nacional para la Integración de la Persona conDiscapacidad – CONADIS, el imponer y administrar multas ante el incumplimiento de lo dispuesto en dicha Ley y su Reglamento, salvo disposición distintaestablecida por Ley; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 003-2000- PROMUDEH modificado por el Decreto Supremo Nº 003-2006-MIMDES, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27050 antes citada, el cual en su Quinta Disposición Transitoria, Complementaria y Final, señala que el SectorMIMDES con Resolución Ministerial aprobará el Reglamento de Infracciones y Sanciones de incumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 27050 – LeyGeneral de la Persona con Discapacidad y su Modificatoria Ley Nº 28164 y otras disposiciones complementarias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, en su Reglamentode Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, la Ley Nº 27050 - Ley General de la Persona con Discapacidad y sumodificatoria Nº 28164, el Decreto Supremo Nº 003- 2000-PROMUDEH - Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad modificado por el DecretoSupremo Nº 003-2006-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el “Reglamento de Infracciones y Sanciones por Incumplimiento de la Ley Nº 27050 -Ley General de la Persona con Discapacidad, Modificatoria y su Reglamento”, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución, el cualconsta de Seis (VI) Capítulos, Diecinueve (19) Artículos y Una (01) Disposición Final. Artículo 2º.- El Reglamento que se aprueba por la presente Resolución entrará en vigencia a los sesenta(60) días calendario siguientes de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 08554 PRODUCE /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G2D/G72/G69/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G41/GF1/G6F/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G61/G70/G61/G20/G32/G30/G30/G38/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 124-2006-PRODUCE Lima, 10 de mayo del 2006 Vistos: La Resolución Suprema N° 093-2006-PCM publicada el 31 de marzo de 2006 y el oficio múltiple N° 0026-AG-SEGMA del 3 de abril de 2006; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 093-2006- PCM se constituyó la Comisión Nacional Multisectorial para la celebración del “Año Internacional de la Papa 2008”, con el objeto de preparar la participación del Perúen dicho evento. Que, conforme al artículo 2° de la referida Resolución Suprema, la Comisión indicada estará integrada, entreotros, por un representante del Ministerio de la Producción, debiendo nombrarse, además del miembro titular, a un miembro alterno; Que, mediante el Oficio del visto, el Secretario General del Ministerio de Agricultura solicitó se acredite a los representantes del Ministerio de la Producción, a efectosde la designación que corresponda. De conformidad con lo previsto en el artículo 4° de la Ley N° 27594 y en uso de las atribuciones conferidaspor el literal g) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2002-PRODUCEy su modificatoria y, estando a lo opinado en el Informe Técnico N° 004-2006-PRODUCE/VMI-MRB; Con el visado del Viceministro de Industria y la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Designar a los señores Luis Paz Silva y María Teresa Huillca Manco, como representantes Titulary Suplente, respectivamente, del Ministerio de la Producción ante la Comisión Nacional Multisectorial para la celebración del “Año Internacional de la Papa 2008”. Artículo 2°.- Remitir al Ministerio de Agricultura copia de la presente Resolución Ministerial, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID LEMOR BEZDÍN Ministro de la Producción 08541 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G6D/G61/G72/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/GED/G6F /G65/G6E/G20/G63/G75/G65/G72/G70/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G75/G61/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G76/G65/G72/G74/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G6F/G63/G63/G69/G64/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G41/G6E/G64/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 127-2006-PRODUCE Lima, 12 de mayo del 2006 Vistos el Oficio Nº 345-2006-GRA-PR/DIRPRO/DP, del 3 de abril de 2006, el oficio Nº DE-100-116-2006-