Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2006 (24/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano
Miercoles 24 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES
MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros

319311

SE RESUELVE: Articulo Primero.- Exonerar de los procesos de seleccion correspondientes, por tratarse de un servicio por situacion de desabastecimiento inminente, la contratacion de los servicios de arrendamiento de un avion ruta Lima-Atalaya-Malvinas-Lima por un valor estimado de S/. 14,804.31 nuevos soles, y de un helicoptero por un valor estimado de S/. 66,953.21 nuevos soles. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Logistica, para llevar a cabo la contratacion de los referidos servicios mediante acciones inmediatas, conforme a lo dispuesto en el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Disponer que, dentro del plazo legal establecido, la Direccion General de Administracion envie MORDAZA autenticada de la presente Resolucion, del Oficio Nº 049-2006-CAV-CR y del Oficio Nº 041 (06)-2006-OAJPDGA/CR, a la Contraloria General de la Republica y a CONSUCODE. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA AYAIPOMA MORDAZA Presidente 09129

REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28612 LEY QUE MORDAZA EL USO, ADQUISICION Y ADECUACION DEL SOFTWARE EN LA ADMINISTRACION PUBLICA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto. El objeto del presente Reglamento es establecer las disposiciones que regulen la aplicacion de la Ley Nº 28612 - Ley que MORDAZA el uso, adquisicion y adecuacion del software en la Administracion Publica. Articulo 2º.- Ambito de aplicacion. El presente Reglamento es aplicable a todas las adquisiciones de software y servicios informaticos que realicen las entidades del Estado bajo el ambito del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0832004-PCM. Articulo 3º.- MORDAZA Normativo. La adquisicion de software y servicios informaticos se adecuara a lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM. Articulo 4º.- Principios que rigen la contratacion de licencias de software y servicios informaticos. La contratacion de licencias de software y servicios informaticos se sustenta fundamentalmente en los siguientes principios, sin perjuicio de la vigencia de otros principios reconocidos por la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado, el derecho administrativo y el derecho comun: 4.1 MORDAZA de Vigencia Tecnologica: Los bienes y servicios deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnologica necesarias para cumplir con efectividad los fines para los que son requeridos, desde el mismo momento en que son adquiridos o contratados, por un tiempo de duracion determinado y previsible, y con posibilidad de adecuarse, integrarse y actualizarse si fuera el caso, con los avances cientificos y tecnologicos. 4.2 MORDAZA de Trato MORDAZA e Igualitario: Todo postor de bienes o servicios debe tener participacion y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes a las de los demas, estando prohibida la existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas, salvo las excepciones de ley. 4.3 MORDAZA de Libre Concurrencia de Postores: En los procedimientos de adquisiciones y contrataciones de software y servicios informaticos se incluiran regulaciones o tratamientos que fomenten la mas amplia y objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participacion de postores potenciales. Articulo 5º.- Ente rector del Sistema Nacional de Informatica. La Presidencia del Consejo de Ministros actua como ente rector del Sistema Nacional de Informatica a traves de su Secretaria de Gestion Publica, la cual dirige dicho Sistema, a traves de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica (ONGEI). TITULO II

PODER EJECUTIVO PCM
Aprueban Reglamento de la Ley Nº 28612 - Ley que MORDAZA el uso, adquisicion y adecuacion del software en la Administracion Publica
DECRETO SUPREMO Nº 024-2006-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28612 - Ley que MORDAZA el uso, adquisicion y adecuacion del software en la Administracion Publica, tiene por objeto establecer las medidas que permitan a la Administracion Publica la contratacion de licencias de software y servicios informaticos en condiciones de neutralidad, vigencia tecnologica, libre concurrencia y trato MORDAZA e igualitario de proveedores; Que, el numeral 3.8 del articulo 3º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0942005-PCM, establece que es funcion de dicha institucion, actuar como ente rector del Sistema Nacional de Informatica; Que, en cumplimiento de lo establecido en la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 28612 y la MORDAZA MORDAZA mencionada, corresponde aprobar el Reglamento de la precitada Ley, con el refrendo del Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 28612 y el Decreto Supremo Nº 094-2005-PCM; DECRETA: Articulo 1º.- Aprueba Reglamento de la Ley Nº 28612 Apruebese el Reglamento de la Ley Nº 28612 - Ley que MORDAZA el uso, adquisicion y adecuacion del software en la Administracion Publica, que consta de dos (2) titulos, diez (10) articulos, una (1) disposicion transitoria, tres (3) disposiciones finales y un (1) anexo. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis.

DEL INFORME TECNICO PREVIO DE EVALUACION DE SOFTWARE Articulo 6º.- Informe Tecnico Previo de Evaluacion de Software.

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