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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU El Peruano Miércoles 24 de mayo de 2006 319323 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 168-2006-RE Lima, 23 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, se han previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Público para el añoFiscal 2006; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores, a efectuar el pago de las cuotas a los organismos internacionales que se detallan a continuación, por el importe de QUINIENTOS CINCUENTISIETE MIL CINCUENTIOCHO Y 45/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (U$ 557,058.45): ORGANISMO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD 110,358.45 ANDINA (SGCAN)Pago parcial de la cuota del III Trimestre del año 2005 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD 60,000.00 ANDINA (TJCA) Pago parcial de la cuota del III Trimestre del año 2005. CONFERENCIA DE LA HAYA SOBRE DERECHO 600.00 INTERNACIONAL PRIVADO Saldo de la cuota 2003/2004 y pago parcial delaño 2004/2005 ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS 306,100.00 (OEA) Cuota del año 2006 OFICINA DE LA OEA EN LIMA (OEA-LIMA) 25,000.00 Cuota del año 2004 FONDO ESPECIAL MULTILATERAL DEL CONSEJO 55,000.00 INTERAMERICANO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL (FEMCIDI) Cuota del año 2006 Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 13, Programa 045, Subprograma 0118, Actividad 00624, Componente 2387, Meta 00565, Genérica 4 Otros Gastos Corrientes, Específica 42 Cuotas del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondienteal Ejercicio 2006. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha depago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 09166/G52/G65/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G65/G6E/G20/G43/GF3/G6E/G73/G75/G6C/G20/G48/G6F/G6E/G6F/G72/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G46/G69/G6C/G69/G70/G69/G6E/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G4C/G69/G6D/G61/G2C/G20/G63/G6F/G6E/G6A/G75/G72/G69/G73/G64/G69/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G74/G6F/G64/G6F/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/GED/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 169-2006-RE Lima, 23 de mayo de 2006 Vista la Nota Nº 065-2006, de fecha 15 de mayo de 2006, de la Embajada de la República de Filipinas, mediante la cual se solicita el reconocimiento del señor Raúl DiezCanseco Terry, como Cónsul Honorario de la República de Filipinas en Lima; Con la opinión favorable de la Secretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior, en el sentido que procede el reconocimiento del señor Raúl Diez Canseco Terry, como Cónsul Honorario de dicho país en la ciudad deLima; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, incisos 11) y 13), de la Constitución Política del Perú, así como en los artículos 9º, inciso 1), acápite b, y 12º de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reconocer al señor Raúl Diez Canseco Terry, como Cónsul Honorario de la República de Filipinas en Lima, con jurisdicción en todo el país, a partir del 17 de abril de 2006. Artículo 2º.- Extenderle el Exequátur correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 09167 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G69/G6E/G61/G66/G65/G63/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G47/G56/G20/G65/G20/G49/G53/G43/G20/G61 /G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G61/G73/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G69/G6E/G20/G66/G69/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G75/G63/G72/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0576-2006-RE Lima, 19 de mayo de 2006 Visto, el Expediente Nº 13181-2005, presentado por la ASOCIACION DE MUJERES EVANGELICAS HEFZI-BA, mediante el cual se solicita la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo(ISC) respecto a la donación recibida de TEAR FUND SCHWEIZ Das Hilfswerk der Schweizerischen Evangelischen Allianz. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas -IGV e Impuesto Selectivoal Consumo -ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055- 99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU)nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en elRegistro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sectorcorrespondiente; Que, la ASOCIACION DE MUJERES EVANGELICAS HEFZI-BA, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDAque conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional -APCI, de conformidad con la Directiva de