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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU El Peruano Miércoles 24 de mayo de 2006 319319 Economía y Finanzas, buscando incentivar el aprovechamiento económico de los Bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, su uso eficiente, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para el registro, inscripción y fiscalización de los bienes de propiedad estatal; Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 674, Ley de Promoción de la Inversión Privada en las Empresas del Estado, mediante la Resolución Suprema Nº 183-98-PCM, se constituyó el Comité Especial de Inmuebles-CEPRI Inmuebles encargado de la venta de los inmuebles de empresas del Estado, cuyas funciones fueron posteriormente ampliadas por Resolución Suprema Nº 133-98-TR, para la venta de inmuebles de proyectos especiales, organismos y entidades del Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 023-2001, de fecha 19 de febrero de 2001, facultó al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir al Comité Especial de Inmuebles- CEPRI-Inmuebles para su venta, los inmuebles registrados en la Superintendencia de Bienes Nacionales, lo que se aprobará en cada oportunidad mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministerio de Economía yFinanzas; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM, de fecha 24 de abril de 2002, se dispuso la fusión de las diversas entidades encargadas de la promoción de la inversión privada en la Agencia de Promoción de la Inversión Privada-PROINVERSION; Que, el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 177- 2003-EF , de fecha 21 de agosto de 2003, encarga la conducción de los procesos de promoción de inversión privada en inmuebles de empresas, proyectos especiales, organismos y entidades del Estado, conforme a la Resolución Suprema Nº 183-98-PCM y Resolución Suprema Nº 133-98-TR, al Comité de PROINVERSION en Activos, Proyectos y Empresas del Estado constituido por la Resolución Suprema Nº 444-2001-EF , modificada por lasResoluciones Supremas Nºs. 228-2002-EF y 009-2003-EF; Que, el Estado es propietario del terreno de un área de 1 617,00 m 2ubicado en la Calle 59 en el SubSector 3-A2 del Sector 3 de la Primera Etapa de la Lotización Puente, distrito de Santa Anita, provincia de Lima, departamento de Lima, registrado en el Asiento Nº 2448 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal- SINABIP correspondiente al departamento de Lima e inscrito en la Partida Electrónica Nº 44370654 del Registro de Predios de Lima; así como del terreno ubicado en el Sublote 1 de la Manzana L de la urbanización “Los Alamos”, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, de unárea de 1 162,03 m 2 registrado en el Asiento Nº 15106 del SINABIP correspondiente al departamento de Lima, e inscrito en la Partida Electrónica Nº 11621853 del Registro de Predios de Lima, en los que se encuentran ubicados módulos de propiedad de la empresa estatal Mercados delPueblo S.A. en Liquidación, habiéndose suscrito un Convenio entre la referida empresa y la SBN a fin de procurar la venta conjunta del terreno y módulo; Que, de conformidad al Decreto de Urgencia Nº 023- 2001, modificado por Decreto de Urgencia N° 071-2001, se determina la distribución de ingresos líquidos obtenidos en el proceso de promoción de la inversión privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, por la venta de inmuebles a cargo de PROINVERSION; Que, en consecuencia es necesario transferir los indicados terrenos al Comité de PROINVERSION en Activos, Proyectos y Empresas del Estado, para que se encargue de su venta por subasta pública; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 023-2001, modificadopor Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Legislativo Nº 674 y Resolución Suprema Nº 177-2003-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Transferir 2 (dos) terrenos al Comité de PROINVERSION en Activos, Proyectos y Empresas del Estado, descritos en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, para que se encargue de surespectiva venta. En los referidos terrenos existen módulos de propiedad de la empresa estatal Mercados del Pueblo S.A enLiquidación, por lo que el Comité de PROINVERSION en Activos, Proyectos y Empresas del Estado, deberá coordinar con la Junta Liquidadora a que se refiere la Resolución Suprema Nº 430-2001-EF , a fin de procurar la venta conjunta de éstos, observándose las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 674 y sus normas modificatorias,complementarias y conexas, constituyendo el monto que se obtenga por la venta de dichos módulos, recursos de la empresa antes referida. Artículo 3º.- El Comité de PROINVERSION en Activos, Proyectos y Empresas del Estado, realizará el proceso de venta, de acuerdo a la normatividad aplicable a dicho Comité. Artículo 4º.- El Comité de PROINVERSION en Activos, Proyectos y Empresas del Estado informará al Ministerio deEconomía y Finanzas, del resultado del proceso de venta. Artículo 5º .- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas ANEXO PREDIOS PARA SU VENTA POR SUBASTA PÚBLICA CON MÓDULOS DE MERCADOS DEL PUEBLO Ítem Asiento Expediente Ubi cación Area m² Distrito Provincia Departamento SINABIP Matriz 1 2448 021-2004/ Calle 59 en el Subsector 3-A2 1 617,00 SANT A ANITA LIMA LIMA SBN-JAD del Sector 3 de la Primera Etapa de la Lotización Puente. 2 15106 022-2004/ Sublote 1 de la Manzana L de la 1 162,03 ATE LIMA LIMA SBN-JAD urbanización "Los Alamos" 09161 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 026-2006-EF Lima, 22 de mayo de 2006 VISTOS:Los Expedientes Nºs. 083-2005/SBN-JAD, 084-2005/SBN- JAD, 086-2005/SBN-JAD, 087-2005/SBN-JAD, 088-2005/SBN-JAD, 093-2005/SBN-JAD, que contienen la opinión favorable para la adjudicación en venta por subasta pública de seis terrenos de propiedad del Estado debidamente registrados en el Sistemade Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal; y,CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la función que desempeña la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN), en su calidad de Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Economía y Finanzas, buscando incentivar elaprovechamiento económico de los Bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, su uso eficiente, maximizando su rentabilidad yestableciendo mecanismos para el registro, inscripción y fiscalización de los bienes de propiedad estatal; Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 674, Ley de Promoción de la Inversión Privada de las Empresas del