Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2006 (09/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de noviembre de 2006

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 7 de setiembre de 2007 7 de setiembre de 2008 7 de setiembre de 2009 7 de setiembre de 2010 7 de setiembre de 2011

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA P. ALLEMANT F. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre

aduaneras, migratorias, policiales y sanitarias, debiendo cada parte comunicar a la otra las condiciones que exige para dicha circulacion, las que en ningun caso podran ser distintas a las exigidas para los vehiculos de su propio pais. Que, el articulo 10º del Convenio de Transporte de Pasajeros por Carretera entre Tacna y MORDAZA, senala que solo se habilitaran vehiculos en buen estado de funcionamiento, el que se acredita con el Certificado de Inspeccion Tecnica de periodicidad semestral, cuyo volante de direccion este ubicado originalmente al lado MORDAZA, que hayan sido disenados de fabrica para el transporte de personas y que no hayan sufrido modificaciones en su chasis que afecten su estructura y que le MORDAZA perder sus condiciones originales de seguridad, resistencia y maniobrabilidad; Que, la Cuarta Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, aprobado por D.S. Nº 009-2004-MTC establece que en tanto se implemente la revision tecnica vehicular, queda en suspenso la existencia del Certificado de Revision Tecnica para los vehiculos destinados al servicio de transporte el cual sera sustituido por el Certificado de Operatividad emitido conforme a la Resolucion Directoral Nº 026-2001MTC/15.18 por las instituciones designadas o que designe la Direccion General de Circulacion Terrestre; Que, en consecuencia, resulta indispensable aprobar el formato del Certificado de Operatividad, para vehiculos que se habiliten para prestar el servicio de transporte de pasajeros por carretera entre Tacna - Arica; De conformidad con la Ley Nº 27791 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre y Convenio de Transporte de Pasajeros por Carretera entre Tacna y MORDAZA, aprobado por D.S. Nº 053-2005-RE. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el formato del Certificado de Operatividad para los vehiculos que se oferten para la prestacion del servicio de transporte de pasajeros por carretera entre Tacna - MORDAZA, el mismo que esta contenido en el anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral. Articulo 2º.- Las Entidades Certificadoras autorizadas por la Direccion General de Circulacion Terrestre para emitir Certificados de Operatividad podran emitir el citado documento con arreglo a la normatividad vigente. Articulo 3º.- Dejese sin efecto las Resoluciones Directorales Nº 1541-2001-MTC/15.18 y Nº 2602-2003MTC/15. Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA P. ALLEMANT F. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre

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Aprueban formato del Certificado de Operatividad de vehiculos que se habiliten para el servicio de transporte de pasajeros por carretera entre Tacna y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 5875-2006-MTC/15
MORDAZA, 3 de octubre de 2006 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2602-2003MTC/15 de fecha 15 de MORDAZA de 2003, la Direccion General de Circulacion Terrestre, aprobo la Ficha de Inspeccion Tecnica sobre los componentes de los sistemas electricos y mecanicos basicos del vehiculo automotor a ser verificados para determinar la operatividad de un vehiculo habilitado al transporte colectivo Tacna - MORDAZA, disponiendose a su vez mediante Resolucion Directoral Nº 1541-2001-MTC/15.18 que el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI realice la inspeccion tecnica MORDAZA referida; Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-2005-RE publicado el 8 de MORDAZA de 2005, se ratifico el Convenio de Transporte de Pasajeros por Carretera entre Tacna y MORDAZA, sustituyendo, a partir de su vigencia, los acuerdos que hubieren sido previamente adoptados sobre la misma materia; Que, el articulo 3º del Convenio de Transporte de Pasajeros por Carretera entre Tacna y MORDAZA, senala que la circulacion de los vehiculos habilitados al servicio se efectuara de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias sobre MORDAZA vehicular, disposiciones

ANEXO (Datos de la Entidad Certificadora) (Direccion, telefono, fax, etc.) CERTIFICADO DE OPERATIVIDAD (TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS ENTRE TACNA - MORDAZA ) Certificado Nº : EL ....................................(Consignar nombre o razon o denominacion social de la Entidad Certificadora) CERTIFICA: Haber efectuado la inspeccion tecnica respecto de las condiciones de operatividad del vehiculo de Placa Unica de Rodaje Nº ............................ y que consigna las siguientes caracteristicas:

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