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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (12/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de noviembre de 2006 332691 2006-SUNASS-CD, a partir del primer ciclo de facturación que se inicie después del 6 de noviembre de 2006. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y archívese.Con la intervención de los señores consejeros Sergio Salinas Rivas, Manuel Burga Seoane, Javier Prado Blas y Víctor Antonio Maldonado Yactayo. SERGIO SALINAS RIVAS Presidente del Consejo Directivo Exposición de Motivos La Resolución de Consejo Directivo Nº 028- 2006-SUNASS-CD realiza cambios importantes en la regulación de reclamos comerciales, contrastación de medidores y las reglas para la facturación de los servicios de saneamiento. Dichos cambios implican que tanto las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS como las empresas contrastadoras deben adecuarse a nuevas reglas en diversos aspectos (tales como la forma de noti fi cación, la actuación de pruebas antes de la negociación, la regla del menor valor, cambios en la categoría a la que pertenecen algunas unidades de uso, entre otras). Para facilitar este proceso, la referida Resolución de Consejo Directivo otorgó a las EPS un plazo de ciento veinte (120) días calendario como plazo de adecuación. Asimismo, debe tenerse en cuenta que existen procedimientos, solicitudes y trámites iniciados al amparo de la Resolución de Consejo Directivo Nº 005-2003-SUNASS-CD que a la fecha de la entrada en vigencia de la Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2006-SUNASS-CD no han concluido por lo que, con la fi nalidad de aclarar la aplicación de las nuevas reglas por parte de las EPS, se considera conveniente indicar que los procedimientos y trámites iniciados bajo la vigencia de la Resolución de Consejo Directivo Nº 005-2003-SUNASS-CD, es decir, hasta el 6 de noviembre de 2006 inclusive, se culminarán aplicando sus disposiciones. Adicionalmente, se ha producido la entrada en vigencia de la Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2006-SUNASS-CD en medio de un ciclo de facturación, en ese sentido se considera conveniente indicar que los cambios relativos a la facturación son de aplicación a partir del primer ciclo de facturación que se inicie después del 6 de noviembre de 2006. 5404-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban Directiva “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 037 Ate, 10 de octubre de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 284-06-GP/MDA de la Gerencia de Plani fi cación; el Informe Nº 2043-06-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el Proveído Nº 2775-06-GGM/MDA de la Gerencia General Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 42º que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Informe Nº 284-06-GP/MDA la Gerencia de Plani fi cación remite el Proyecto de Directiva de “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para caja Chica y Cajas Periféricas”, la Gerencia General Municipal, para su aprobación mediante el dispositivo legal pertinente; Que, la fi nalidad de la Directiva “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para caja Chica y Cajas Periféricas”, es la de establecer el procedimiento operativo de la utilización, rendición y control del Fondo fi jo para Caja Chica y Cajas Periféricas.; Que, asimismo entre los objetivos de la presente Directiva es la de racionalizar los gastos con cargo a los recursos del Fondo Fijo del Fondo Fijo para Caja Chica y de las Cajas Periféricas, promoviendo su uso efi ciente y responsable por parte de las dependencias de la Municipalidad. Establecer los procedimientos para el uso y la rendición del Fondo Fijo para Caja Chica y de las Cajas Periféricas, por parte de los responsables de su manejo. Precisar las normas a que debe sujetarse la utilización de dichos fondos. Y establecer mecanismos de control a las operaciones a cargo del Fondo Fijo para Caja Chica y de las Cajas Periféricas por parte de los órganos encargados de los sistemas administrativos instaurados en la Municipalidad; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos mediante Informe Nº 2043-06-GAJ/MDA opina que mediante Decreto de Alcaldía se apruebe la “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para caja Chica y Cajas Periféricas”; Que, mediante Proveído Nº 2775-06-GGM/MDA la Gerencia General Municipal señala se proyecte el Decreto de Alcaldía pertinente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA:Artículo 1º.- APROBAR, la Directiva Nº 011-2006/ MDA, “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para caja Chica y Cajas Periféricas”, la misma que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Administración, Subgerencia de Tesorería y demás áreas pertinentes de esta Corporación Edil. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LEONARDO VILCHEZ FERNANDEZ Alcalde 5395-1 Declaran de interés prioritario la Campaña de Vacunación contra la Rubéola en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 038 Ate, 10 de octubre de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Documento Nº 29771-06 presentando por el Dr. Pablo Manuel Córdova Ticse, Director General (e) del Ministerio de Salud DISA IV Lima Este, solicitando se declare como prioridad la Campaña de Vacunación contra la Rubéola en toda la jurisdicción del distrito de Ate; el Informe Nº 424-06-SGDH-GPC/MDA de la Subgerencia del Desarrollo Humano; el Informe Nº 2486-06-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; el Informe Nº 6664-