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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (12/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de noviembre de 2006 332702 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TUMBES Exoneran de proceso de selección la adquisición de terrenos adyacentes al ingreso a Playa Hermoza ACUERDO DE CONCEJO Nº 081-2006-SG-MPT 27 de octubre de 2006 VISTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 25 de octubre del 2006, el expediente técnico sobre la Adquisición Vía Compra-Venta de los terrenos colindantes a la vía de acceso a PLAYA HERMOZA; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, atribuye a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con lo dispuesto por el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, facultándoles para realizar acciones a efectos de mejorar los servicios y realizar obras que permitan el desarrollo y el bien común; Que, el Concejo Municipal en uso de las atribuciones que le con fi ere el Art. 9º literal 26º de la Ley Nº 27972 aprobó el acta de compromiso suscrita por el Alcalde con los propietarios de los terrenos adyacentes de la carretera carrozable de ingreso a Playa HERMOZA, en cumplimiento del convenio suscrito por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TUMBES con PLAN COPESCO - MICENTUR a efectos de desarrollar el PROYECTO PLAYAS DEL NORTE entre las que se encuentra incluida PLAYA HERMOZA, aprobándose la compra de los terrenos agrícolas colindantes. Para su cumplimiento es necesario la exoneración del Proceso de Selección; Que, conforme a lo dispuesto por el Inc. E del Art. 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Art. 144º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM y D.S. Nº 084-2004-PCM, la Exoneración de las Adquisiciones o Contrataciones proceden cuando los bienes o servicios requeridos no admiten sustitutos, debiendo entenderse que tal situación se configura cuando un determinado tipo de bien o servicio posee un solo proveedor; Que, conforme al artículo 20º del mencionado Texto Ordenado así como el numeral 6.1 de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE aprobada por Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE del 7 de julio del 2001 y el O fi cio Nº 398-2006/GNP/APS del 13 de octubre del 2006, debe ser la Asamblea Municipal quien acuerde aprobar la exoneración por la causal invocada de único proveedor; Que, estando al informe favorable de Asesoría Legal Nº 03-2006-GAL-MPT que opina por la procedencia de la adquisición vía exoneración de los terrenos adyacentes de la carrozable de ingreso a Playa Hermoza a efectos de desarrollar el proyecto Playas del Norte, el Acuerdo Nº 005/MPT-SG por el cual se aprueba el compromiso suscrito por el Sr. Alcalde con los propietarios de los terrenos adyacentes a la carrozable de ingreso a PLAYA HERMOZA; MUNICIPALIDADES, por mayoría de los miembros de la Asamblea Municipal y con dispensa de la lectura del Acta;SE ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar la EXONERACIÓN por la causal de proveedor único para la Adquisición de los terrenos adyacentes al ingreso a PLAYA HERMOZA y cuyo valor y áreas son como sigue: PROPIETARIOÁREA AFECTADACOSTO Artemio Ávila Cornejo 1844.348 M2 U$ 3688.70 Eleuterio Rosales de Benítez 2595.72 M2 U$ 5191.44 Juan Gálvez Guerra 101.248 M2 U$ 202.496 Carmen Oyola de Aguilera 242.231 M2 U$ 484.462 Sixto Rosales Gonzaga 2599.47 M2 U$ 5198.94 Hildebrando Castro Zárate 229.185 M2 U$ 458.37 Rosita Rosales Medina 685.25 M2 U$ 1370.50 Rosa Medina de Rosales 511.197 M2 U$ 1022.39 Artículo Segundo.- El gasto que ocasione el pago del valor de los terrenos a adquirir serán afectados a la Fuente de FINANCIAMIENTO 07 FONCOMUN, así mismo los gastos ocasionados que acarreen el saneamiento físico legal de las áreas de terreno que se aprueba su adquisición que por este Acuerdo se exonera. Artículo Tercero.- Disponer que la Dirección de Administración a través de las Áreas de Abastecimientos realiza las acciones derivadas de la presente exoneración y la publicación correspondiente del presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Asesoría Legal, coordinar con el área encargada de adquisiciones a efectos de generar la documentación y el saneamiento físico legal para la adquisición de los terrenos antes descritos y realizar los trámites pertinentes que dicha adquisición genera. Artículo Quinto.- Notifi car el presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Asesoría Legal, Dirección de Administración y otras áreas competentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL CALLE CASTILLO Alcalde 5388-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia de la “Enmienda Siete al Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para Gestión Fortalecida del Medio Ambiente para Atender Problemas Prioritarios USAID (527-0407)”, suscrito con los EE.UU. De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante O fi cio RE (GAB) N° 0-3-A/303, comunica que la “Enmienda Siete al Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para Gestión Fortalecida del Medio Ambiente para Atender Problemas Prioritarios USAID (527-0407)” suscrita el 16 de mayo de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú y rati fi cada por Decreto Supremo N° 068-2006-RE, de 23 de octubre de 2006, publicado el 26 de octubre de 2006. Entró en vigencia el 16 de mayo de 2006. 5407-1