Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2006 (22/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de noviembre de 2006

Uno de los principales factores que puede alterar la estructura de costos, son los derivados del petroleo (gasolina, diesel, aceites, etc), ya que el precio es sensible a cambios internos y basicamente a cambios en el precio internacional del petroleo. A pesar de las fluctuaciones hacia la alza en el MORDAZA internacional del precio del petroleo, no influye de manera relevante a los precios internos del petroleo, debido basicamente a la aplicacion de medidas fiscales por parte del gobierno como: *La utilizacion del fondo de estabilizacion de Precios de los Combustibles y la reduccion del Impuesto selectivo al consumo(ISC) a los combustibles (gasolina, kerosene), y *La apreciacion de la moneda. En este contexto se espera para el ano 2007 un alza moderada del precio internacional del petroleo, lo cual no implicara presiones al alza desproporcionada en la inflacion en el 2007. Concluyendo, se espera que para el periodo 2007, segun la tasa de inflacion proyectada (2.5%), los costos de los materiales utilizados para brindar un servicio eficiente y de calidad de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, no variaran desproporcionadamente, por lo que se toma la misma estructura de costos aprobada para el periodo 2006, ajustandolo a la Variacion Acumulada del indice de precios al consumidor de MORDAZA Metropolitana. 5879-2

b) Descuento del 50% sobre las costas generadas, HR y PU y otros hasta el ano 2006. c) Descuento en: - Multas Tributarias emitidas hasta el 18/11/06 del 90% - Multas Administrativas emitidas hasta el 18/11/06 del 90% Articulo Tercero.- Para quienes efectuen el pago total y al contado de toda su deuda se realizara un descuento adicional de la siguiente forma: - 50% del tributo del ejercicio 2002; - 40% del tributo del ejercicio 2003; - 30% del tributo del ejercicio 2004; - 20% del tributo del ejercicio 2005. - 10% del tributo del ejercicio 2006. insoluto correspondiente a arbitrios insoluto correspondiente a arbitrios insoluto correspondiente a arbitrios insoluto correspondiente a arbitrios insoluto correspondiente a arbitrios

Articulo Cuarto.- El contribuyente podra acogerse al pago de su deuda mediante fraccionamiento, de la siguiente manera: a) El numero de cuotas maximas a fraccionar sera de 5. b) El pago inicial se considerara como minimo el valor de una cuota. c) Adicional a ello se realizaran descuentos del: - 30% del tributo del ejercicio 2002; - 25% del tributo del ejercicio 2003; - 20% del tributo del ejercicio 2004; - 15% del tributo del ejercicio 2005. - 10% del tributo del ejercicio 2006. insoluto correspondiente a arbitrios insoluto correspondiente a arbitrios insoluto correspondiente a arbitrios insoluto correspondiente a arbitrios insoluto correspondiente a arbitrios

Establecen Beneficio Especial Tributario desde el 20 de noviembre hasta el 2 de diciembre de 2006
ORDENANZA Nº 267-MDB Barranco, 15 de noviembre del 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTA, la propuesta de la Gerencia de Administracion Financiera y Tributaria, sobre otorgamiento de Beneficio Especial para los Contribuyentes mediante Informe N° 098-2006-GAFT/MDB, en la Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades provinciales y distritales, y las delegadas conforme a ley, son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 55º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, preve que el patrimonio municipal se administra por cada municipalidad en forma autonoma, con las garantias y responsabilidades de ley; Que, es politica de la Municipalidad Distrital de Barranco otorgar a los contribuyentes las maximas facilidades para regularizar el pago de sus obligaciones vencidas; Que, estando a lo dispuesto por el numeral 9) del Articulo 9º y por el Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y con el MORDAZA unanime de sus miembros, y con la dispensa de la lectura del acta, ha dado la siguiente; ORDENANZA: Articulo Primero.- Establezcase en la jurisdiccion del distrito de Barranco el Beneficio Especial Tributario que tendra vigencia desde el 20 de noviembre del 2006 hasta el 2 de diciembre del 2006. Articulo Segundo.- BENEFICIOS.- Para quienes efectuen el pago total y al contado de toda su deuda: a) Condonacion total de los intereses generados por el cobro de arbitrios, impuesto predial, multas tributarias, multas administrativas, y otros hasta el ano 2006, cualquiera sea su estado de cobranza

Quienes tengan fraccionamiento, cualquiera que fuera su estado de cobranza, podran solicitar que su deuda retorne a la via ordinaria, pudiendo acogerse al presente beneficio, excepto lo que estuvieran acogidos a la Ordenanza Nºs. 252-MDB 256-MDB y 258-MDB. Articulo Quinto.- Con el acogimiento del contribuyente al presente beneficio, se entendera que este hace expreso reconocimiento de su deuda con la Municipalidad, por lo que no podra presentar futuras reclamaciones respecto de los montos incluidos en dicho pago. Articulo Sexto.- Los contribuyentes que hayan formulado recursos de reclamacion, reconsideracion o apelacion con anterioridad al presente beneficio sobre el pago de los arbitrios materia del mismo, y que se encuentren pendientes de resolucion, deberan desistirse en la forma prevista por Ley, haciendo referencia al expediente administrativo que dio merito al procedimiento. Articulo Setimo.- Facultese al MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, incluyendo la prorroga de vigencia de la misma. Articulo Octavo.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Administracion Financiera y Tributaria, a la Subgerencia de Tesoreria y a la Unidad de Estadistica e Informatica. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA ARRESE MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado de Alcaldia 5879-3

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