Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2006 (22/11/2006)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de noviembre de 2006

de la Municipalidad de Barranco, debidamente capacitada, que tiene la funcion de supervisar el cumplimiento de la presente MORDAZA e impondra las papeletas de infraccion a las personas juridicas y/o conductores de vehiculos menores que incumplan el presente reglamento, disponer el internamiento del vehiculo en el Deposito Oficial Municipal, segun la sancion que corresponde al infractor. 16. ORDEN PRIORITARIO: Secuencia de requisitos de calificacion que en el orden establecido, se tendran en cuenta cuando una o mas personas juridicas solicitan prestar el servicio especial en una misma MORDAZA de trabajo 17. DEPOSITO OFICIAL MUNICIPAL: Local Municipal del Distrito para el internamiento de los vehiculos por infracciones y sanciones impuestas por el Inspector Municipal pudiendo contar con el apoyo de la Policia Nacional del Peru. 18. CARNE DE EDUCACION Y SEGURIDAD VIAL: Documento visado por la municipalidad al conductor y al propietario. CAPITULO III DE LA COMPETENCIA Articulo 6º.- Compete a la Municipalidad Distrital de Barranco: 1. Otorgar el permiso de operacion a la persona juridica o transportador dedicado al Servicio Especial que cumplan con los requisitos previstos en la presente Ordenanza. 2 Registrar a las personas juridicas, propietarios, vehiculos y conductores autorizados para prestar el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga de Vehiculos Menores debiendo mantenerlos actualizados. 3. Realizar la revision anual de caracteristicas a los vehiculos menores, hasta que se implemente la revision tecnica correspondiente. 4. Ampliar, modificar, renovar y anular los permisos de operacion otorgados a las personas juridicas. 5. Autorizar el color de la flota vehicular de cada transportador o persona juridica propuesta de esta, debiendo priorizarse de acuerdo a la antiguedad. 6. Expedir las credenciales del conductor en coordinacion con la persona juridica. 7. Determinar el numero de personas juridicas o transportadores que prestaran el servicio especial en cada MORDAZA de trabajo, fundamentados en estudios tecnicos considerando la antiguedad de prestacion del servicio, extension de zonas y la demanda del publico usuario. 8. Elaborar el Programa Anual de Educacion y Seguridad Vial orientado a los conductores y los propietarios de Vehiculos de Servicio de Transporte Publico Especial en Coordinacion con la Comision Tecnica Mixta. 9. Determinar los paraderos del transportador previo estudio tecnico. 10. Analizar, controlar y hacer mantenimiento de los paraderos autorizados. 11. Imponer las sanciones por infracciones a la presente Ordenanza, en concordancia a lo establecido en los Articulos 18º y 19º del Decreto Supremo Nº 04-2000MTC., y a las condiciones de los permisos de operacion, que podra llegar hasta la cancelacion de los mismos. 12. Autorizar la prestacion del servicio en vehiculos menores, teniendo en cuenta las caracteristicas y condiciones viales del distrito, rutas de transporte MORDAZA masivo ya autorizados por la Autoridad Provincial. Articulo 7º.- La Comision Tecnica Mixta de la Municipalidad de Barranco, es un organo consultivo, sera autonoma y esta integrada por 03 (tres) Funcionarios de la Municipalidad de Barranco, uno de ellos la presidira, 01 (un) representante acreditado de la Policia Nacional del Peru, y 01 (un) representante de las Personas Juridicas inscritas y reconocidas por la Municipalidad Distrital de Barranco. La vigencia de la Comision Tecnica Mixta es permanente y sus miembros podran ser renovados o sustituidos por mandato de los respectivos sectores a los que representan. Sus funciones son: 1. Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento. 2. Participar en la formulacion de proyectos y planes de

desarrollo orientados a mantener el orden en la prestacion del servicio en el distrito. 3. Debatir y evaluar las iniciativas sobre temas en materia de seguridad y educacion vial. 4. Promover y difundir sus acuerdos destinados a mejorar la imagen y calidad del servicio. 5. Observar y fiscalizar las sanciones establecidas en el presente Reglamento. Articulo 8º.- El control y la supervision estara a cargo de los Inspectores Municipales pudiendo contar con el apoyo de la Policia Nacional del Peru, tal como lo establecen los Articulos 11º y 20º del D.S. Nº 004-2000-MTC. TITULO II DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS CAPITULO I DE LAS AUTORIZACIONES Articulo 9º.- Las personas juridicas que deseen prestar el servicio de transporte publico especial en vehiculos menores en la jurisdiccion del distrito se encuentran obligadas a obtener el permiso de operacion, el sticker vehicular y las credenciales de los conductores, documentos sin los cuales no podran prestar servicio publico. Articulo 10º.- El Permiso de Operacion solo se otorgara a las personas juridicas legalmente constituidas y en actividad de acuerdo a los Decretos Supremos Nº 0042000-MTC, 009-2000-MTC y la presente Ordenanza, para la correspondiente autorizacion, la Municipalidad establecera criterios de igualdad de condiciones y de oportunidad cuando existan varios postores solicitando el uso de una determinada MORDAZA de Trabajo y Paradero, los cuales son en el orden prioritario: 1. Cumplimiento de los requisitos senalados en la presente ordenanza. 2. Personas Juridicas cuya mayoria de sus integrantes MORDAZA personas naturales que acrediten ser propietarios conductores de los vehiculos menores. 3. Las personas juridicas cuyos miembros MORDAZA de preferencia residentes del Distrito de Barranco. 4. Y otras que proponga la Comision Tecnica Mixta a la Municipalidad de Barranco. Articulo 11º.- Las Personas Juridicas para el Servicio Especial deberan realizar el tramite de registro y permiso de operacion cumpliendo los siguientes requisitos: 1. Solicitud bajo la forma de declaracion jurada, dirigida al MORDAZA, indicando la Razon Social, domicilio fiscal y compromiso establecido en el inciso e) del articulo 9º del Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC modificado por el Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC, en concordancia con el Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 004-2000MTC, suscrito por el Representante Legal y conductor. 2. MORDAZA fotostatica del Testimonio de Constitucion de la Persona Juridica y Ficha Literal de Registros Publicos, con mandato vigente de su representante y Registro Unico de Contribuyente (RUC), 3. Padron de Asociados, propietarios de vehiculos y de los conductores, adjuntando MORDAZA fotostatica de la tarjeta de Propiedad de los vehiculos Menores, Licencia de Conducir del Conductor y Documento de Identidad Personal. 4. MORDAZA fotostatica de la Poliza de Seguros Vigente (SOAT),. 5. Plano o Croquis de la propuesta de ubicacion MORDAZA de Trabajo y de paraderos. 6. Derechos Administrativos regulados por el MORDAZA para el permiso de operacion: - Inspeccion Tecnica Ocular de paradero por Persona Juridica. - Constatacion de caracteristicas vehiculares. - Derecho de Sticker Vehicular por Unidad (anual). - Derecho de credencial de conductor. - Derecho de Carne de educacion y Seguridad Vial. Articulo 12º.- Los requisitos senalados se presentaran en la Unidad de Tramite Documentario y Archivo de la

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