Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2006 (22/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

333297

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Establecen beneficios de condonacion de interes moratorio, ajustes y gastos administrativos relativos al Impuesto Predial asi como a multas tributarias
ORDENANZA Nº 309-MDEA El MORDAZA, 20 de noviembre del 2006 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA VISTO: El Informe Nº 350-2006-GERENT-MDEA en Sesion Ordinaria de la fecha 20 de noviembre del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, asimismo el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que las Municipalidades como organos de gobierno local, tienen autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, a su vez el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estos dentro de jurisdiccion y con los limites que senala la ley. Que, el articulo 193º de dicha MORDAZA establece que son rentas de las municipalidades los tributos creados por Ley a favor, las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos de su competencia creados su Concejo. Que, la Ley de Tributacion Municipal aprobada por Decreto Legislativo Nº 776, establece cuales son los ingresos tributarios y senala a su acreedor asi como al organo de gobierno local al que corresponde su recaudacion, administracion y fiscalizacion; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por DECRETO Supremo Nº 135-99-EF, establece que los gobiernos locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir tributos. Que, el articulo 41º de dicha MORDAZA establece que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de Ley y que excepcionalmente los gobiernos locales mediante ordenanza podran condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que, es politica de la gestion municipal actual incentivar el cumplimiento por parte de los contribuyentes de sus obligaciones tributarias, siendo por ellos necesario otorgar las facilidades posibles a los contribuyentes del distrito e incluso a los que se encuentren en MORDAZA de fiscalizacion para permitirles ponerse al dia con dichas obligaciones. Estando a lo senalado por el informe Nº 350-2006GERENT-MDEA emitido por la Gerencia de Rentas; senala que a los diversos pedidos de los contribuyentes se condone parte de su deuda para los que cancelen al contado. A conformidad con los articulos 9º numerales 8) y 9), 30º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite y aprobacion del acta, aprobo por Mayoria, lo siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- CONDONAR el 40% del interes moratorio, ajuste y gastos Administrativos, al momento de pago al contado, del impuesto predial correspondiente a los ejercicios fiscales de los anos 1994 al 2006 a los contribuyentes que se encuentren en MORDAZA de fiscalizacion. Siempre y cuando lo realicen el pago en una sola armada al contado. Articulo 2º.- CONDONAR el 100% de la deuda por Multas Tributarias aplicadas a todos los administrados siempre y cuando efectue la cancelacion de su deuda en una sola armada al contado.

Articulo 3º.- DISPONER que la vigencia del contenido de la presente Ordenanza y de la Ordenanza Nº 305MDEA es hasta el 15 de diciembre del 2006. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de Rentas y a las unidades organicas que la conforman el cumplimiento de la presente ordenanza, a la oficina de imagen institucional la divulgacion y difusion de su alcances ante el vencimiento y a Secretaria General la publicacion de la misma en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del 20 de noviembre al 15 de diciembre del 2006. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 5922-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Disponen reduccion temporal de pago por derecho de tramitacion de Procedimiento de Registro y Reconocimiento de Organizaciones Sociales de Base de Apoyo Alimentario, Vaso de Leche, Cocinas Familiares, Clubes de Madres, Comedores y Otros
DECRETO DE ALCALDIA Nº 015 San MORDAZA de Lurigancho, 8 de noviembre de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 establece en su articulo IV del Titulo Preliminar que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los recursos publicos locales y el desarrollo integral sostenible y armonico de la circunscripcion; Que, el articulo 84º numerales 2.2 y 2.7 de la citada MORDAZA senala que es funcion de las municipalidades distritales en temas de programas sociales, defensa y promocion de derechos el reconocer y registrar a las instituciones y organizaciones que realizan accion y promocion social concertada con el gobierno, asi como promover y concertar la cooperacion publica y privada en los distintos programas sociales locales, respectivamente; Que, la Ley Nº 25307 declara de prioritario interes nacional la labor que realizan los Clubes de Madres, Comites de Vaso de Leche, Comedores Populares Autogestionarios, Cocinas familiares, Centros Familiares, Centro MORDAZA infantiles y demas Organizaciones Sociales de Base, en lo referido al servicio de apoyo alimentario que brindan a familias de menores recursos; Que, el Decreto Supremo Nº 041-2002-PCM se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 25307, exhortando a las Municipalices a implementar medidas de atencion prioritaria a dichas organizaciones incluso en lo que respecta al reconocimiento y registro de la misma; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 002 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 4 de MORDAZA del 2006 se dispone la reduccion temporal por 90 dias habiles del pago por derecho de tramitacion del procedimiento de Registro y Reconocimiento de Organizaciones Sociales de Base de Apoyo

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