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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (08/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329898El Peruano domingo 8 de octubre de 2006 declaratoria de desierto. Y por cuya razón se recomienda contratar a una empresa que cuente con la especializaciónque el caso amerita. Que, teniendo en cuenta la naturaleza del servicio requerido, se necesita la contratación de una empresaespecializada con conocimiento de la geografía del distrito y con la experiencia de haber realizado similares servicios dentro de la provincia de Talara con similar problemática,cuya contratación debería realizarse por serviciopersonalísimo que lo permite la letra f) del Artículo 19º delD.S. Nº 083.2004.PCM, en concordancia con el Artículo145º del D.S. Nº 084.2004.PCM, en donde se dispone que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, procede la exoneración porservicios personalísimos para contratar con personasnaturales o jurídicas notarialmente especializadas, siemprede su experiencia particular y/o conocimientosevidenciados, apreciados de manera objetiva por la entidad y haga inviable la comparación con otros potenciales proveedores. Para este efecto, la Resolución que apruebela exoneración del proceso de selección, requiereobligatoriamente de dos o más informes previos quecontengan la justificación técnica y legal de la procedenciay necesidad de la obligación, tal como lo dispone el Artículo 146º del D.S. Nº 084.2004.PCM en concordancia con el Artículo 20º del D.S. Nº 083.2004.PCM. Que, la inviabilidad de la competencia y por ende la aplicación de esta causal se determina por la concurrenciade tres clases de elementos; los referidos al objetocontractual y los vinculados a la persona prestadora del servicio. Los elementos referidos al objeto contractual son los siguientes: Que la entidad requiera una prestación deservicios; que se trate de un servicio especializado; que elservicio sea de índole profesional, artístico, científico otecnológico y que el servicio atienda necesidades complejasde la entidad. Los elementos referidos al prestador del servicio son los siguientes: Que, el postor tenga la habilitación necesaria; que el postor posea especialidad enla prestación del servicio requerido ; que la calificación seevidencie por la destreza, habilidad, experiencia particulary/o conocimientos del prestador; que su especialidad seanotoria y que con su notoria especialización corresponda con la complejidad del objeto contractual. Que, el elemento referido a la entidad contratante, es la apreciación objetiva de la entidad acerca de lainviabilidad de la comparación con otros potencialespostores, en función al cumplimiento de los elementosreferidos al objeto contractual y al prestador del servicio. Que, la Empresa J.C. OLAYA ASESORÍAS E.I.R.L., según su currículo es una entidad especialidad enSaneamiento Técnico Legal de terrenos, habiendo prestadodichos servicios a la Empresa ENACE en Piura, Tumbes yLambayeque, y asimismo en las Municipalidadesprovinciales de Piura en los distritos de: Castilla, Catacaos, Cura Mori; de Sechura en los distritos de Bellavista, Rinconada, Llicuar y Vice de Paita, y de Talara en los distritosde: Lobitos, El Alto, La Brea, Negritos y Los Órganos, locual le permite tener conocimiento de la realidad y situaciónde los terrenos de los indicados distritos como es el distritode Los Órganos y que le permite a la citada empresa características particulares y trayectoria profesional, que marca la diferencia y hace inviable la comparación conotros potenciales proveedores y consecuentemente haceviable la contratación de dicha empresa mediante la causalde servicio personalísimo. Esta contratación deberá seren forma directa mediante acciones inmediatas solicitando a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones, tal como lo dispone el Artículo148º del D.S. Nº 084.2004.PCM. Que, el servicio materia de la exoneración consiste en la formulación del Estudio Definitivo del CatastroUrbano del distrito de Los Órganos incluyendo la Caleta El Ñuro, para efectos de obtener la recolección de datos de campo necesarios en los predios con nivel de terrenoy edificados, como son los registros y medicionesgeométricas de cada una de las viviendas y/oedificaciones existentes en la localidad, como son elperímetro y el área total, área libre y área techada y demás referencias estipuladas en los términos de referencia. Cabe mencionar que la Elaboración de dichoestudio es imprescindible para conocer la realidad actualde la población y que permitirá determinar el potencial decontribuyentes para aplicar las estrategias correspondientes que incrementen los recursos propiosde la Institución Municipal. Que, el valor referencial es de S/.50,000.00 nuevos soles, incluyendo gastos generales y utilidad así comoel I.G.V y el plazo de ejecución de los servicios será de 50 días calendario. Para determinar la Cobertura Presupuestal correspondiente, será necesario quepreviamente se remita el presente informe al área deContabilidad y Presupuesto. Que, la exoneración del proceso de selección, para la contratación por servicios personalísimos es aprobada por ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL, el mismo que obligatoriamente será publicado en el DIARIO OFICIAL ELPERUANO dentro de los 10 días hábiles de su emisión yadicionalmente se publicará en el SEACE, tal como lo disponeel Artículo 20º del D.S. Nº 20 del D.S. Nº 083.2004.PCM. Que, el Asesor Legal en su Informe Nº 067.2006.MDLO/ OAL, RECOMIENDA, que el Acuerdo de Concejo Municipal y los informes técnicos y legales que lo sustentan se remitirána CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ALCONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES YADQUISICIONES DEL ESTADO (CONSUCODE) bajoresponsabilidad del titular del pliego, dentro de los días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 20º del D.S. Nº 083.2004.PCM. Que, el Asesor Contable en su Informe Nº 201.2006.MDLO/AC, de fecha 21 de septiembre delaño en curso, informa que la Cobertura Presupuestal delProyecto ELABORACIÓN DE CATASTRO URBANO se encuentra en el Componente 2067094, Fuente de Financiamiento 01, Especifica 6.5.11.33. Estando a lo anteriormente expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, Informe Legal, Informe Contable,Informe del Jefe de Desarrollo Urbano e Infraestructura y con la Exoneración de la Lectura y Aprobación del Acta de Sesión Extraordinaria Nº 019-2006-.MDLO/CM de fecha28.09.2006 el Concejo en Pleno por UNANIMIDAD. ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR AUTORIZAR, la Exoneración del Proceso de Selección que corresponda parala CONTRATACIÓN DE UNA EMPRESA ESPECIALIZADAque formule el ESTUDIO DEFINITIVO para la ELABORACIÓNDEL CATASTRO URBANO DEL DISTRITO DE LOSÓRGANOS, incluyéndose la CALETA EL ÑURO, declarándose como SERVICIOS PERSONALÍSIMOS, de conformidad con el inciso f) del artículo 19º del D.S. Nº 083.2004.PCM. Artículo Segundo.- ESTABLECER, que la CONTRATACIÓN a que se refiere el artículo precedenteserá por un período de 50 días calendario hasta por unmonto del valor referencial de S/. 50,000.00 nuevos soles, incluyendo gastos generales y utilidad así como el I.G.V. con cargo al Componente 2067094, Fuente deFinanciamiento 01, Específica 6.5.11.33. Artículo Tercero.- FACULTAR, al señor Alcalde la suscripción del Contrato correspondiente con laEMPRESA JC.OLAYA ASESORÍA E.I.R.L. Artículo Cuarto.- DISPONER, que Secretaría General remita Copia Fedateada del presente Acuerdo y de losInformes Técnico-Legal a la Contraloría General de laRepública y al Consejo Superior de Contrataciones yAdquisiciones del Estado-CONSUCODE dentro de los 10días hábiles siguiente a la fecha de su aprobación y así mismo ingrese dicha información al SEACE del CONSUCODE. Artículo Quinto.- ENCARGAR, al Comité Especial Permanente de Contrataciones y Adquisiciones registrey efectúe la Exoneración del Proceso de Selección delProyecto: ELABORACIÓN CATASTRO URBANO. Artículo Sexto.- DISPONER, que Secretaría General y Abastecimiento cumplan con la Publicación del Acuerdoen el Diario El Peruano, dentro de los 10 días hábiles a suemisión o adopción según corresponda. Comuníquese, regístrese y publíquese.RICARDO FRANCISCO ARCA APONTE Alcalde 02853-1