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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (08/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329890El Peruano domingo 8 de octubre de 2006 Municipalidad Distrital de El Agustino resuelve Ratificar el Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 160-A-2005-SG-02/MDEA, precisando que se aprueba laRegularización de la Habilitación Urbana Ejecutada paraUso Residencial de Densidad Media R4 sobre el terrenode 18,000.00 m² constituido por el Sublote 4 en el ex Fundo La Encalada y Salinas, conforme al Plano signado con el Nº 004-2005-SGCHU-GDU-MDEA, distrito de ElAgustino, provincia y departamento de Lima; además,rectifica el Artículo Segundo de la citada Resoluciónprecisando el cuadro de áreas; Que, el terreno se encuentra inscrito el terreno se encuentra inscrito en Partida Nº 11343063 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX- Sede Lima(fs. 25); Que, con Informe Nº 138-2006-MML-GDU-SPHU- DRD de fecha 12 de setiembre de 2006 (fs. 106 al 108),emitido por la División de Revisión de Diseño de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, se manifiesta que la presente Habilitación cumple conlos Planes Urbanos en lo referente a zonificación, vías yaportes reglamentarios; Que, mediante Informe Nº 364-2006-MML-GDU- SPHU-AL de fecha 14 de setiembre de 2006 (fs. 109 y 110), la Asesoría Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, opina que deacuerdo a la evaluación técnica, el presenteprocedimiento cumple con los Planes Urbanos,respecto a zonificación, vías y aportes reglamentarios,por lo que conforme a las facultades conferidas en la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079, corresponde a estaSubgerencia Ratificar la Resolución de Alcaldía Nº 160-A-2005-SG-02-MDEA de fecha 3 de mayo de 2005 yla Resolución de Alcaldía Nº 241-06-A-SEGE-02-MDEA de fecha 17 de julio de 2006, emitida por la Municipalidad Distrital de El Agustino. Con el visto bueno de la División de Revisión de Diseño y de la Asesoría Legal de la Subgerencia dePlaneamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27972, Nº 27444, Nº 26878, Ordenanzas Metropolitanas Nº 292, Nº 341, Nº 431, Nº 776-MML, Decreto de Alcaldía Nº 079, Resolución de AlcaldíaNº 2546 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RATIFICAR, las Resoluciones de Alcaldía Nº 160-A-2005-SG-02/MDEA de fecha 03 demayo de 2005 y Nº 241-06-A-SEGE-02-MDEA emitidaspor la Municipalidad Distrital de El Agustino, que resuelvenaprobar la Regularización de la Habilitación UrbanaEjecutada denominada Urbanización La Encalada y Salinas para Uso Residencial de Densidad Media R 4 del terreno de 18,000.00 m² constituida como Sublote 4 enel ex Fundo La Encalada y Salinas, ubicado en el distritode El Agustino, provincia y departamento de Limaconforme al Plano signado con el Nº 004-2005-SGCHU-GDU-MDEA. Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE, la presente Resolución a la ASOCIACION DE PROPIETARIOS LA ENCALADAY SALINAS y a la Municipalidad Distrital de El Agustino,para su conocimiento y fines. Artículo 3º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Oficina Registral de Lima, para su conocimiento yfines pertinentes. Artículo 4º.- PUBLICAR, la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo de laadministrada, dentro de los 30 días siguientes denotificada la misma. Comuníquese, regístrese y cúmplase. MARIELLA BUENO OTINIANO SubgerenteSubgerencia de Planeamiento y HabilitacionesUrbanasGerencia de Desarrollo Urbano 02848-1MUNICIPALIDAD DE ATE /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G6F/G73/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61 /G6C/G6F/G73/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4C/G65/G79/G65/G73/G20/G4E/GB0/G73/G2E/G20/G32/G38/G36/G38/G37 /G79/G20/G32/G38/G36/G38/G35 ORDENANZA Nº 126-MDA Ate, 29 de setiembre de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de setiembre de 2006y visto el Dictamen Nº 08-06-CDU/MDA de la Comisión de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º (modificado por la Ley Nº 27680) establece que lasMunicipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, dispone en su Título Preliminar, artículo IV,que los gobiernos locales representan al vecindario,promueven la adecuada prestación de servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico con los incisos 3.2 y 3.5 del numeral 3 y último párrafodel artículo 79º de la ley Orgánica citada. Que, mediante Ley Nº 28685 regula la Declaración de Abandono Legal de las tierras de ComunidadesCampesinas de la Costa ocupadas por Asentamientos Humanos y otras posesiones informales y mediante Decreto Supremo Nº 016-2006-AG se aprobó elReglamento de dicha Ley, que se aplica a tierras ocupadaspor personas naturales, con fines de vivienda en condiciónde poseedores precarios, ubicadas dentro del área urbanay de expansión urbana; pertenecientes a las Comunidades Campesinas de la Costa, cuya propiedad se encuentra inscrita en los Registros Públicos de Lima. Que, mediante Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la PropiedadInformal, Acceso al Suelo y dotación de ServiciosBásicos, se establece que se declara de preferente interes nacional la formalización de la propiedad informal, con su respectiva inscripción registral, respecto a losterrenos ocupados por posesiones informales, centrosurbanos informales, urbanizaciones populares y todaotra forma de posesión, ocupación o titularidad informalde predios que estén constituidos sobre inmuebles de propiedad estatal hasta el 31 de diciembre de 2004, con fines de vivienda de interes social orientado a sectoresde menores recursos económicos. Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2006- VIVIENDA se aprobó el Reglamento del Título I de la LeyNº 28687 referido a la Formalización de la Propiedad Informal de los Terrenos ocupados por posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizacionespopulares, donde se señala que la posesión de lote seacreditará con cualquiera de los documentos previstosen el artículo 38º del Decreto Supremo Nº 013-99-MTCy la Constancia o Certificado de Posesión emitida por la Municipalidad Provincial o Distrital donde se ubica el predio, considerando como Constancia de Posesión allistado de poseedores aptos emitidos de acuerdo a loregulado en el artículo 29º de la citada norma. Que, en la jurisdicción del distrito de Ate, existen Asentamiento Humanos, Organizaciones Sociales con fines de Vivienda y habiendo encontrado una problemática masiva de gran parte de la población de Ate en el sentidode contar con los requisitos de la Constancia de Posesióncon el fin de realizar los trámites de formalización de laPropiedad ante COFOPRI conforme a las Disposicionesde la Ley Nº 28687 y su Reglamento.