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NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 8 de octubre de 2006 329885REPUBLICADELPERU RELACIONES EXTERIORES /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79 /G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G6E/G73/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61 /G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1178/RE Lima, 29 de setiembre de 2006 Vista la Resolución Ministerial Nº 0950-RE, de 8 de agosto de 2006, que designó, a partir de dicha fecha, alseñor Rodolfo Pereira Terrones en el cargo de confianza, Nivel F-4, de Consejero de Prensa a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, los artículos 3º y 6º de la LeyNº 27594, Ley que regula la participación del PoderEjecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Ley Nº 25957, que establece el porcentaje límite del cual no podrá excederel personal de confianza; y el Decreto Supremo Nº 19-95-RE, que aprueba la remuneración por servicio exterior; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por terminada la designación del señor Rodolfo Pereira Terrones en el cargo deconfianza, Nivel F-4, de Consejero de Prensa a laEmbajada del Perú en los Estados Unidos de América, apartir del 31 de octubre de 2006. Artículo Segundo.- Darle las gracias por los servicios prestados al Ministerio de RelacionesExteriores. Artículo Tercero.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes delPliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 02806-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1186/RE Lima, 2 de octubre de 2006 CONSIDERANDO:Que, para el ejercicio de ciertas funciones especializadas el Ministerio de Relaciones Exteriores, puede designar agregados y consejeros a las MisionesDiplomáticas dentro de los límites que establece elDecreto Ley Nºs. 25957; Que, los agregados, cualquiera sea su naturaleza dependerán del Jefe de Misión y actuarán como asesores de éste en toda negociación y gestión que competa a su especialización y deben cumplir además lasinstrucciones que se les imparta; Que, la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América, requiere contar con un especialista en el áreade prensa; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, los artículos 3º y 6º de la LeyNº 27594, Ley que regula la participación del PoderEjecutivo en el nombramiento y designación defuncionarios públicos; el Decreto Ley Nº 25957, queestablece el porcentaje límite del cual no podrá exceder el personal de confianza; y el Decreto Supremo Nº 19- 95-RE, que aprueba la remuneración por servicio exterior; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al señor Vladimir Cyril Kocerha Cavero, en el cargo de confianza, Nivel F-4,para que desempeñe al cargo de Consejero de Prensa en la Embajada del Perú en los Estados Unidos deAmérica, a partir del 1 de noviembre de 2006. Artículo Segundo.- El citado funcionario percibirá por concepto de remuneración por servicio exterior elequivalente al de un Consejero en el Servicio Diplomático de la República. Artículo Tercero.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes delPliego Presupuestal del Ministerio de RelacionesExteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 02806-2 SALUD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G61/G73/G20/G61 /G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G73/G61/G6C/G75/G64/G20/G79/G20/G61/G70/G6F/G79/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61 /G67/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G4E/G69/GF1/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 940-2006/MINSA Lima, 5 de octubre del 2006 Visto el Oficio Nº 2193-DG-OEA-OE-INSN-2006 del Director General del Instituto Nacional de Salud del Niño, solicitando la inclusión en el Presupuesto del Año 2006,la donación efectuada por Personas Naturales yJurídicas; CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y de la LeyNº 28652 que aprobó el Presupuesto del Sector Público,para el Año Fiscal 2006, se expidió la Resolución Ministerial Nº 1008-2005/MINSA, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el AñoFiscal 2006, del Pliego 011 Ministerio de Salud; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; establece loslímites y procedimientos mediante los cuales podrán ser modificados los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público; Que, el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto, establece que las incorporaciones demayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en elpresupuesto inicial, son aprobados mediante resolucióndel titular de la Entidad, cuando provienen de las Fuentesde Financiamiento destintas a las de Recursos Ordinariosy Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito que se produzcan durante el año fiscal; Que, de acuerdo al artículo 69º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, lasdonaciones dinerarias provenientes de Institucionesnacionales o internacionales, públicas o privadas,diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por resolución del Titular de la Entidad, siendo el casoque tratándose de montos superiores a 5 UIT, la referidaresolución se publicará obligatoriamente dentro de loscinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en el diarioOficial El Peruano, bajo responsabilidad; Que, la Unidad Ejecutora 010 - Instituto Nacional de Salud del Niño, ha recibido donaciones efectuadas porpersonas naturales y jurídicas destinadas para financiarlos gastos de pacientes de escasos recursos así comopara financiar los gastos de apoyo a la gestión de lainstitución;