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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330240El Peruano jueves 12 de octubre de 2006 Segundo que la relación de bienes, servicios y obras se aprueba mediante Resolución del Titular de la Entidad o lamáxima autoridad administrativa, dicha Resoluciónincluyendo la relación, se publica en el Diario Oficial El Peruano y en los respectivos portales electrónicos de las Entidades; Contando con el Visto Bueno de la Dirección Subregional de Infraestructura y Medio Ambiente y lasOficinas Subregionales de Planeamiento y Presupuestoy Administración y en uso de las facultades conferidas al despacho por la Resolución Ejecutiva Regional Nº 445-2005-GOB.REG.AMAZONAS/PR, de confor-midad con lo establecido en los considerandosprecedentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la relación de obras que serán ejecutadas por la Unidad Ejecutora: 002GERENCIA SUBREGIONAL BAGUA del GobiernoRegional de Amazonas, derivadas de la Ley que apruebaun Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año 2006, y en concordancia con el Decreto de Urgencia Nº 024-2006, las mismas que acontinuación se detalla: - Electrificación rural de los Centros Poblados de Tomocho y Vista Hermosa y los caseríos de Limonyacu, Manantial,Santa Rosa, Santa Clara, Alto Rosapampa - Código SNIP Nº 21992. - Mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable y alcantarillado del Sector San Luis - Bagua Grande - CódigoSNIP Nº 28626. Artículo Segundo.- Disponer que la relación de obras derivadas del Crédito Suplementario para el Gobierno Regional de Amazonas y que no se encuentran en la relación precedente, las mismas que serán ejecutadas porotras Unidades Ejecutoras o Instituciones, sean publicadaspor el organismo que la ejecutará. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Electrónico. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente Resolución a los Órganos internos de la Gerencia Subregional Bagua. Regístrese y comuníquese. FERNANDO GARCÍA OLEA GerenteGerencia Subregional Bagua 02889-1 GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G61/G62/G61/G73/G74/G65/G63/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G69/G6E/G6D/G69/G6E/G65/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 242 -2006-CR/RMDD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria llevada a cabo el díatrece de septiembre del dos mil seis, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional; VISTO: El Informe Nº 006-2006-GOREMAD/GRI, de la Gerencia Regional de Infraestructura, el Informe LegalNº 081-2006-GOREMAD/AOJ e Informe Legal Nº 083-2006-GOREMAD/AOJ, de la Dirección Regional deAsesoría Legal; y,CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal; siendo competentes entre otros, para Promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades de acuerdo a lo prescrito en el artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902; Que, la Gerencia Regional de Infraestructura mediante Informe Nº 081 -2006-GOREMAD/GRI, manifiesta que el Gobierno Regional de Madre de Dios dentro de su programa de inversiones, tiene previsto para el período Agosto -Diciembre la ejecución simultánea de las Obras Civiles siguientes: Ampliación y Mejoramiento Infraestructura I. E. Nuestra Señora de las Mercedes, Dotación de Energía Eléctrica a los Pobladores del Eje Carretero Tramo Planchón-Mavila-Villa Rocío, Pavimentación de las Vías de Acceso al Puerto Tambopata de la Ciudad de Puerto Maldonado y Ampliación Infraestructura y Equipamiento del I.S.P. Nuestra señora del Rosario. De conformidad a las Resoluciones de Contraloría Nº 071-98-CG y Nº 195-88-CG, los expedientes técnicos han sido formulados con precios del mercado en comportamiento normal entre ellos el cemento cuyos precio estaba alrededor de S/. 26.00, luego, principalmente en el mes de agosto, el cemento se disparó a S/. 34.00, S/. 36.00 conforme se demuestra en las cotizaciones recogidas por la Oficina de abastecimiento y Patrimonio que corre a fojas 16, hasta los primeros días del mes de septiembre los precios estaban alrededor de S/. 30.00; Que, desde el mes de agosto en pleno proceso de convocatoria de cemento para la Obra de Las Mercedes, se tuvo problemas con el ganador de la primera convocatoria la Empresa PROMACO S.A, con quien se firmó contrato de suministro, no quiso entregar la cantidad de 1,150 bolsas de cemento, pese a que venció el plazo de entrega, el Contratista PROMACO S.A. alega que el cemento había subido de precio y que no había transporte para el traslado desde la planta hacia Puerto Maldonado y que además, el precio de flete había subido porque aparentemente, la Empresa CONIRSA había ocasionado esta alza perjudicando al Gobierno Regional de Madre de Dios, resolviéndose el contrato por lo que en aplicación del artículo 52º de la Ley deberá aplicarse la sanción a través de CONSUCODE e iniciar el proceso judicial por Daños y Perjuicios a esta Entidad; Que, la Empresa CONIRSA que tiene a su cargo la construcción de la Carretera Interoceánica, a fin de abastecerse de cemento para sus obras, paga por flete a los transportistas con precios de ida y retorno, por lo que los transportistas prefieren poner sus camiones al servicio de esta Empresa, con lo que los precios de los materiales de construcción y otros productos de pan llevar han subido de precio, y los comerciantes de la localidad a fin de abastecer al sector privado, se ven forzados a pagar el sobre precio tan igual como paga CONIRSA, originando un mercado especulativo en todos los productos; Que, ante esta situación la Gerencia Regional de Infraestructura ha intentado reformular los expedientes técnicos con los precios del mercado, habiéndose emitido el Memorando Nº 641-2006-GOREMAD/GRI, que corre a folios 61, pero estos precios continúan inestables e incontrolables como el caso de cemento que en sus inicios estaba en S/. 26.00 pasó a S/. 34.00, S/. 36.00 y S/.38.00 y últimamente el precio bordea S/. 30.00 lo que limita la formulación de un expediente técnico con el riesgo de que los costos totales sean mayores o menores; Que, en la situación actual está demostrado que por causas ajenas al GOREMAD, el comportamiento extraordinario del mercado local con sobreprecios en los materiales de construcción que en su mayoría se traen de otras regiones, hace peligrar el cumplimiento de metas que es el objeto principal de la actividad principal del Gobierno Regional, los precios de ida y retorno que paga CONIRSA por servicios de transporte, continuarán incrementándose durante los próximos meses del presente año por efecto de las precipitaciones pluviales propias de