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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (12/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 12 de octubre de 2006 330211REPUBLICADELPERU Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 229-2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobre el bien de propiedad privada, para la instalación de lasubestación de distribución eléctrica compacta tipo subterránea para Servicio Público de Electricidad Nº 5328, ubicada en la avenida Malecón de la MarinaNº 536-Nº 538-Nº 540 esquina con la calle Contralmirante Villar Nº 545, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contratode Servidumbre de fecha 13 de noviembre de 2002, y elevado a Escritura Pública con fecha 4 de diciembre de 2002, en los términos y condiciones estipulados en elmismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expediente Descripción de la servidumbre Área de Tipo de Tipo de Servidumbre Propiedad terreno 31184305 Subestación de Distribución Suelo: 9,00 m² Privada Urbano Eléctrica Nº 5328 y sus aires.Ubicación: distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima Coordenadas UTM: Vértice N orte Este A 8 660 101, 766 277 484, 877 B 8 660 103, 922 277 482,790C 8 660 101, 836 277 480, 635 D 8 660 099, 680 277 482, 721 Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de ConcesionesEléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 02817-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 462-2006-MEM/DM Lima, 28 de setiembre de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31185306, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima yCallao, sobre solicitud de reconocimiento de servidumbre de ocupación de bienes de propiedad privada, para la instalación de la subestación de distribución compactadel tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5455; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución SupremaNº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado reconocimiento de servidumbre de ocupación de bienes de propiedad privada para la instalación de lasubestación de distribución compacta del tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5455, ubicada en el predio con frente a la avenida Paseo de la RepúblicaNº 5767, constituido por el Lote 30 de la Manzana “C”, urbanización Miraflores, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM(PSAD 56) que figuran en el Expediente;Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación de bienes de propiedad privada, sobre un área de 10,22metros cuadrados para la subestación de distribución, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de Ocupación de fecha 1 de diciembre de 2003, cuya copiaobra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el DecretoSupremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de lasactividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normasde seguridad establecida en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes,ha emitido el Informe Nº 226-2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobreel bien de propiedad privada, para la instalación de la subestación de distribución compacta del tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5455, ubicadaen el predio con frente a la avenida Paseo de la República Nº 5767, constituido por el Lote 30 de la Manzana “C”, urbanización Miraflores, distrito de Miraflores, provinciay departamento de Lima, según consta en el Contrato de Servidumbre de Ocupación de fecha 1 de diciembre de 2003, en los términos y condiciones estipulados en elmismo, de acuerdo a la documentación técnica y planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cod. Exp. Descripción de la servidumbre Área de Tipo de Tipo de servidumbre propiedad terreno 31185306 Subestación de Distribución Suelo: 10,22 m2Privada Urbano Eléctrica Nº 5455. y aires Ubicación: distrito de Miraflores,provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vértice Este N orte A 279 908,9857 8 659 363,2995 B 279 907,9453 8 659 367,5232 C 279 910,2271 8 659 368,0853D 279 911,2675 8 659 363,8616 Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicaspertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 02817-3 /G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G58/G56/G49/G49/G20/G43/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G64/G65/G20/G49/G6E/G67/G65/G6E/G69/G65/G72/GED/G61/G20/G4D/G65/G63/GE1/G6E/G69/G63/G61/G2C/G20/G45/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G20/G79/G52/G61/G6D/G61/G73/G20/G41/G66/G69/G6E/G65/G73/G20/G2D/G20/G43/G4F/G4E/G49/G4D/G45/G52/G41/G20/G32/G30/G30/G37 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 480-2006-MEM/DM Lima, 6 de octubre de 2006