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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (12/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330222El Peruano jueves 12 de octubre de 2006 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G43/GF3/G6E/G73/G75/G6C/G65/G73/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA /G65/G6E/G20/G53/G61/G6E/G74/G69/G61/G67/G6F/G2C/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G20/G79/G20/G65/G6E/G52/G6F/G6D/G61/G2C/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G49/G74/G61/G6C/G69/G61/G6E/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 362-2006-RE Lima, 11 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que los funcionarios del Servicio Diplomático, cualquiera sea su categoría, sirven alternadamente seis años en elexterior y tres años en el país, conforme lo establece la Leydel Servicio Diplomático de la República; Que la protección y atención a las comunidades peruanas en el exterior constituye una de las prioridadesde la Política Exterior del Perú; Estando a lo dispuesto en los artículos 7º y 26º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República;y los artículos 62º, 63º numeral b) y 64º numeral a) delReglamento de la Ley del Servicio Diplomático de laRepública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; el artículo 85º del Reglamento Consular, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar Cónsul General del Perú en Santiago, República de Chile, al Ministro Consejero enel Servicio Diplomático de la República Juan Antonio PrietoSedó. Artículo Segundo.- La jurisdicción consular será la establecida en la Resolución Suprema Nº 512-RE del 22de noviembre de 1995. Artículo Tercero.- Extender las Letras Patentes correspondientes. Artículo Cuarto.- La fecha en que el Ministro Consejero Juan Antonio Prieto Sedó deberá asumir funciones seráfijada mediante resolución ministerial. Artículo Quinto.- Aplicar el egreso que origine la presente resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03002-7RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 363-2006-RE Lima, 11 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que los funcionarios del Servicio Diplomático, cualquiera sea su categoría, sirven indistintamente en la Cancillería, Misiones Diplomáticas, Oficinas Consulares oRepresentaciones Permanentes de conformidad con los requerimientos de la política exterior del Estado; Que la protección y atención a las comunidades peruanas en el exterior constituye una de las prioridades de la Política Exterior del Perú; De conformidad con los artículos 7º, 13º inciso a), 26º y 30º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 62º, 63º literal B) y 64º literal a), 185º inciso a), 187º y 189º inciso a) del Decreto SupremoNº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; el artículo 74º inciso a), 81º inciso a) y 85º del Decreto Supremo Nº 076-2005-RE;Reglamento Consular; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Amador Federico VelásquezGarcía-Monterroso, Cónsul General del Perú en Roma, República Italiana. Artículo Segundo.- La jurisdicción consular será la establecida en la Resolución Suprema Nº 0172-RE, de 28 de abril de 1988. Artículo Tercero.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo Cuarto.- La fecha en la que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones será fijada porResolución Ministerial. Artículo Quinto.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes delPliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03002-8 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL