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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (14/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330546El Peruano sábado 14 de octubre de 2006 concordado con el artículo II del TP de la Ley Nº 27972, "Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia". Estando a lo expuesto, en atención a las facultades pertinentes que confiere la Ley Nº 27972 - Ley Orgánicade Municipalidades, contando el voto aprobatorio delpleno del Consejo Municipal Provincial de Bongará -Jumbilla, en su sesión ordinaria de fecha 11 de setiembredel 2006. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Exoneración del Proceso de Selección Directa Selectiva para la adquisiciónen forma directa de un lote de terreno de 3,191.46 m2, ubicado en la calle sin nombre, en la localidad de Pedro Ruiz Gallo, distrito de Jazán, provincia de Bongará. Por unmonto de S/. 55,020.00 (Cincuenta y Cinco Mil Veinte y00/100 Nuevos Soles), por encontrarse en situación debien que no admite sustituto. Previsto en el artículo 19. e)de la Ley Nº 26850 y numeral 144 de su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 084-2004-PCM. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Municipal en el Diario Oficial El Peruanodentro de los 10 días hábiles siguientes a su emisión yadicionalmente la publicación a través del SEACE. Artículo Tercero.- El egreso que se ocasione, por efectos del presente Acuerdo se aplicará con cargo al Presupuesto Institucional Modificado. Afectándose a la Fuente deFinanciamiento, Fondo de Compensación Municipal -Asignación Provincial, que proporcionalmente correspondeal distrito de Jazán, provincia de Bongará - departamentode Amazonas. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR al Comité Especial Permanente de Adquisiciones y Contrataciones de laMunicipalidad Provincial de Bongará, efectuar laadquisición en forma directa mediante accionesinmediatas, invitando a un solo proveedor cuya propuestacumpla con las características y conducciones establecidas en las Bases. Artículo Quinto.- DISPONER que se cumpla con poner en conocimiento del presente Acuerdo Municipal y susantecedentes a la Contraloría General de la República y alCONSUCODE dentro de los 10 días hábiles siguientes a lafecha de la expedición, bajo responsabilidad de el Titular del Pliego. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO BACALLA GUADALUPE Alcalde Provincial Bongará - Jumbilla 03037-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G67/G65/G6E/G69/G65/G72/G6F/G20/G52/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65 /G4F/G62/G72/G61/G20/G79/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G62/G72/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G74/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G74/G72/G61/G6D/G6F/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G63/G61/G72/G72/G65/G74/G65/G72/G61/G20/G50/G75/G65/G62/G6C/G6F/G20/G4C/G69/G62/G72/G65/G20/G2D/G20/G50/G61/G6D/G70/G61/G72/G6F/G6D/G61/G73 ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 289-2006-MDPL EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: VISTO: El Informe Legal Nº 33-2006-MDPL/AJ de fecha 25 de setiembre del 2006 y sus antecedentes, en sesiónextraordinaria de fecha 26 de setiembre del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Gerencial Regional Nº 164- 2006-Región Ancash/GRI, de fecha 4 de agosto del 2006,se aprobó el Expediente Técnico del Proyecto de la Obra: "Mejoramiento de la carretera Pueblo Libre - Pamparomas,tramo cruce carretera Huaraz - Caraz - Juipon del Km 3 +200 al Km. 6 + 510 de Pueblo Libre - Huaylas, con precios referidos al mes de julio del 2006, con un plazo de ejecución de 4 meses, suscribiéndose para su ejecución, entre laRegión Ancash y la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre,el Convenio Internacional Nº 34-2006 de fecha 14 de agostodel 2006; cuyo convenio de fecha 20 de setiembre del2006, declarándose por las partes que no existe obligación pendiente. Que, el nuevo Convenio Internacional entre las mismas partes y para ejecutar la citada obra bajo la modalidad deencargatura tiene fecha 22 de setiembre del 2006, y elaporte de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, sesustenta en los Acuerdos de Concejo Municipal Nº 255- 2006 de fecha 4 de setiembre del 2006; Nº 277-2006 de fecha 18 de setiembre del 2006, y Nº 279-2006 de fecha20 de setiembre del 2006, en la suma de S/. 333,800.65Nuevos Soles, discriminándose en detalle los gastos propiosde la obra cuyas ejecuciones deben cumplirse, debido aque los Acuerdos de Concejo Municipal son normas municipales conforme a los Arts. 39º y 41º de la Ley Nº 27972. Que, corresponde al Ingeniero Residente de Obra presentar el requerimiento de Insumo, segúnclasificador de gastos, con resumen de los gastos porpartidas especificas, y al Administrador de la Obra, implementar su trabajo; cuyas acciones deben hacerse en el día, para que la transferencia de recursoseconómicos a favor de la Municipalidad Distrital dePueblo Libre, se produzca en el mes de octubre del2006, por los calendarios a establecerse y rendición decuentas; caso contrario podría peligra la ejecución de la obra, porque para el cierre del año fiscal 2006 quedan solamente 3 meses, en la actual AdministraciónMunicipal expida su mandato el 31 de diciembre del2006, plazo menor al previsto en el expediente técnicoque es de 4 meses para la ejecución de la obra, y estáconsiderado presupuestariamente para el ejercicio fiscal 2006. Que, la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre no depende de la Región Ancash, para administra su propioaporte y gastos generales, porque no lo impide el convenio,al contrario reconoce la autonomía municipal en dichosextremos. Estando a lo expuesto, de conformidad con los Arts. 39º y 41º de la Ley Nº 27972; por unanimidad del pleno deregidores. SE ACUERDA: Artículo Primero.- Debe procederse en el día, a designar al Ingeniero Residente para la Obra, unAdministrador para la obra; exonerándose del proceso delselección, por causal de Servicios Personalísimos comoprevé el Inc. "F" del Art. 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM,Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Art. 145º del reglamento de la misma Ley, normado por el D.S. Nº 084-2004-PCM quedefine la necesidad de proveerse de serviciosespecializados, profesionales, artísticos, científicos otecnológicos. Artículo Segundo.- Dicha exoneración del proceso de selección debe merecer de Acuerdo de Concejo Municipal, por ser un requisito previsto, en el Inc "C" del Art. 20º delD.S. Nº 083-2004-PCM. Artículo Tercero.- La decisión que se adopte debe darse a conocer a CONSUCODE y la Contraloría Generalde la República, para los fines de Ley; hacerse la publicación en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez en el plazo de Ley de conformidad con el Art. 147º del D.S. Nº 084-2004-PCM, que es de 10 días hábiles siguientes a suemisión o adopción, según corresponda. Artículo Cuarto.- El Comité Especial Permanente de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, debe adoptarse acciones inmediatas, en la forma prevista en el Art. 148º del D.S. Nº 084-2004-PCM,dando cuenta para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. PAÚL CRISTIAN DÍAZ VÁZQUEZ Alcalde 03012-1