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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (14/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 14 de octubre de 2006 330543REPUBLICADELPERU departamento de Lima, de acuerdo a los considerandos expuestos en la presente Resolución. Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE, la presente Resolución a la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES AMBULANTES "ENRIQUE CASTILLA LINARES" y a la Municipalidad Distrital de Ate, para su conocimiento y fines. Artículo 3°.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Oficina Registral de Lima, para su conocimiento y finespertinentes. Artículo 4°.- PUBLICAR, la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo de la interesada, dentro de los 30 días siguientes de la fecha de notificación de lamisma. Comuníquese, regístrese y cúmplase.MARIELLA BUENO OTINIANO SubgerenteSubgerencia de Planeamiento yHabilitaciones UrbanasGerencia de Desarrollo Urbano 03013-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G73/G69/G65/G72/G74/G6F/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E /G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G73/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 RESOLUCION Nº 1408-06-ALC/MDLV La Victoria, 6 de octubre de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0479-06-ALC/ MDLV de fecha 10 de marzo del 2006, se designa el Comité Especial que tendrá a su cargo la conducción de la LicitaciónPública, para la adquisición de suministros para el Programadel Vaso de Leche del año 2006 de la Municipalidad Distritalde La Victoria, Que, mediante Informe Nº 003-2006-CE/MDLV de fecha 28 de septiembre del 2006, el Presidente del Comité Especial de la Licitación Pública, para la adquisición desuministros para el Programa del Vaso de Leche poneen conocimiento que con fecha 5 de abril del 2006, seconvoco el proceso de Licitación Pública Nº 001-2006-CE/MDLV, el mismo que en su etapa de evaluación de propuestas se declaró desierto del Proceso de Selección respecto del Ítem II (Hojuela de Quinua Enriquecida),por no existir propuestas validas al no cumplir con lasespecificaciones mínimas de composición del productoofertado, declaración esta que motivo que los postoresProductos Alimenticios del Perú Sanitaria S.A.C., (PROALPESA S.A.C.) y Soluciones Alimenticias S.A.C., (SOAL S.A.C.) interpusieran recurso de Apelación contrala descalificación de sus propuestas técnicas, que losacotados recursos impugnatorios fueron resueltosmediante Resolución de Alcaldía Nº 978-06-ALC/MDLVde fecha 26-06-06, en la que se declaro improcedente el Recurso de Apelación de la Empresa SOAL S.A.C., improcedente el Recurso de Apelación de PROALPESAS.A.C., debiendo retrotraer el proceso hasta la etapa deevaluación de propuestas; Que asimismo el Comité Especial en el informe enunciado en el acápite anterior indica que la Empresa SOAL S.A.C., interpuso Recurso de Revisión ante CONSUCODE, el mismo que fue resuelto por ResoluciónNº 635-06-TC, declarándolo fundado y por su efecto revocarla descalificación así como la Declaratoria de Desiertorespecto del Ítem II, anteriormente citado, disponiendo sureincorporación al proceso de selección de su propuesta técnica y económica; Que el Comité Especial del Proceso de Licitación Pública Nº 001-2006-CE/MDLV señala que con fecha 13 deseptiembre del 2006, se evalúa la propuesta técnica del postor Soluciones Alimenticias S.A.C. (SOAL S.A.C.),conforme a lo establecido por la Resolución Nº 635-2006-TC-SU, descalificándose la propuesta de la Empresa por incumplir las especificaciones técnicas mínimas de las bases administrativas integradas del mencionado proceso deLicitación Pública Declarando Desierto el Proceso para elÍtem II de Hojuela de Quinua Enriquecida, por lo que elComité Especial sugiere continuar con el proceso deselección de conformidad con el artículo 32º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 083-PCM Estando al mérito de las consideraciones expuestas y conforme a las atribuciones preceptuadas en los artículos6º y 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - LeyNº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR DESIERTO EL PROCESO DE SELECCIÓN, LICITACIÓN PÚBLICANº 001-2006-CE/MDLV, para la adquisición de suministros para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de La Victoria, respecto del ÍtemII – Hojuela de Quinua Enriquecida, por no cumplir conlas especificaciones técnicas mínimas estipuladas enlas Bases Administrativas integradas del acotadoproceso. Artículo Segundo.- El Comité Especial que tiene a su cargo la Conducción de la Licitación Pública Nº 001-2006-CE/MDLV, cumplirá con registrar lo dispuesto en elArtículo Primero de la presente Resolución en el SistemaElectrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Artículo Tercero.- El Comité Especial designado mediante Resolución Nº 479-ALC/MDLV de fecha 10 de marzo del 2006, deberá continuar con el proceso deselección hasta otorgar la Buena Pro de la Hojuela deQuinua Enriquecida, para el Programa del Vaso deLeche 2006 de la Municipalidad Distrital de LaVictoria. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. ALEJANDRO BAZÁN GONZÁLES Alcalde 03074-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20 /G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20 /G64/G65/G20 /G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61 /G4E/GBA/G20/G32/G37/G37/G2D/G4D/G44/G4D/G4D/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/GF3/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73 /G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20 /G64/G65/G20 /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G4F/G62/G6C/G69/G67/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2006-DA-MDMM Magdalena del Mar, 12 de octubre de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 277-MDMM publicada el 16 de septiembre del 2006 en el Diario Oficial ElPeruano, el Concejo Municipal aprobó el Régimen de Beneficios Especiales de Regularización de Obligaciones Tributarias a favor de los vecinos del distrito deMagdalena del Mar; Que, según el artículo séptimo de la referida Ordenanza la vigencia de dichos beneficios está comprendida desdeel día 18 de septiembre del 2006 hasta el día 20 de octubre del mismo año, pudiendo ser extendido dicho plazo mediante Decreto de Alcaldía; A fin de atender el pedido de los vecinos del distrito y darles mayores facilidades para el cumplimiento de susobligaciones de carácter tributario, resulta convenienteprorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 277- MDMM;