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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (26/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331526El Peruano jueves 26 de octubre de 2006 ACUERDO DE CONCEJO Nº 120-2006-MSI San Isidro 19 de ctubre de 2006EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO;Visto en Sesión Ordinaria de la fecha, los Dictámenes Nº 043-2006-CAF/MSI de la Comisión de Administración,Finanzas y Asuntos Laborales, y Nº 098-2006-CAJ/MSI dela Comisión de Asuntos Jurídicos, relacionados con elprocedimiento contencioso tributario contendido en elExpediente Nº 9827-2006 y la Resolución del Tribunal FiscalNº 5249-4-2006 que declaró fundada la queja interpuestapor el Banco dé Crédito del Perú y dispuso que estaCorporación Edil de cumplimiento al mandato contenido enla Resolución del Tribunal Fiscal Nº 0221-5-2006; y, CONSIDERANDO:Que, del análisis del procedimiento contencioso tributario contenido en el Expediente Nº 9827-2006 y del cual derivóla Resolución del Tribunal Fiscal Nº 5249-4-2006, se hapodido determinar que existen vicios de nulidad en el mismo,por lo que procede su impugnación judicial; Que, conforme al Numeral 23 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es competencia delConcejo Municipal autorizar al Procurador Público Municipalpara que impulse las acciones judiciales del caso; y, De conformidad con lo establecido en los Artículos 9º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; seadoptó por unanimidad y con dispensa del trámite deaprobación del Acta el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público Municipal a fin que inicie las acciones judiciales y cautelares para impugnarjudicialmente el procedimiento contencioso tributario contenidoen el Expediente Nº 9827-2006 y del cual derivó la Resolucióndel Tribunal Fiscal Nº 5249-4-2006. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde 03518-4 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F /G79/G20/G54/G61/G73/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G30/G31/G39/G20/G79/G30/G32/G30/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G4D/G44/G4C/G50/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G37/G2C /G72/G65/G61/G6A/G75/G73/G74/G61/G64/G61/G73/G20/G73/G65/G67/GFA/G6E/G20/G65/G6C/G20/G49/G50/G43 ORDENANZA Nº 025-2006-MDLP La Perla, 23 de octubre del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de octubre del 2006, Ordenanza Nº 019-2005-MDLP , OrdenanzaNº 020-2005-MDLP , el Acuerdo de Concejo Nº 000192 defecha 23.12.2005 emitido por la Municipalidad Provincialdel Callao, que Ratifica las Ordenanzas, publicado en elDiario Oficial El Peruano el 31.12.2005, y el Dictamen de laComisión de Administración, Economía y Presupuesto,sobre Aplicar para el ejercicio 2007, la misma OrdenanzaMarco para el Régimen Tributario de los Arbitrios de LimpiezaPública, Parques y Jardines y Serenazgo y las mismastasas aprobadas con la Ordenanza Nº 019-2005-MDLP yNº 020-2005-MDLP; y,CONSIDERANDO: Que, en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma ConstitucionalNº 28607 establece "las Municipalidades Provinciales yDistritales son órganos de Gobierno Local tienenautonomía, política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia"; Que, el Art. 55º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades establece que los bienes, rentas y derechosde cada municipalidad constituyen en su patrimonio y esadministrado por cada municipalidad en forma autónoma,con las garantías y responsabilidades de Ley; Que, la Gerencia de Administración Tributaria ha solicitado la aplicación de lo aprobado en la Ordenanza Nº 019-2005-MDLP y Ordenanza Nº 020-2005-MDLP para su aplicación enel ejercicio 2007, dado que, en general, la difícil situacióneconómica de los vecinos del distrito, ocasiona que en laOrganización de los gastos se prioricen las necesidadesbásicas, a pesar de lo cual se evidencia la voluntad de pago enlos contribuyentes de La Perla, por lo cual es oportuno ynecesario mantener las tasas de arbitrios municipales comouna forma de apoyar a los contribuyentes de la jurisdicción, yevitar que se incremente el índice de morosidad; De conformidad con el Informe Nº 152-2006-GAT/MDLP , emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, InformeNº 314-2006-GAJ/MDLP , emitido por la Gerencia deAsuntos Jurídicos e Informe Nº 0143-2006-GM/MDLP; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º yartículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica deMunicipalidades con el voto MAYORITARIO de los señores(as) regidores(as) JULIO ENRIQUE OBLITAS FERNÁNDEZ,LUIS ALBERTO SALINAS PEREZ, JUAN HAMAMOTOMIYASATO, RAQUEL ALIAGA REBATTA, MARIALARENAS DE CASTRO, con voto en contra de los señoresRegidores JULIO CESAR BARRIENTOS SANDOVAL, JUANRUIZ ARSILA, JUAN CARLOS RUEDA CUBA y señoraRegidora ANA TORRES VDA. DE MORALES, con ladispensa de lectura y aprobación del acta se aprobó: ORDENANZA Artículo Primero.- Aplicar para el ejercicio 2007, el mismo Régimen Tributario y Tasas de Arbitrios Municipalesaprobados con Ordenanza Nº 019-2005-MDLP yOrdenanza Nº 020-2005-MDLP , que deberán serreajustadas con la aplicación de la variación acumuladadel Índice de Precios al Consumidor correspondiente alejercicio Fiscal 2006. Artículo Segundo.- Aprobar el calendario de pago de los arbitrios municipales. - El último día de cada mes: 31 de enero 28 de febrero30 de marzo30 de abril31 de mayo28 de junio31 de julio31 de agosto28 de setiembre31 de octubre30 de noviembre28 de diciembre DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primero.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia deAdministración, Subgerencia de Administración Tributaria,Subgerencia de Fiscalización Tributaria, el cumplimiento dela presente Ordenanza. Segundo.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuadaaplicación y/o prórroga de la presente Ordenanza. Tercero.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General la publicación en el Diario Oficial El Peruano la presenteOrdenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 03489-1