Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2006 (26/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano jueves 26 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

331509

constituyen el fin supremo de la sociedad y del Estado, la perdida de vidas humanas y la MORDAZA inseguridad en el ambito del transporte interprovincial se produce sin una decidida reaccion del Estado y, en general, de ninguno de los actores involucrados con este servicio. Durante el ano 2005, de 1,584 vehiculos involucrados en accidentes de MORDAZA, 360 fueron omnibus, protagonistas de dramaticos escenarios que arrojaron un saldo de numerosos muertos y heridos. No obstante este grave problema, no se observa una decidida accion del Estado en la supervision del servicio de transporte interprovincial de personas de ambito nacional. El Informe Defensorial Nº 108 revela la profunda desatencion del Estado en cuanto a la seguridad, la salud y la MORDAZA de los ciudadanos que hacen uso del transporte interprovincial, asi como la debilidad institucional de la administracion estatal nacional y regional para atender una actividad de decisiva importancia para la convivencia de los ciudadanos en una sociedad. El informe recoge los resultados de una investigacion realizada sobre una muestra de 289 expedientes de procedimientos sancionadores del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y de cuatro regiones con MORDAZA fluidez de MORDAZA interprovincial, a saber, MORDAZA, La MORDAZA, Ica y Junin. Por estas razones, la Defensoria del Pueblo busca que las recomendaciones del Informe Defensorial Nº 108 contribuyan a sensibilizar a la poblacion con este problema; propiciar cambios en el Estado que nos permita contar con un servicio de transporte interprovincial mas seguro, garantizando asi los derechos de las personas; y que este tema adquiera caracter prioritario en la agenda publica. CONSIDERANDO: Articulo Primero: Competencia de la Defensoria del Pueblo. El articulo 162º de la Constitucion y el inciso 1) del articulo 9º de la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, Ley Nº 26520, disponen que corresponde a la Defensoria del Pueblo defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, asi como supervisar el cumplimiento de los deberes de la administracion estatal y la prestacion de los servicios publicos a la ciudadania. En cumplimiento de este mandato y conforme a lo senalado en el articulo 26º de su Ley Organica, el Defensor del Pueblo puede -con ocasion de sus investigacionesformular advertencias, recomendaciones y recordatorios de sus deberes legales a las autoridades, funcionarios y servidores de la administracion publica. Asimismo, puede sugerir la adopcion de nuevas medidas con relacion a los hechos que impliquen un mal funcionamiento de la administracion estatal, la inadecuada prestacion de un servicio publico y/o la vulneracion de derechos fundamentales. Por esta razon, la Defensoria del Pueblo realiza una tarea permanente de evaluacion y seguimiento de la actuacion de las diversas entidades de la administracion publica, con especial atencion en aquellas sobre las cuales ha recibido un significativo numero de quejas. El objetivo especifico de esta labor de supervision es promover en estas instituciones la adopcion de politicas y practicas de respeto, promocion y cumplimiento de los derechos fundamentales de los administrados/as, en atencion a la mision primordial de la administracion publica, consistente en realizar el bienestar general de la ciudadania. Articulo Segundo: Afectacion de los derechos a la MORDAZA, a la salud, a la integridad moral, psiquica y fisica, y al libre MORDAZA en condiciones de seguridad. El derecho a la MORDAZA se esta vulnerando de una manera dramatica en la prestacion del servicio de transporte interprovincial de pasajeros. Mas de 700 personas mueren anualmente por efecto de accidentes de MORDAZA, lo que da por resultado que numerosas familias se vean seriamente afectadas. Al respecto, la Constitucion Politica del Peru senala en su Articulo 1º que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. Asimismo, en el inciso 1) de su Articulo 2º declara que toda persona tiene derecho a la vida. El Tribunal Constitucional ha enfatizado la importancia del derecho a la MORDAZA indicando que la persona esta consagrada como un valor superior y que el Estado

esta obligado a protegerla. El derecho a la MORDAZA resulta el preeminente y se erige en el presupuesto ontologico para el goce de los demas derechos, ya que el ejercicio de cualquier derecho, prerrogativa, facultad o poder no tiene sentido o deviene inutil ante la inexistencia de MORDAZA fisica de un titular al cual puedan serle reconocidos.
Numero de muertos en accidentes de MORDAZA en la red vial nacional
ANO Nº DE ACCIDENTES EN RED VIAL NACIONAL 2,459 1834 1,198 1,145 6,636 Nº DE OMNIBUS PARTICIPANTES EN ACCIDENTES 616 455 371 360 1802 Nº DE MUERTOS EN RED VIAL NACIONAL 721 757 771 743 2,992 Nº DE MUERTOSTRANSPORTE INTERPROVINCIAL 296 252 404 369 1,321

2002 2003 2004 2005 TOTAL

Fuente: Division de Proteccion de Carreteras de la Policia Nacional del Peru.

Numero de heridos en accidentes de MORDAZA en la red vial nacional por ano
ANO Nº DE ACCIDENTES EN RED VIAL NACIONAL 2,459 1834 1,198 1,145 6,636 Nº DE OMNIBUS PARTICIPANTES EN ACCIDENTES 616 455 371 360 1,802 Nº DE HERIDOS EN RED VIAL 5,248 4,520 4,269 4,007 18,044 Nº DE HERIDOS TRANSPORTE INTERPROVINCIAL 2,463 2,014 2,396 2,059 8,932

2002 2003 2004 2005 TOTAL

Fuente: Division de Proteccion de Carreteras de la Policia Nacional del Peru.

Asimismo, los derechos a la salud y a la integridad personal se ven afectados continuamente en la prestacion del servicio de transporte interprovincial de pasajeros. En el ano 2005, los accidentes de MORDAZA generaron 2,059 heridos. En efecto, el articulo 2º inciso 1) de la Constitucion Politica del Peru consagra el derecho a la integridad moral, psiquica y fisica de las personas. El derecho a la integridad fisica de las personas es el derecho a la incolumidad corporal, esto es el derecho a la intangibilidad en la apariencia externa y la conservacion de su estructura organica. Su afectacion se produce cuando se genera un dano concreto o lesion al cuerpo de la persona o se rompe el normal estado de equilibrio de sus funciones fisiologicas. Por otro lado, el derecho humano a la salud ha sido reconocido en diversos instrumentos internacionales e incluye tanto el deber de prevencion y promocion de la salud, como los aspectos reparativos, recuperativos y rehabilitadores de la atencion de la salud, mas aun en aquellos supuestos en los que su menoscabo o afectacion pueda atentar directamente contra el derecho a la vida. En nuestro MORDAZA, el articulo 7º de la Constitucion establece que todos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad. Este derecho comprende la facultad inherente a todo ser humano de conservar un estado de normalidad organica funcional, tanto fisica como psiquica, asi como de restituirlo ante una situacion que lo perturbe. El Tribunal Constitucional ha senalado que la salud es un derecho fundamental debido a su relacion inseparable con el derecho a la MORDAZA, definiendo la vinculacion entre ambos derechos como irresoluble. En 1962, la Organizacion Mundial de la Salud (OMS) examino la naturaleza y dinamica del vinculo entre accidentes de MORDAZA y salud publica y, en 1974, la Asamblea Mundial de la Salud aprobo la Resolucion WHA27.59, declarando que los accidentes causados por el MORDAZA constituyen un problema de salud publica de suma gravedad, e hizo un llamamiento a los Estados Miembros para que lo resuelvan. Recientemente, la OMS dedico el Dia Mundial de la Salud 2004 a la Seguridad Vial. Asimismo, la ONU puso de relieve la importancia de la Seguridad Vial en el MORDAZA mediante la Resolucion 57/309, del 22 de MORDAZA del 2003. En noviembre del 2003, la ONU aprobo una MORDAZA resolucion (A/RES/58/9, del 5 de noviembre del 2003) que instaba a celebrar una sesion plenaria el 14 de MORDAZA del 2004 con el proposito de fomentar una mayor conciencia sobre la magnitud del problema de los traumatismos causados por el MORDAZA, y analizar la puesta en practica del Informe Mundial sobre prevencion de los

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