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NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 26 de octubre de 2006 331521REPUBLICADELPERU Que, mediante sesión de Directorio de fecha 28 de abril de 2005 se aprobó el “Cuarto Programa de Bonos deArrendamiento Financiero - Credileasing”, hasta por unmáximo de emisión de US$ 100 000 000,00 (cien millonesy 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), o suequivalente en Nuevos Soles, aprobándose asimismo lascaracterísticas de dicho programa y facultando a los señoresFernando Fort Marie, Reynaldo Llosa Barber, Luis EugenioNicolini Bernucci, Dionisio Romero Seminario, Juan CarlosVerne Giannoni y/o Andrés Ferrand del Busto, para quecualquiera de ellos, individualmente, determine los términosy condiciones de las emisiones a ser realizadas en el marcodel programa, así como para que suscriban todos losdocumentos, públicos y privados, que estimen necesariospara llevar a cabo la emisión; Que, mediante escritos de fecha 7 de marzo, 2 de junio, 11 de julio, 26 de septiembre y 5 de octubre de 2006,Crédito Leasing S.A. solicitó la aprobación del trámiteanticipado, la inscripción del “Cuarto Programa de Bonosde Arrendamiento Financiero - Credileasing”, el registro delprospecto marco correspondiente, así como la inscripciónde la tercera emisión correspondiente a dicho programa,requiriendo asimismo el registro del prospectocomplementario respectivo en el Registro Público delMercado de Valores; Que, de la evaluación de la documentación presentada se ha determinado que Crédito Leasing S.A. ha cumplidocon presentar la información requerida por la Ley deMercado de Valores, el Reglamento de Oferta PúblicaPrimaria y de Venta de Valores Mobiliarios, y sus normascomplementarias, habiéndose verificado asimismo que elemisor cumple con la condición de Entidad Calificada; Que, el artículo 2, numerales 2) y 3), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las ResolucionesEmitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV,establece que las resoluciones administrativas referidas ala inscripción de valores mobiliarios y/o prospectosinformativos en el Registro Público del Mercado de Valores,así como las relativas a la aprobación de tramitesanticipados, deben ser difundidas a través del Boletín deNormas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53 y siguientes de la Ley de Mercado de Valores, el Reglamento de OfertaPública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, así comoa lo establecido por el Directorio de CONASEV en su sesióndel 18 de diciembre de 2000, que faculta al Gerente deMercados y Emisores a aprobar el trámite anticipado deinscripción y/o el registro del prospecto de los valores quese emitan por oferta pública y tengan la opinión favorablede la Superintendencia de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones, asícomo disponer su inscripción en el Registro Público delMercado de Valores. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, inscribir el “Cuarto Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero- Credileasing”, hasta por un máximo de emisión deUS$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 Dólares delos Estados Unidos de América), o su equivalente enNuevos Soles y disponer el registro del prospecto marcocorrespondiente en el Registro Público del Mercado deValores. Artículo 2º.- Inscribir los valores correspondientes a la tercera emisión del “Cuarto Programa de Bonos deArrendamiento Financiero - Credileasing” hasta porUS$ 50 000 000,00 (cincuenta millones y 00/100 Dólaresde los Estados Unidos de América), y registrar el prospectocomplementario respectivo en el Registro Público delMercado de Valores. Artículo 3º.- En tanto Crédito Leasing S.A. mantenga su condición de Entidad Calificada y se trate de la emisiónde valores típicos, la inscripción de los valores y el registrode los prospectos a utilizar en el marco del programa a quese refiere el artículo 1º de la presente resolución, se podránentender realizados en la fecha de entrada en vigencia dela presente resolución. En su defecto, la inscripción de losvalores y el registro de los prospectos correspondientes sesujetarán a lo dispuesto en el artículo 14, inciso b), numeral2), del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Ventade Valores Mobiliarios. Artículo 4º.- La oferta pública de los valores a los que se refiere el artículo 2º de la presente resolución deberáefectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25 y,de ser el caso, en el artículo 29 del Reglamento de OfertaPública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONASEV ladocumentación e información a que se refieren los artículos23 y 24 del mencionado reglamento. La colocación de los valores deberá efectuarse en un plazo que no excederá de nueve (9) meses contados apartir de la fecha de su inscripción en el Registro Públicodel Mercado de Valores, siempre y cuando el plazo delprograma y del trámite anticipado no hayan culminado. Elplazo de colocación es prorrogable hasta por un períodoigual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud deprórroga en ningún caso podrá ser presentada despuésde vencido el referido plazo de colocación. Artículo 5º.- La aprobación, la inscripción y el registro al que refieren los artículos 1º y 2º de la presenteresolución no implican que CONASEV recomiende lainversión en los valores u opine favorablemente sobrelas perspectivas del negocio. Los documentos einformación para una evaluación complementaria estána disposición de los interesados en el Registro Públicodel Mercado de Valores. Artículo 6º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página de CONASEV en internet. Artículo 7º.- Transcribir la presente resolución a Crédito Leasing S.A., en su calidad de Emisor; a Scotiabank PerúS.A.A., en su calidad de Representante de losObligacionistas; al Banco de Crédito del Perú S.A.A., en sucalidad de Entidad Estructuradora; a Credibolsa S.A.B.S.A., en su calidad de Agente Colocador; a Cavali ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. HÉCTOR VALENTÍN HURTADO Gerente de Mercados y Emisores Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 03261-1 INPE /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G4E/G6F/G72/G20/G4F/G72/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G74/GED/G6E/G2C/G20/G53/G75/G72 /G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61/G20/G79/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G79/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G50/G45 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 645-2006-INPE/P Lima, 24 de octubre de 2006 Vistos, los Oficios Nºs. 167 y 168-2006-INPE/19, ambos de fechas 12 de setiembre de 2006, de la Dirección RegionalNor Oriente San Martín, Nº 2697-2006-INPE/17.09, defecha 14 de setiembre de 2006, de la Dirección RegionalSur Arequipa y Nº 237-2006-INPE/18 de fecha 26 desetiembre de 2006, de la Dirección Regional CentroHuancayo, por los que se propone la designación defuncionarios para sus respectivas jurisdicciones; CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Presidenciales números 500-2004-INPE/P y 841-2004-INPE/P de fechas 13 de julioy 28 de octubre de 2004, respectivamente; 372-2005-INPE/P y 702-2005-INPE/P de fechas 6 de julio y 30 de diciembrede 2005, respectivamente; 010-2006-INPE/P , 177-2006-INPE/P , 192-2006-INPE/P , 276-2006-INPE/P y 329-2006-INPE/P , de fechas 9 de enero, 13 y 16 de marzo, 27 deabril y 25 de mayo de 2006, respectivamente; se dispusierondiversas designaciones, encargaturas y asignaciones decargos públicos de confianza del Instituto NacionalPenitenciario; Que, se ha visto por conveniente dar por concluidas dichos cargos públicos de confianza; designando yasignando, a su vez, a los funcionarios que desempeñarándichos cargos; Contándose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y de las Oficinas Generales de Administración,Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS, y en uso de