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NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 27 de octubre de 2006 331535REPUBLICADELPERU de las diligencias realizadas, se determina que las actividades efectuadas por el Consorcio Sky-Shateriano se enmarcan dentro del POA consolidado aprobado mediante la Resolución de Intendencia Nº 185-2004- INRENA-IFFS, lo que implica que éste no se haimplementado debidamente, habiendo incurrido en la causal de caducidad establecida en el literal a) del artículo 18º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de FaunaSilvestre, concordada con el inciso b) del artículo 91º-A de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, no pudiéndose determinarfehacientemente que el Consorcio Sky-Shateria haya incurrido en las causales de caducidad previstas en los literales c) y d) del artículo 18º de la Ley Nº 27308, LeyForestal y de Fauna Silvestre, concordante con lo establecido en los literales e) y f) del artículo 91º-A de su Reglamento; Que, asimismo, considerando que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 62º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, la veracidad de loscontenidos del Plan General de Manejo Forestal, los Planes Operativos Anuales e informes de ejecución, es responsabilidad del titular del contrato conjuntamente conlos profesionales forestales que los suscriben, corresponde a la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre, evaluar la responsabilidad administrativa, y deser el caso aplicar las sanciones correspondientes contra el ingeniero Federico Ríos Torres, profesional que autorizó el POA consolidado de la segunda zafra (2004-2005) delConsorcio conformado por las empresas Sky S.R.L. y Forestal Shateria S.R.L.; Que, de otro lado, ante la existencia de indicios razonables de la comisión de delitos, en los hechos evaluados en el presente expediente, y conforme al literal b) del artículo 16º del Reglamento de Organización yFunciones del INRENA, corresponde a la Oficina de Asesoría Jurídica analizar los mismos y coordinar con la Procuraduría Pública encargada de los Asuntos delMinisterio de Agricultura el ejercicio de las acciones legales que correspondan; De conformidad con lo establecido en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley Nº 27308 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG; con la Ley del Procedimiento Administrativo General, LeyNº 27444; con el Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modificado por el Decreto SupremoNº 004-2005-AG; y con el Reglamento para la determinación de infracciones, imposición de sanciones y declaración de caducidad del derecho deaprovechamiento en los contratos de concesión forestal con fines maderables, aprobado por Resolución Jefatural Nº 147-2005-INRENA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la caducidad del derecho de concesión otorgado al Consorcio Sky-Shateria conformado por las empresas Sky S.R.L. titular delContrato de Concesión Forestal con Fines Maderables Nº 17-TAM/C-J-046-02 y Forestal Shateria S.R.L. titular del Contrato de Concesión Forestal con FinesMaderables Nº 17-TAM/C-J-047-02, al haber incurrido en la causal de caducidad contemplada en el literal a) del artículo 18º de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre,concordante con lo establecido en el literal b) del artículo 91º-A de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG y modificatorias. Artículo 2º.- Dejar sin efecto todos los Planes de Manejo Forestal, presentados y aprobados hasta la fecha por la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre, y laAdministración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Tambopata-Manu, de ser el caso, los mismos que autorizaron el aprovechamiento de los recursos forestalesmaderables ubicados dentro del área de los Contratos de Concesión Forestal con Fines Maderables Nº 17- TAM/C-J-046-02 y Nº 17-TAM/C-J-047-02. Artículo 3º.- Caducar de pleno derecho las medidas cautelares contenidas en la Resolución Gerencial Nº 003-2005-INRENA-OSINFOR, de fecha 5 de agostode 2005, ampliadas mediante la Resolución Gerencial Nº 001-2006-INRENA-OSINFOR, de fecha 23 de enero de 2006.Artículo 4º.- Cancelar de manera definitiva la utilización de las Guías de Transporte Forestal deproductos al estado natural, registradas ante el INRENA, e inhabilitar de manera definitiva el uso de Guías de Transporte Forestal de productos forestalestransformados para la movilización de los volúmenes autorizados en los Planes de Manejo Forestal aprobados hasta la fecha por la Intendencia Forestal y de FaunaSilvestre, y la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Tambopata-Manu, de ser el caso. Artículo 5º.- Notificar la presente Resolución Gerencial, al Consorcio Sky-Shateria conformado por las empresas Sky S.R.L. y Forestal Shateria S.R.L., así como a la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre,quien deberá aplicar un Plan de Cierre de la Concesión, revirtiendo el área concesionada a favor del Estado y procediendo a ejecutar las garantías entregadas por elconcesionario, de ser el caso, conforme lo establece la Resolución Jefatural Nº 147-2005-INRENA; Artículo 6º.- Notificar la presente Resolución al Centro de Información Estratégica Forestal - CIEF , para que tome conocimiento de la misma y adopte las medidas necesarias. Artículo 7º.- Remitir copia de la presente Resolución, y del Expediente Administrativo Nº 003- 2005-OSINFOR a la Oficina de Asesoría Jurídica delINRENA con la finalidad que realice las evaluaciones necesarias y de ser el caso, realice las acciones que se requieran a fin de que la Procuraduría Públicaencargada de los Asuntos del Ministerio de Agricultura, inicie las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables de la posible comisión deconductas que puedan configurar ilícitos penales, de acuerdo a los recaudos que obran en el expediente administrativo. Artículo 8º.- Asimismo, remitir copia del Expediente Administrativo Nº 003-2005-OSINFOR a la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre con lafinalidad de que evalúe y determine la responsabilidad del ingeniero Federico Ríos Torres, profesional que autorizó el Plan Operativo Anual consolidado de la segunda zafra (2004-2005) del Consorcio conformado por las empresas Sky S.R.L. y Forestal Shateria S.R.L., aprobado mediante Resolución deIntendencia Nº 185-2004-INRENA-IFFS, de fecha 16 de julio de 2004. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMILIO LUCAS ÁLVAREZ ROMERO Gerente (e) de la Oficina de Supervisión de las Concesiones Forestales Maderables 03496-1 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G76/G69/G61/G6A/G65/G20 /G64/G65/G20 /G63/G6F/G6D/G69/G74/G69/G76/G61/G20 /G71/G75/G65 /G61/G63/G6F/G6D/G70/G61/GF1/G61/G72/GE1/G20/G61/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G65/G6E/G73/G75/G20/G56/G69/G73/G69/G74/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G61/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 468-2006-DE/SG Lima, 26 de octubre de 2006 CONSIDERANDO:Que, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa realizará una visita oficial al Ministro de Defensade la República Federativa del Brasil, del 30 de octubre al 1 de noviembre de 2006; Que, es necesario autorizar el viaje de la Comitiva que acompañará al señor Ministro de Defensa a la mencionada visita; De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley delPresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio