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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331798El Peruano domingo 29 de octubre de 2006 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZÁNGARO Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios de consultoría para la ejecución de obras de electrificaciónrural ACUERDO DE CONCEJO N° 043-06/CM-MPA/P EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZÁNGARO - DEPARTAMENTODE PUNO VISTOS: El Informe Nº 053-2006-UABST/MPA, de la Unidad de Abastecimientos y Control Patrimonial; La Opinión Técnico Legal Nº 003 emitido por la Oficina de Asesoría Legal y la Subgerencia de Obras y Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 053-2006-UABST/MPA, el Jefe de la Unidad de Abastecimientos y ControlPatrimonial comunica que mediante Cartas Nº 002-06- AEZC/SGODU/MPA el Ing. Residente de la Obras de Electrificación ha solicitado la contratación de serviciosde consultoría para la Elaboración del Expediente Técnico de Electrificaciones de las Comunidades de la Microcuenca Surupana y con Carta Nº 093-06-SGODU/MPA se solicita la actualización de los Expedientes Técnicos de lo que será la Electrificación del Distrito de Azángaro V Etapa; recomendando la necesidad decontratar dichos servicios mediante la exoneración del proceso por la causal de servicios especialísimos; Que, la exoneración del proceso de selección para la contratación de servicios de consultoría de obra, por la modalidad de servicios personalísimos se encuentra regulado por el artículo 145º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM,que textualmente expresa “Cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artísticos, científicos o tecnológicos; procede la exoneraciónpor servicios personalísimos para contratar con personas naturales o jurídicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/oconocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuación para satisfacer la complejidad delobjeto contractual y haga inviable la comparación con otros potenciales proveedores. /…/.” y, del informe de la Unidad de Abastecimientos y el Informe Técnico Nº 003-2006-MPA/OAL-SGODU se demuestra claramente que el Ing. Raúl Huarecallo Ramos cuenta con experiencia particular superior a cualquier otro profesional de su rama en el caso específicode pretender actualizar y elaborar Expedientes Técnicos deElectrificación de las comunidades de la jurisdicción de Azángaro, siendo objetivamente más económico en tiempoy dinero para la Municipalidad la contratación con el indicado profesional y por disposición del Concejo Municipal, la exoneración deberá tener un valor referencial reservadopor cuanto será necesario negociar el mismo, debiendo ser el monto a contratar significativamente inferior a lo ofrecido por terceros en la indagación realizada; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, todas las exoneraciones, salvola prevista en el literal b) del Artículo 19, se aprobarán mediante Acuerdo de Concejo Municipal por tratarse de un gobierno local siendo la facultad de aprobarexoneraciones indelegable; Que, el Concejo Municipal ha determinado de prioritario interés la ejecución de las obras deelectrificación rural del ámbito de la jurisdicción de la provincia de Azángaro, por ser un servicio básico que redundará en dar mejores condiciones de vida a lospobladores de las Comunidades Campesinas que se verán beneficias con las obras a ejecutar; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y en el D.S. Nº 083-2004-PCM y D.S. Nº 084-2004-PCM, con el voto mayoritario del pleno del concejo en Sesión Ordinaria Nº 18-06, con dispensa de lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo 1º.- Declarar en Urgencia la ejecución de las obras de electrificación rural en el ámbito de la provincia de Azángaro. Artículo 2º.- Exonerar a la Municipalidad Provincial de Azángaro del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva por causal de Servicios Personalísimos, para contratar los servicios de consultoría de obra delIng. Mecánico Electricista Raúl Huarecallo Ramos, por un valor referencial reservado, afectándose la fuente de financiamiento de FONCOMUN según el presupuestoinstitucional aprobado para el presente año presupuestal. Artículo 3º.- La contratación que se efectúe en virtud del presente Acuerdo, se realizará a través de la Unidad deAbastecimientos y Control Patrimonial de la Municipalidad, y de conformidad con las normas del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo 4º.- Copia del presente Acuerdo y sus antecedentes serán remitidos a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad delTitular del Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición. Artículo 5º.- El presente Acuerdo debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano y a través del SEACE dentro los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición. Dado en la casa de Gobierno Local, a los veintinueve días del mes de setiembre del dos mil seis. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PERCY CHOQUE RAMOS Alcalde 03659-1II.3. SERENAZGO Tasas del servicio de Serenazgo - 2007 (En Nuevos Soles anuales, por predio) Areas de riesgo Variación Areas de riesgo Uso Muy bajo Bajo Medio Alto Acumulada Muy bajo Bajo Medio Alto 2006 2006 2006 2006 IPC-2006 2007 2007 2007 2007 (a1) (a2) (a3) (a4) (b) (c1)=(a1)*(b) (c2)=(a2)*(b) (c3)=(a3)*(b) (c4)=(a4)*(b) Casa Habitación, Predios en Construcción y TSC 60,51 66,56 72,61 84,72 IPC-2006 60,51*IPC-2006 66,56*IPC-2006 72,61*IPC-2006 84,72*IPC-2006 Puestos en Mercado, otros 121,03 133,13 145,24 169,45 IPC-2006 121,03*IPC-2006 133,13*IPC-2006 145,24*IPC-2006 169,45*IPC-2006 Entidad Púb., Educac, Fundac, Asociac, Convento 181,54 199,70 217,85 254,16 IPC-2006 181,54*IPC-2006 199,7*IPC-2006 217,85*IPC-2006 254,16*IPC-2006 Industria 242,06 266,27 290,48 338,88 IPC-2006 242,06*IPC-2006 266,27*IPC-2006 290,48*IPC-2006 338,88*IPC-2006 Comercio y Servicio en general, Hospedajes 302,57 332,83 363,09 423,60 IPC-2006 302,57*IPC-2006 332,83*IPC-2006 363,09*IPC-2006 423,6*IPC-2006 Nota: IPC-2006, equivale a variación acumulada del IPC a noviembre de 2006. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 03673-1