Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2006 (29/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA 29 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

331795

Aprueban prioridad de la MORDAZA de vacunacion contra la Rubeola en toda la jurisdiccion
ORDENANZA Nº 308-2006-MDEA El MORDAZA, 20 de octubre de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de El MORDAZA, en Sesion de fecha 19 de octubre de 2006, visto el Informe Nº 3012006-OS-UPVECII-GEMU-MDEA, de la Unidad de Participacion Vecinal e Imagen Institucional, donde informa aprobar la prioridad de la MORDAZA de vacunacion contra la rubeola en toda la jurisdiccion; CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, define a la Municipalidad como organo de gobierno de personeria juridica de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que de conformidad a lo previsto en el articulo 80º de la Ley Nº 27972, las municipalidades distritales, en materia de saneamiento, salubridad y salud, tienen la funcion de realizar campanas locales de medicina preventiva, primeros auxilios, educacion sanitaria y profilaxis local; Que de conformidad con lo previsto en el D.S. Nº 019-2006-SA donde se declara el 29 de octubre de 2006 como Dia de Vacunacion para la eliminacion de la Rubeola y Sindrome de Rubeola Congenita - SRC, a nivel nacional y se convoca a toda la poblacion a permanecer en sus domicilios durante ese dia; Que, de conformidad con la Resolucion Ministerial Nº 691-2006-/MINSA; mediante el cual oficializa y declara de prioridad nacional la ejecucion de la MORDAZA nacional de Vacunacion contra el Sarampion y Rubeola (SR) en el ambito nacional, bajo el nombre de "Campana de Vacunacion para la eliminacion de la Rubeola y el Sindrome de Rubeola congenita - SRC" a efectuarse del 1 de octubre al 5 de noviembre del 2006, donde todos los servicios de salud vacunaran a la poblacion entre los 2 y 39 anos de edad en forma obligatoria cumpliendo con la estrategia de vacunacion institucional, ademas en esta MORDAZA de vacunacion programada, las brigadas de vacunadores visitaran a todos los distritos del MORDAZA, las instituciones que concentran poblaciones, empresas privadas, instituciones publicas, Colegios, mercados, hogares y otros, que siendo una MORDAZA que tiene la finalidad de erradicar la enfermedad de la rubeola, en tal sentido, es preciso brindar todas las facilidades a las instituciones encargadas a ejecutar esta MORDAZA, labor que beneficiara a la poblacion en su conjunto. Que, la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Metropolitana, a traves de la Unidad de Gestion Pedagogica, ha emitido la Resolucion Directoral Regional Nº 4561-2006-DRELM, donde se aprueba la directiva Nº 038-2006-DRELM-UGP que MORDAZA la MORDAZA de vacunacion contra la Rubeola y el Sindrome de Rubeola Congenita; Por tanto, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º y articulo 40º de que le confiere la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por unanimidad se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA PRIORIDAD DE LA MORDAZA DE VACUNACION CONTRA LA RUBEOLA EN TODA LA JURISDICCION Articulo 1º.- Aprobar la prioridad de la MORDAZA de Vacunacion contra la Rubeola en toda la jurisdiccion, a realizarse del 1 de octubre al 5 de noviembre de 2006,

siendo de caracter obligatorio vacunar a todas las personas de 2 a 39 anos de edad. Articulo 2º.- Promover en nuestro medio, instituciones publicas y privadas la realizacion de la MORDAZA de vacunacion agresiva en nuestra jurisdiccion. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza y a las oficinas de Secretaria General e Imagen Institucional su correspondiente difusion. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03676-2

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Aprueban Estatuto del Hospital Municipal Los MORDAZA
ORDENANZA Nº 249-CDLO Los MORDAZA, 20 de octubre de 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTOS: El Dictamen Nº 20-2006-CDLO/CAL de la Comision Permanente de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Nº 171-CDLO se modifico la Ordenanza Nº 139-CDLO y su modificatoria con Ordenanza Nº 147-CDLO en las que se aprobo la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones (R.O.F.) de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA incorporando al Hospital Municipal Los MORDAZA como Organo Desconcentrado de la misma, adecuandolo a su funcionalidad durante el periodo transitorio de un ano, en cuyo tiempo se deberian efectuar las gestiones administrativas tendientes al funcionamiento como Organismo Publico Descentralizado; Que, la citada Ordenanza resolvio, entre otros, la operatividad del Hospital Municipal Los MORDAZA iniciando sus actividades por administracion directa, adecuandose el Cuadro de Asignacion de Personal C.A.P. de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA, el regimen laboral aplicable y encargandose al MORDAZA y al Gerente Municipal implementar todas las acciones de su competencia y atribuciones, que promuevan los mecanismos y acciones de costo-operatividad a fin de garantizar su autosostenibilidad y facilitar que los servicios a prestarse por el Hospital Municipal Los MORDAZA MORDAZA eficientes y de calidad, asi como con calidez y tarifas accesibles a la mayoria de nuestra poblacion; Que, con Decreto de Alcaldia Nº 007-2004-MDLO/ ALC, de fecha 12 de octubre de 2004, se aprobo, entre otros, el Cuadro de Tarifas de Servicios de Salud No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA que establece los rangos de tarifas para el Hospital Municipal Los Olivos; Que, mediante Ordenanza Nº 218-CDLO, de fecha 4 de octubre de 2005, se resolvio ampliar a un ano el plazo conferido en el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 171-CDLO para que se concluyan las gestiones administrativas tendientes al funcionamiento del Hospital Municipal Los MORDAZA como Organismo Publico Descentralizado, encargandose a la Gerencia Municipal y al Director del Hospital Municipal Los MORDAZA efectuar las acciones administrativas de su competencia para la implementacion del citado dispositivo municipal; Que, el parrafo MORDAZA de la parte considerativa de la citada Ordenanza establece: "Que, la Gerencia

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