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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331790El Peruano domingo 29 de octubre de 2006 señalándose el monto referencial, cadena presupuestaria y la Fuente de Financiamiento; Estando conforme a las atribuciones del señor Rector que le confiere la Resolución Nº 009-2003-CET-UNU, de fecha 25 de abril del 2003, la Resolución Nº 002/03-AU-UNUdel 28 de abril del 2003, el Art. 33º Inc. b) de la Ley Universitaria Nº23733, el Art. 118º Inc.b) del Estatuto de la Universidad; interviniendo el Vicerrector Académico por ausencia del titular,de conformidad al Art. 124º inc. b); SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR en situación de desabastecimiento inminente el Servicio de Vigilancia ySeguridad en la Universidad Nacional de Ucayali, por el período de 90 días, por las consideraciones expuestas en la presente resolución. Artículo 2º.- DISPONER que se exonere a la Universidad Nacional de Ucayali, del proceso de selección para la contratación del Servicio de Vigilancia y Seguridad, por el plazode tres (03) meses, procediéndose a la inmediata adquisición del servicio mediante contrato en forma directa a través de la Oficina Ejecutiva de Abastecimiento. Artículo 3º.- APROBAR el monto referencial de la adquisición del Servicio de Vigilancia y Seguridad de la Universidad Nacional de Ucayali, siendo la sumaprogramada de S/. 238,200.00 Nuevos Soles mensual. Artículo 4º.- ESTABLECER que el monto referencial aprobado en el artículo tercero de la presente resolución,deberá ser afectado a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Artículo 5º.- DISPONER que se ponga en conocimiento de la Oficina de Control Interno para que inicie las acciones que corresponda para determinar, si fuese el caso, la existencia de responsabilidades de losfuncionarios, cuya conducta hubiese originado el desabastecimiento inminente, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 21º de la Ley. Artículo 6º.- DISPONER que se remita copia de la resolución que declara en situación de desabastecimiento y el informe técnico-legal a la Contraloría General de laRepública y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, CONSUCODE, bajo responsabilidad, dentro de los diez (10) días de emitida laresolución. Artículo 7º.- DISPONER que conforme al artículo 147º del D. S. Nº 084-2004-PCM Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, adicionalmente a lo señalado en el punto precedente, debe publicarse la resolución a través del SEACE dentro del mismo plazoseñalado. Artículo 8º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro del términode diez (10) días hábiles a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID G.LLUNCOR MENDOZA Rector 03670-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV Otorgan autorización de organización de Enfoca Sociedad Administradora deFondos de Inversión RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 019-2006-EF/94.55 Lima, 18 de octubre del 2006 VISTOS: El Expediente Nº 2006015602 iniciado por Enfoca Investment Limited y el señor Jesús Antonio Zamora León, así como el Informe Nº 439 -2006-EF/94.55.2 de fecha 17 de octubre de 2006, con la opinión favorable dela Responsable Legal;CONSIDERANDO: Que, mediante escrito de fecha 2 de junio de 2006, Enfoca Investment Limited y el señor Jesús Antonio Zamora León solicitan la autorización de organizaciónde una Sociedad Administradora de Fondos de Inversión denominada Enfoca Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. o suabreviatura Enfoca S.A.F.I. S.A.; Que, mediante escritos de fechas 19 de junio y 27 de junio de 2006, el representante de losorganizadores presentó a CONASEV los avisos publicados en el diario oficial El Peruano de fecha 11 de junio de 2006 y en el diario La República con fecha23 de junio de 2006; Que, con fechas 27 de junio, 24 de julio, 9 de agosto, 13 de septiembre y 5 de octubre de 2006, elrepresentante de los organizadores cumple con regularizar las observaciones realizadas por esta Comisión Nacional a su solicitud de autorización deorganización de una Sociedad Administradora de Fondos de Inversión; Que, de la evaluación a la documentación presentada se ha determinado que los organizadores de la sociedad administradora de fondos de inversión a ser denominada Enfoca Sociedad Administradora de Fondos de InversiónS.A. han satisfecho los requisitos para la obtención de la autorización de organización, previstos en los artículos 17 y 18 del Reglamento de Fondos de Inversión y susSociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV Nº 042-2003-EF/94.10 y sus modificatorias, así como en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 056-2002-EF; Que, el capital social de Enfoca Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. ascendería a S/.1 114 902,00, representado por 1 114 902 acciones comunes de un valor nominal de S/. 1,00 cada una; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 18 del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, al no haberse formulado objeciones ala formación de la sociedad administradora o a las personas que la organizan, corresponde se otorgue la autorización que ha sido solicitada; y, Estando a lo dispuesto por el inciso a) del artículo 2 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV aprobado por Decreto Ley Nº 26126, asícomo los artículos 17 al 19 del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras; y en aplicación de las facultades delegadas al Gerente deIntermediarios y Fondos mediante acuerdo Nº 118-99 del Directorio de esta Institución reunido en sesión de fecha 6 de abril de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a Enfoca Investment Limited y al señor Jesús Antonio Zamora León, la autorización de organización de Enfoca Sociedad Administradora deFondos de Inversión o su abreviatura Enfoca S.A.F.I. S.A. Artículo 2º.- La presente resolución no autoriza el inicio de actividades de administración de fondos de inversión hasta que CONASEV expida la autorización de funcionamiento respectiva. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”. Artículo 4º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el Portal de CONASEV. Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a Enfoca Investment Limited y al señor Jesús Antonio Zamora León. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS RIVERO ZEVALLOS Gerente de Intermediarios y Fondos Comisión Nacional Supervisora de Empresas yValores 03310-1