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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (29/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 70

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331796El Peruano domingo 29 de octubre de 2006 Municipal señala que para las acciones a ejecutar ante el Ministerio de Economía y Finanzas tendientes alfuncionamiento como Organismo Público Descentralizado del Hospital Municipal Los Olivos debe existir el correspondiente Estatuto, entre otrasexigencias”; Que, con Oficio Nº 171-2006-MDLO/GM, de fecha 27 de septiembre de 2006, antes del cumplimiento del plazo a que hace referencia la Ordenanza Nº 218-CDLO,solicita a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas la inscripción del Hospital Municipal Los Olivos como Organismo PúblicoDescentralizado, acorde con los fundamentos que expone; Que, en atención a lo solicitado la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio deEconomía y Finanzas con Oficio Nº 511-2006-EF/ 76.16 señala que los Organismos Públicos Descen- tralizados se rigen para efectos presupuestarios porla normatividad de las Entidades de Tratamiento Empresarial contenido en la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de PresupuestoCapítulo VI - Título II; Que, acorde con lo precitado y siendo que a la fecha ha concluido el plazo establecido en la Ordenanza Nº 218-CDLO se hace necesario laaprobación del Estatuto del Hospital Municipal Los Olivos, acción mediata que conllevará al cumplimiento de lo peticionado por la Dirección Nacional dePresupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas formulando el Presupuesto en base a la Directiva de Programación Presupuestal para lasEntidades de Tratamiento Empresarial; Estando a lo dictaminado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 9º y Art. 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, condispensa del trámite de Aprobación del Acta y por mayoría el Concejo Distrital de Los Olivos aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 249-CDLO QUE APRUEBA EL ESTATUTO DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS DENOMINADO HOSPITAL MUNICIPAL LOS OLIVOS Artículo Primero.- APROBAR el ESTATUTO DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS denominado HOSPITAL MUNICIPAL LOS OLIVOS,sujeto a las normas de las Entidades de Tratamiento Empresarial; cuyo texto forma parte integrante de la presente. Artículo Segundo.- FACULTAR al Sr. ALCALDE y al DIRECTOR DEL HOSPITAL MUNICIPAL LOS OLIVOS, ejecutar las acciones administrativas ante las diversasentidades públicas y privadas para el inicio de sus actividades como ORGANISMO PÚBLICO DESCEN- TRALIZADO a partir del 1ro. de enero de 2007. Artículo Tercero.- ENCARGAR al GERENTE MUNICIPAL se sirva disponer a la SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS realizar el corteadministrativo de las diferentes acciones y actividades de las unidades estructuradas del Hospital al 31 de diciembre del año en curso y hacer de conocimiento dela OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO para las acciones de su competencia funcional, y a SECRETARÍA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONALpara su difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JOSÉ OLIVA GUEVARA Alcalde (e) 03671-1MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Ordenanza que establece el monto de los Arbitrios de Limpieza Pública, Par-ques y Jardines y Serenazgo para elEjercicio 2007 ORDENANZA Nº 281-MDMM Magdalena del Mar, 11 de octubre de 2006 EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de ReformaConstitucional Nº 27680, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, que gozan de autonomía política,económica y administrativa en asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienenrango de Ley, conforme al numeral 4) del Artículo 200º de nuestra Carta Magna; Que, el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99/EF, otorga a losgobiernos locales potestad tributaria, para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, y exonerar de ellos, dentro de sujurisdicción y con los limites que señala la Ley; Que, conforme el Artículo 69-Bº del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, las Municipalidades podrán determinar el importe de las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando como base elmonto de las tasas cobradas por servicios públicos al 1 de enero del año fiscal anterior reajustado con la aplicación de la variación acumulada del Índice de Preciosal Consumidor en la capital del departamento; Que, durante el Ejercicio 2006, a efectos de regular los Arbitrios Municipales de la jurisdicción de Magdalenadel Mar, se encontraban vigentes, la Ordenanza Nº 231- MDMM, Marco Legal de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo en el distrito, y laOrdenanza Nº 232-MDMM, modificada por la Ordenanza Nº 242-MDMM, que establecía el Monto de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo,todas ratificadas por la Municipalidad de Lima según Acuerdo de Concejo Nº 428, publicadas en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 31 de diciembre de 2005; Que, a efectos de seguir brindando los servicios públicos de Limpieza Pública (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), Parques y Jardines ySerenazgo de forma eficiente, tal como se ha venido efectuando durante el transcurso del presente Ejercicio 2006, y a fin de evitar un incremento en el monto de losArbitrios Municipales, propiciando de esa forma un clima de estabilidad tributaria entre los vecinos de la jurisdicción de Magdalena del Mar, es conveniente aplicar para elEjercicio 2007, lo dispuesto por el Artículo 69-Bº del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, es decir, determinar el monto de los Arbitrios Municipalesconsiderando el monto del Ejercicio 2006 incrementado con la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor a noviembre del referido año; De conformidad con lo dispuesto a las facultades establecidas en el Artículo 109º de la Constitución Política del Perú, el numeral 8 del artículo 9º, 39º y 40º de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: