Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2006 (29/10/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 70

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

331796

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 29 de octubre de 2006

Municipal senala que para las acciones a ejecutar ante el Ministerio de Economia y Finanzas tendientes al funcionamiento como Organismo Publico Descentralizado del Hospital Municipal Los MORDAZA debe existir el correspondiente Estatuto, entre otras exigencias"; Que, con Oficio Nº 171-2006-MDLO/GM, de fecha 27 de septiembre de 2006, MORDAZA del cumplimiento del plazo a que hace referencia la Ordenanza Nº 218-CDLO, solicita a la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas la inscripcion del Hospital Municipal Los MORDAZA como Organismo Publico Descentralizado, acorde con los fundamentos que expone; Que, en atencion a lo solicitado la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas con Oficio Nº 511-2006-EF/ 76.16 senala que los Organismos Publicos Descentralizados se rigen para efectos presupuestarios por la nor matividad de las Entidades de Tratamiento Empresarial contenido en la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Capitulo VI - Titulo II; Que, acorde con lo precitado y siendo que a la fecha ha concluido el plazo establecido en la Ordenanza Nº 218-CDLO se hace necesario la aprobacion del Estatuto del Hospital Municipal Los MORDAZA, accion mediata que conllevara al cumplimiento de lo peticionado por la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas formulando el Presupuesto en base a la Directiva de Programacion Presupuestal para las Entidades de Tratamiento Empresarial; Estando a lo dictaminado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 9º y Art. 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta y por mayoria el Concejo Distrital de Los MORDAZA aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 249-CDLO QUE APRUEBA EL ESTATUTO DEL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA DENOMINADO HOSPITAL MUNICIPAL LOS MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR el ESTATUTO DEL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA denominado HOSPITAL MUNICIPAL LOS MORDAZA, sujeto a las normas de las Entidades de Tratamiento Empresarial; cuyo texto forma parte integrante de la presente. Articulo Segundo.- FACULTAR al Sr. MORDAZA y al DIRECTOR DEL HOSPITAL MUNICIPAL LOS MORDAZA, ejecutar las acciones administrativas ante las diversas entidades publicas y privadas para el inicio de sus actividades como ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO a partir del 1ro. de enero de 2007. Articulo Tercero.- ENCARGAR al GERENTE MUNICIPAL se sirva disponer a la SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS realizar el cor te administrativo de las diferentes acciones y actividades de las unidades estructuradas del Hospital al 31 de diciembre del ano en curso y hacer de conocimiento de la OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO para las acciones de su competencia funcional, y a SECRETARIA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL para su difusion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (e) 03671-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Ordenanza que establece el monto de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2007
ORDENANZA Nº 281-MDMM MORDAZA MORDAZA, 11 de octubre de 2006 EL MORDAZA DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Articulo 200º de nuestra Carta Magna; Que, el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99/EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria, para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, y exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, conforme el Articulo 69-Bº del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, las Municipalidades podran determinar el importe de las tasas por servicios publicos o arbitrios, tomando como base el monto de las tasas cobradas por servicios publicos al 1 de enero del ano fiscal anterior reajustado con la aplicacion de la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor en la capital del departamento; Que, durante el Ejercicio 2006, a efectos de regular los Arbitrios Municipales de la jurisdiccion de MORDAZA MORDAZA, se encontraban vigentes, la Ordenanza Nº 231MDMM, MORDAZA Legal de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo en el distrito, y la Ordenanza Nº 232-MDMM, modificada por la Ordenanza Nº 242-MDMM, que establecia el Monto de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, todas ratificadas por la Municipalidad de MORDAZA segun Acuerdo de Concejo Nº 428, publicadas en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 31 de diciembre de 2005; Que, a efectos de seguir brindando los servicios publicos de Limpieza Publica (barrido de calles y recoleccion de residuos solidos), Parques y Jardines y Serenazgo de forma eficiente, tal como se ha venido efectuando durante el transcurso del presente Ejercicio 2006, y a fin de evitar un incremento en el monto de los Arbitrios Municipales, propiciando de esa forma un clima de estabilidad tributaria entre los vecinos de la jurisdiccion de MORDAZA MORDAZA, es conveniente aplicar para el Ejercicio 2007, lo dispuesto por el Articulo 69-Bº del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, es decir, determinar el monto de los Arbitrios Municipales considerando el monto del Ejercicio 2006 incrementado con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor a noviembre del referido ano; De conformidad con lo dispuesto a las facultades establecidas en el Articulo 109º de la Constitucion Politica del Peru, el numeral 8 del articulo 9º, 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.