NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (01/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 13
NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 1 de setiembre de 2006 327179REPUBLICADELPERU Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de agosto de 2006. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 01670-3 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G6C/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G64/G65 /G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G79/G20/G56/G65/G6E/G65/G7A/G75/G65/G6C/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 363-2006-DE/SG Lima, 31 de agosto de 2006 CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 777, de fecha 8 de agosto de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad yDefensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicitase expida la autorización para el ingreso de personal militarde los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, el Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos deAmérica, en el marco del Convenio firmado en 1984,entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministeriode Marina de entonces y la Marina de los EstadosUnidos, construyó dos sedes en el Perú; en las cuales labora personal militar americano; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de TropasExtranjeras en el Territorio de la República, establece que laautorización de ingreso al territorio peruano del personal militarextranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema,en la que se debe especificar los motivos, la identificación delpersonal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempode permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyosnombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 27 de agosto al 2 de setiembre de 2006, con el fin de realizar una inspectoría al Centro de Investigaciónde Enfermedades Tropicales de la Marina de los EstadosUnidos en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de laRepública, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a laque se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, elMinistro de Defensa y el Ministro de RelacionesExteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 01670-5RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 364-2006-DE/SG Lima, 31 de agosto de 2006 CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 238, de fecha 14 de marzo de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para elingreso de personal militar de la República Bolivarianade Venezuela, sin armas de guerra; Que, en el marco de las medidas de reciprocidad y confianza establecidas en la IV Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de Perú y Venezuela, se ha acordado larealización de un intercambio operacional de pilotos ymecánicos de aviones; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, establece que la autorización de ingreso alterritorio peruano del personal militar extranjero sinarmas de guerra por razones protocolares, deasistencia cívica, actividades académicas, deentrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, larelación de equipos transeúntes y el tiempo depermanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar venezolano, cuyosnombres se indican en el anexo que forma parte de lapresente Resolución, del 1 de setiembre de 2006 al 1 de julio de 2007, para participar en el intercambio operacional de pilotos y mecánicos de aviones. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a laComisión de Defensa Nacional, Orden Interno,Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorizacióna la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total dedías autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, elMinistro de Defensa y el Ministro de RelacionesExteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 01670-6 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 852-2006-DE/SG Mediante Oficio Nº 646-2006-SGMD-DDLL, el Ministerio de Defensa solicita se publique Fe de