Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2006 (06/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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UB

LICA DEL P E

RU

327462

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 6 de setiembre de 2006

competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normas tecnicas vigentes y poder mantener la calificacion otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe efectuar la atencion de las solicitudes de ser vicios descritas en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervision e inspeccion de todas las actividades aeronauticas civiles; Que, segun Informe Nº 0523-2006-MTC/12, de fecha 17 de agosto de 2006, de la Direccion General de Aeronautica Civil, se senala que la empresa Lan Peru S.A., con Carta GOP/INST/811/08/06, presentada el 15 de agosto de 2006, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Minister io de Transpor tes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar el chequeo tecnico en simulador de vuelo del equipo Boeing 767, en el Centro de Entrenamiento CAE de la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, a su personal aeronautico propuesto, durante el dia 8 de setiembre de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 22974, 22975, 22976 y 22977, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 1566-2006-MTC/12.04-SDO designando al Inspector MORDAZA R MORDAZA Lasheras, para realizar el chequeo tecnico en simulador de vuelo del equipo Boeing 767, en el Centro de Entrenamiento CAE, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, al personal aeronautico propuesto por la empresa Lan Peru S.A., durante los dias 7 al 9 de setiembre de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar el chequeo tecnico a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 1566-2006-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 006-2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA R MORDAZA Lasheras, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, durante los dias 7 al 9 de setiembre de 2006, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Lan Peru S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 22974, 22975, 22976 y 22977, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 600.00 US$ 30.25

presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, descr ibiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 01734-1

Aceptan renuncia de Director General de la Direccion General de Transporte Acuatico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 693-2006-MTC/01 MORDAZA, 5 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 691-2003MTC/01, de fecha 28 de agosto de 2003, se designo al doctor MORDAZA Aramburu Gardener en el cargo de Director General de la Direccion General de Transporte Acuatico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, las Leyes Nºs. 27594 y 27791 y el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor MORDAZA Aramburu Gardener al cargo de Director General de la Direccion General de Transporte Acuatico del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 01824-1

Dan por concluida encargatura de funciones de Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 694-2006-MTC/01 MORDAZA, 5 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 630-2006MTC/01, de fecha 3 de agosto de 2006, se encargo al doctor MORDAZA Aramburu Gardener el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en tanto se designe a su Titular; Que, resulta necesario dar por concluida dicha encargatura; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560; las Leyes Nºs. 27594 y 27791 y el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC;

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera

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