Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2006 (08/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 125

El Peruano viernes 8 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

327715

ordenanza presentado, ha tomado en cuenta el rol que la constitucion politica, la Ley Organica de Municipalidades y demas normas concordantes le conceden para garantizar la sanidad psicologica, en especial de los ninos y ninas que forman parte de esta comunidad, a traves del presente dispositivo, en plena observancia de la Ley Nº 28119, por unanimidad aprobo la MORDAZA siguiente: ORDENANZA QUE PROHIBE Y SANCIONA A LOS ESTABLECIMIENTOS DE CABINAS DE INTERNET QUE PERMITAN EL ACCESO A PAGINAS WEB DE CONTENIDO PORNOGRAFICO Primero.- El objetivo de la presente es cuidar la salud mental de los ninos, jovenes y adultos que viven e esta comunidad distrital, para lo cual expresamente se prohibe a los establecimientos dedicados al giro de alquiler de cabinas de internet permitir a sus clientes usuarios el acceso a paginas web de contenido pornografico de todo tipo. Segundo.- Para el cumplimiento del objetivo trazado por la presente los indicados establecimientos comerciales quedan obligados a colocar en un lugar visible a la cabina a utilizar y al ingreso y/o salida del local un cartel que indique expresamente la prohibicion dictada por este concejo; de igual forma, quedan obligados a instalar el dispositivo correspondiente que bloque el acceso de los usuarios a las paginas prohibidas mencionadas en la presente. Tercero.- La Administracion Municipal, a traves de las areas competentes y de manera permanente debera efectuar las inspecciones necesarias para que lo dispuesto en la presente sea cumplido, pudiendo sancionar a los infractores en el acto; ello, en caso el establecimiento infrinja este dispositivo. Cuarto.- Dada la existencia de un regimen de sanciones para este caso que esta considerada en la Ordenanza Nº 057-CDLCH, dispongase la clausura definitiva de los establecimientos que infrinjan la prohibicion dictada por la presente, sin perjuicio de proceder a solicitar la intervencion de la Policia Nacional y el Ministerio Publico para promover la denuncia respectiva contra los titulares o los responsables del establecimiento infractor. DISPOSICION FINAL UNICA.- Autoricese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, de ser necesario, expida el Reglamento de la presente Ordenanza. POR TANTO: En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades promulgo la presente Ordenanza a los veintiun dias del mes de MORDAZA del dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01885-1

UIT el monto correspondiente a la remuneracion mensual del senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica, a partir del 1 de MORDAZA del 2003. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 021-04/ CDLCH, de fecha 4 de marzo del 2004, se ratifico en 0.74 UIT el monto de la dieta por asistencia efectiva a cada Sesion Ordinaria de Concejo de los senores Regidores de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica, a regir para el periodo 2004 - 2006. Que, mediante Decreto Urgencia Nº 019-2006, de fecha 1 de agosto del 2006, se establecio la compensacion mensual por el ejercicio de funciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado elegidos por votacion popular y de los Ministros de Estado y Autoridades con el rango de Ministros de Estado, correspondientes a los meses de agosto a diciembre del 2006. Que, dentro del indicado Decreto de Urgencia se fija la compensacion mensual para los Alcaldes Provinciales y Distritales, quienes por todo concepto percibiran una suma que no excedera de S/. 11,050.00, mientras que sus regidores en ningun caso podran percibir por dietas una sumatoria mayor al 30% de la compensacion mensual del Alcalde. Que, concordante con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 019-2006, se presento ante el Concejo una mocion de orden del dia por la que se propone fijar el monto total de dietas de los senores Regidores en una suma no mayor al 25% de la compensacion mensual que percibe el senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica, la misma que asciende a una suma muy por debajo del tope establecido por el indicado Decreto de Urgencia. Que, tras el debate correspondiente conforme obra en actas y luego de sometido a votacion, de forma reglamentaria, por unanimidad y tras la aprobacion de la dispensa del tramite y lectura del acta; ACORDO: Primero.- Adecuar la remuneracion mensual del senor MORDAZA y el total de dietas percibidas de forma mensual por los senores Regidores de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica a lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 019-2006; en consecuencia, ratifiquese el monto de la compensacion mensual, que, por todo concepto, percibe el senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica, el mismo que asciende a una suma equivalente a 2.5 U.I.T; asimismo, fijese el MORDAZA monto total de las dietas a percibir, de forma mensual, por los senores Regidores de esta comuna distrital en una suma equivalente al 25% de la compensacion mensual del MORDAZA de este distrito, precisando su aplicacion para los meses de agosto a diciembre del 2006. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01886-1

Ratifican monto de remuneracion mensual del MORDAZA y fijan monto de dietas de regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 026-2006/CDL-CH Chosica, 4 de agosto del 2006 Vista en la Orden de Dia de la Sesion Ordinaria de Concejo convocada para la fecha el texto del Decreto Urgencia Nº 019-2006 - publicado en el diario oficial El Peruano el 1 de agosto del 2006, por el que se establece la compensacion mensual por el ejercicio de funciones, entre otros, de los Alcaldes y Regidores distritales para los meses de agosto a diciembre del 2006. CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 030-2003/ CDLCH, de fecha 27 de marzo del 2003, se fijo en 2.5

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de MORDAZA para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 077-2006-MDPP MORDAZA MORDAZA, 25 de agosto de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA VISTOS: En la Sesion Ordinaria de Concejo de dia 25 de agosto del 2006, el Memorandum Nº 212-2006GAJ/MDPP y el Informe Nº 295-2006-GAJ/MDPP de la Gerencia de Asuntos Juridicos y los Informes Nº 19306-SG-PVL-PA/MDPP y 195-2006-SG-PVL-PA/MDPP

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