Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2006 (08/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 120

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

327710
DNTP UNIDAD EJECUTORA GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA 774 REGION MORDAZA - SALUD MORDAZA 1025 REGION MORDAZA - SALUD SUR MORDAZA 1045 REGION MORDAZA - SALUD CENTRO MORDAZA 1046 REGION MORDAZA - SALUD MORDAZA MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA 803 REGION HUANCAVELICA - SALUD HUANCAVELICA GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA 823 REGION MORDAZA - SALUD 828 REGION MORDAZA - SALUD CHANCHAMAYO 829 REGION MORDAZA - SALUD SATIPO TOTAL S/. CASOS EXCEPCIONALES DNTP MORDAZA 122 123 126 127 136 137 141 143 144 147 149 UNIDAD EJECUTORA

NORMAS LEGALES
TOTAL 140,000.00 56,360.00 27,280.00 29,580.00 26,780.00 97,006.00 97,006.00 88,700.00 17,800.00 19,200.00 51,700.00 493,787.00

El Peruano viernes 8 de setiembre de 2006

TOTAL

2,753,590.45 INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS 668,679.88 INSTITUTO NACIONAL DE NEUROLOGIA 25,582.30 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL MORDAZA 355,012.94 INSTITUTO NACIONAL MORDAZA PERINATAL 606,963.42 HOSPITAL MORDAZA MORDAZA 58,319.40 HOSPITAL MORDAZA MORDAZA 222,552.08 HOSPITAL DE APOYO DEPARTAMENTAL MORDAZA AUXILIADORA 36,603.36 HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO MORDAZA 136,071.03 HOSPITAL NACIONAL DOS DE MORDAZA 213,323.16 HOSPITAL DE EMERGENCIAS PEDIATRICAS 95,557.53 HOSPITAL NACIONAL DOCENTE MORDAZA MORDAZA 334,925.35 SAN MORDAZA CALLAO 170,216.89 129 HOSPITAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA 170,216.89 TOTAL S/. 2,923,807.34

01888-1

SENCICO
Exoneran de MORDAZA de seleccion el servicio de vigilancia y seguridad privada en locales del SENCICO ubicado en MORDAZA
SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 059-2006-02.00 MORDAZA, 1 de setiembre del 2006 VISTO: El Informe Nº 374-2006-07.00 de la Oficina de Administracion y Finanzas, el Informe Tecnico Nº 4822006-07.05 del Departamento de Abastecimiento, solicitando la aprobacion de exoneracion de MORDAZA de seleccion por situacion de desabastecimiento inminente del Servicio de Vigilancia y Seguridad Privada en los locales del SENCICO ubicados en MORDAZA, asi como el Informe Legal Nº 115-2006-03.01; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 001-2006-02.00, se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SENCICO para el periodo 2006, en el cual estaba programado para el mes de marzo como fecha probable la convocatoria del Concurso Publico para contratar el Servicio de Vigilancia y Seguridad del SENCICO ubicados en la MORDAZA de Lima; Que, mediante Informe Tecnico del Departamento de Abastecimiento, dicha Area manifiesta la necesidad de exonerar del MORDAZA de seleccion, el Servicio de Vigilancia y Seguridad Privada en los locales del SENCICO ubicados en MORDAZA por un plazo de 60 dias calendario; Que, para el resguardo de su patrimonio institucional y de los servicios que brinda el SENCICO, el Comite Especial designando mediante Resolucion Nº 032-200602.00, para la Contratacion del Servicio de Vigilancia y

Seguridad Privada en los Locales del SENCICO ubicado en MORDAZA, con fecha 19 de MORDAZA del 2006 realizo la convocatoria del correspondiente MORDAZA, desarrollandose el cronograma establecido; Que, en el Concurso Publico Nº 002-2006-VIVIENDA/ SENCICO, que se viene efectuando, se ha generado una situacion que dilata la culminacion del mencionado MORDAZA de seleccion, esto es, la MORDAZA de recursos de apelacion por parte de las partes participantes, lo cual esta previsto por el MORDAZA legal vigente; empero es preciso asegurar el Servicio de Vigilancia y Seguridad Privada en los Locales del SENCICO ubicados en MORDAZA en tanto culmine el MORDAZA de seleccion correspondiente, por lo que se requiere Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente el citado servicio; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Informe Legal de la Asesoria Legal, se senala que el Servicio de Vigilancia y Seguridad Privada en lo locales del SENCICO ubicado en MORDAZA, constituye un servicio actual, urgente y de naturaleza esencial cuya continuidad es indispensable para la debida proteccion y el oportuno funcionamiento de los locales del SENCICO; Que, asi mismo se indica que de conformidad con lo dispuesto en el primer parrafo del articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra, compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productiva que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; Que, el servicio de vigilancia y seguridad privada en los locales del SENCICO ubicados en MORDAZA, es indispensable para el cabal cumplimiento de los objetivos y metas institucionales, ya que su no continuidad comprometeria en forma directa e inminente el patrimonio institucional, y el orden y disciplina en cada uno de los centros de capacitacion y formacion del SENCICO en la MORDAZA de Lima: Sede Central de San MORDAZA y Centros de Formacion de Los MORDAZA y Chorrillos; Que, siendo ello asi, resulta necesario declarar la exoneracion en virtud a la causal de desabastecimiento inminente contemplada en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, sin embargo de conformidad con lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del acotado articulo 21º, la aprobacion de la exoneracion MORDAZA referida no constituye dispensa, exencion o liberacion de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal; Que, en tal sentido, corresponde bajo sancion de nulidad, disponerse a traves de la presente Resolucion el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores publicos involucrados, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 47º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, conforme lo dispone el MORDAZA parrafo de su articulo 21º , concordante con el tercer parrafo del articulo 141º del Reglamento de dicha Ley; Que, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 19º, 20º y 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 141º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que aprueba su Reglamento; Con las visaciones del Gerente General (e), la Gerente de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, la Gerente de la Oficina de Administracion y Finanzas (e), la Asesora Legal; y, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente el Servicio de Vigilancia y Seguridad Privada en los Locales del SENCICO ubicados en MORDAZA, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, hasta por el periodo MORDAZA de 60 dias calendario o hasta la suscripcion del contrato, con el postor que resulte ganador de la Buena Pro del MORDAZA de seleccion

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