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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (22/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 67

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 22 de setiembre de 2006 328701REPUBLICADELPERU b. Presentar declaración jurada de cese o retiro de anuncio. Artículo 45º.- Recibido el expediente por la Sub Gerencia de Ornato y Anuncios, ésta procederá a revisar la documentación, constatar el retiro del elemento fijo de publicidad exterior, poner en conocimiento de la Gerenciade Desarrollo Urbano y Gerencia de Administración Tributaria. DE LOS ÓRGANOS TÉCNICOS DE ELEMENTO FIJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR Artículo 46º.- Los órganos administrativos que intervienen en la calificación de los expedientes son: a. La Subgerencia de Ornato y Anuncios; b. La Gerencia de Desarrollo Urbano. Artículo 47º.- Compete a la Sub Gerencia de Ornato y Anuncios: A. Emitir dictamen técnico en aquellas consultas que formulen la Comisión de Regidores del Área y/o la Gerencia de Desarrollo Urbano, en los casos previstosen la presente Ordenanza. B. Proponer a la Gerencia de Desarrollo Urbano las sanciones por infracciones de acuerdo a lo dispuestopor la presente Ordenanza. C. Proponer las medidas tendientes a perfeccionar la presente Ordenanza. D. Proponer a la Gerencia de Desarrollo Urbano el retiro o el decomiso de elementos fijos de publicidad exterior no autorizados o declarados ilegales. Su producto como lasmultas y gastos administrativos correspondientes. El saldo si lo hubiere se devolverá al infractor. E. Otras que la propia Ordenanza le faculte. Artículo 48º.- Compete a la Gerencia de Desarrollo Urbano: A. Aprobar o desaprobar la colocación de Elementos Fijos de Publicidad Exterior, conforme a la presenteOrdenanza. B. Conocer las quejas que se formulen sobre Elementos Fijos de Publicidad Exterior. C. Aprobar o desaprobar la propuesta de aplicación de sanciones por infracción de la presente Ordenanza que presente la Sub Gerencia de Ornatos y Anuncios. D. Otras que la propia Ordenanza le faculta. Artículo 49º.- La denegatoria de una solicitud de avisos y/o anuncios de publicidad exterior, deberá ser fundamentada, pudiendo el interesado solicitar reconsideración por escrito, aportando nuevoselementos o absolviendo las observaciones formuladas, en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles a partir de la fecha de recibida la notificación de improcedencia. Procede el recurso de apelación, con cuya resolución queda agotada la vía administrativa. DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Artículo 50º.- Los revisores y la policía municipal denunciarán e informarán por escrito a la Sub Gerencia de Ornato y Anuncios, sobre las infracciones que encuentren en los Elementos Fijos de Publicidad Exteriorde su jurisdicción para que se tome la acción correspondiente. Artículo 51º.- La infracción a la presente Ordenanza se sancionará con arreglo a la escala de multas y sanciones aprobadas por Ordenanza Nº 006-2003- MDLP y Ordenanza Nº 011-2004-MDLP . Artículo 52º.- La aplicación de las sanciones señaladas en el artículo anterior, no impide el retiro de los Elementos Fijos de Publicidad Exterior instalados,bajo el procedimiento siguiente: A. Notificación dando un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para el retiro, bajo apercibimiento. B. Vencido el plazo anterior, la Municipalidad procederá a la acción de decomiso sin responsabilidadalguna de su parte por posibles daños o deterioros. C. Vencido el término de sesenta (60) días del retiro y depósito de los Elementos Fijos de Publicidad Exteriorsin haber sido reclamados por los interesados, la Municipalidad procederá al remate de dichos bienes, con la finalidad de cubrir el importe de la multa, gastos de desinstalación y gastos administrativos. CONVENIOS DE COOPERACIÓN Artículo 53º.- La Municipalidad podrá celebrar convenios de cooperación con empresas que requieran de la actividad publicitaria para mejorar el ornato y/o lainfraestructura urbana (con mobiliario urbano) de la ciudad. Artículo 54º.- Las personas naturales y/o jurídicas podrán presentar proyectos para llevar adelante los convenios a que se refiere el artículo anterior. El costo de la elaboración y ejecución de los proyectos será de cuentay cargo del recurrente y todas las obras que se ejecuten pasarán a ser propiedad de la Municipalidad, apenas estén concluidas sin lugar a compensación alguna. Las Entidades del Sector Público que requieren publicitar sus obras o proyectos tendrán que pedir autorización a la Municipalidad sin costo alguno. LaMunicipalidad no las exime del trámite que es obligatorio para todos, en caso que así lo requieran, a fin de mantener actualizado su Registro. Artículo 55º.- Los proyectos indicarán la naturaleza de las obras, especificaciones técnicas y el valor de las mismas, así como su plazo de ejecución, debiendoceñirse a las disposiciones contenidas en esta Ordenanza y a toda norma aplicable en materia de anuncios y publicidad exterior. Artículo 56º.- La Municipalidad determina en cada caso el número, clase y ubicación de los elementos fijos de publicidad exterior que las personas naturales y/ojurídicas podrán instalar a través de las mismas. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera .- De conformidad con el Artículo XII_VII_I del Reglamento Nacional de Construcciones, los avisosque a la fecha no cumplen con los requisitos técnicos y de ubicación deberán ser adecuados a ellas, en un plazo máximo de sesenta (60) días. Segunda.- Facúltase a la Sub Gerencia de Ornato y Anuncios de la Gerencia de Desarrollo Urbano para que proceda a dar de baja en el Padrón de Anuncios yPublicidad Exterior, a los asientos correspondientes a los anuncios que por aplicación de la Ordenanza sean retirados, así como la ejecución de las accionespertinentes para mantener actualizados tales padrones. Para este efecto, se abrirá un registro en el que se anotarán las comunicaciones que obligatoriamentedeberán cursar los interesados dando cuenta del retiro de los anuncios ilegales. Tercera.- Las solicitudes para la instalación de nuevos Elementos Fijos de Publicidad Exterior que se presente, a partir de la fecha, y las que se encuentren en trámite deberán adecuarse a las disposiciones de lapresente Ordenanza. Artículo 11º.- Sustitúyase la Cuarta Disposición General de la Ordenanza Municipal Nº 004-2004-MDLP de fecha 24.ENE.2004 con el siguiente párrafo: Cuarto.- Deróguese todas las disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza e incorpórese al TUPA la aplicación de esta Ordenanza,modificándose si fuere necesario. En cumplimiento de la presente Ordenanza se aplicará el Reglamento de sanciones de esta municipalidad. Artículo 12º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la SubGerencia de Ornato y Anuncios, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 13º.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 02343-2