Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2006 (22/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano viernes 22 de setiembre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

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b. Presentar declaracion jurada de cese o retiro de anuncio. Articulo 45º.- Recibido el expediente por la Sub Gerencia de Ornato y Anuncios, esta procedera a revisar la documentacion, constatar el retiro del elemento fijo de publicidad exterior, poner en conocimiento de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Gerencia de Administracion Tributaria. DE LOS ORGANOS TECNICOS DE ELEMENTO FIJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR Articulo 46º.- Los organos administrativos que intervienen en la calificacion de los expedientes son: a. La Subgerencia de Ornato y Anuncios; b. La Gerencia de Desarrollo Urbano. Articulo 47º.- Compete a la Sub Gerencia de Ornato y Anuncios: A. Emitir dictamen tecnico en aquellas consultas que formulen la Comision de Regidores del Area y/o la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, en los casos previstos en la presente Ordenanza. B. Proponer a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA las sanciones por infracciones de acuerdo a lo dispuesto por la presente Ordenanza. C. Proponer las medidas tendientes a perfeccionar la presente Ordenanza. D. Proponer a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA el retiro o el decomiso de elementos fijos de publicidad exterior no autorizados o declarados ilegales. Su producto como las multas y gastos administrativos correspondientes. El saldo si lo hubiere se devolvera al infractor. E. Otras que la propia Ordenanza le faculte. Articulo 48º.- Compete a la Gerencia de Desarrollo Urbano: A. Aprobar o desaprobar la colocacion de Elementos Fijos de Publicidad Exterior, conforme a la presente Ordenanza. B. Conocer las quejas que se formulen sobre Elementos Fijos de Publicidad Exterior. C. Aprobar o desaprobar la propuesta de aplicacion de sanciones por infraccion de la presente Ordenanza que presente la Sub Gerencia de Ornatos y Anuncios. D. Otras que la propia Ordenanza le faculta. Articulo 49º.- La denegatoria de una solicitud de avisos y/o anuncios de publicidad exterior, debera ser fundamentada, pudiendo el interesado solicitar reconsideracion por escrito, aportando nuevos elementos o absolviendo las observaciones formuladas, en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles a partir de la fecha de recibida la notificacion de improcedencia. Procede el recurso de apelacion, con cuya resolucion queda agotada la via administrativa. DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Articulo 50º.- Los revisores y la policia municipal denunciaran e informaran por escrito a la Sub Gerencia de Ornato y Anuncios, sobre las infracciones que encuentren en los Elementos Fijos de Publicidad Exterior de su jurisdiccion para que se MORDAZA la accion correspondiente. Articulo 51º.- La infraccion a la presente Ordenanza se sancionara con arreglo a la escala de multas y sanciones aprobadas por Ordenanza Nº 006-2003MDLP y Ordenanza Nº 011-2004-MDLP. Articulo 52º.- La aplicacion de las sanciones senaladas en el articulo anterior, no impide el retiro de los Elementos Fijos de Publicidad Exterior instalados, bajo el procedimiento siguiente: A. Notificacion dando un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para el retiro, bajo apercibimiento. B. Vencido el plazo anterior, la Municipalidad procedera a la accion de decomiso sin responsabilidad alguna de su parte por posibles danos o deterioros. C. Vencido el termino de sesenta (60) dias del retiro y deposito de los Elementos Fijos de Publicidad Exterior

sin haber sido reclamados por los interesados, la Municipalidad procedera al remate de dichos bienes, con la finalidad de cubrir el importe de la multa, gastos de desinstalacion y gastos administrativos. CONVENIOS DE COOPERACION Articulo 53º.- La Municipalidad podra celebrar convenios de cooperacion con empresas que requieran de la actividad publicitaria para mejorar el ornato y/o la infraestructura MORDAZA (con mobiliario urbano) de la ciudad. Articulo 54º.- Las personas naturales y/o juridicas podran presentar proyectos para llevar adelante los convenios a que se refiere el articulo anterior. El costo de la elaboracion y ejecucion de los proyectos sera de cuenta y cargo del recurrente y todas las obras que se ejecuten pasaran a ser propiedad de la Municipalidad, apenas esten concluidas sin lugar a compensacion alguna. Las Entidades del Sector Publico que requieren publicitar sus obras o proyectos tendran que pedir autorizacion a la Municipalidad sin costo alguno. La Municipalidad no las exime del tramite que es obligatorio para todos, en caso que asi lo requieran, a fin de mantener actualizado su Registro. Articulo 55º.- Los proyectos indicaran la naturaleza de las obras, especificaciones tecnicas y el valor de las mismas, asi como su plazo de ejecucion, debiendo cenirse a las disposiciones contenidas en esta Ordenanza y a toda MORDAZA aplicable en materia de anuncios y publicidad exterior. Articulo 56º.- La Municipalidad determina en cada caso el numero, clase y ubicacion de los elementos fijos de publicidad exterior que las personas naturales y/o juridicas podran instalar a traves de las mismas. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- De conformidad con el Articulo XII_VII_I del Reglamento Nacional de Construcciones, los avisos que a la fecha no cumplen con los requisitos tecnicos y de ubicacion deberan ser adecuados a ellas, en un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias. Segunda.- Facultase a la Sub Gerencia de Ornato y Anuncios de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA para que proceda a dar de baja en el Padron de Anuncios y Publicidad Exterior, a los asientos correspondientes a los anuncios que por aplicacion de la Ordenanza MORDAZA retirados, asi como la ejecucion de las acciones pertinentes para mantener actualizados tales padrones. Para este efecto, se abrira un registro en el que se anotaran las comunicaciones que obligatoriamente deberan cursar los interesados dando cuenta del retiro de los anuncios ilegales. Tercera.- Las solicitudes para la instalacion de nuevos Elementos Fijos de Publicidad Exterior que se presente, a partir de la fecha, y las que se encuentren en tramite deberan adecuarse a las disposiciones de la presente Ordenanza. Articulo 11º.- Sustituyase la Cuarta Disposicion General de la Ordenanza Municipal Nº 004-2004-MDLP de fecha 24.ENE.2004 con el siguiente parrafo: Cuarto.- Deroguese todas las disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza e incorporese al MORDAZA la aplicacion de esta Ordenanza, modificandose si fuere necesario. En cumplimiento de la presente Ordenanza se aplicara el Reglamento de sanciones de esta municipalidad. Articulo 12º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo MORDAZA a traves de la Sub Gerencia de Ornato y Anuncios, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 13º.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02343-2

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