Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2006 (22/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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328698

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 22 de setiembre de 2006

PROVINCIAS

Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General, la publicacion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Otorgan Amnistia y monto a pagar para la expedicion de Carne de Sanidad
ORDENANZA Nº 019-2006-MDLP La MORDAZA, 18 de setiembre del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 18 de setiembre del 2006, bajo la presidencia del senor MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con la asistencia de los senores Regidores, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Arsila, Sra. MORDAZA Larenas de MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA Rebatta, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA Hamamoto Miyasato, el Dictamen de la Comision de Administracion, Economia y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza que aprueba otorgar Amnistia por 90 dias contadas a partir de su publicacion y que establece un costo de S/.8.00 Nuevos Soles para Carne de Sanidad para 6 meses; y, CONSIDERANDO: Que, articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº28607 establece: "Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el articulo 80º del numeral 3.5 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece como una de las funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales expedir Carne de Sanidad; Que, mediante Ordenanza Nº 003-2004-MDLP se aprueba el Control de Manipulacion de Alimentacion y Obligatoriedad de portar Carne de Sanidad; Que se ha presentado una propuesta para otorgar una Amnistia para la expedicion de Carne de Sanidad por (90) dias para la obtencion del Carne, tomando en cuenta la necesidad y la obligatoriedad de portar el Carnet de Sanidad; Que, mediante INFORME Nº 043-2006-GS/MDLP la Gerencia de Sanidad senala que la Amnistia del Carne de Sanitario es una necesidad de los usuarios, por lo que el Carne Sanitario por (6) meses debe tener el costo de S/. 8.00 Nuevos Soles; Que, mediante INFORME Nº 266-2006-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos, opina que la propuesta presentada se ajusta derecho y que se han adjuntado los informes tecnicos pertinentes, por lo que se justifica se otorgue un Beneficio como el propuesto por la Gerencia de Sanidad; Que estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el articulo 9º, inciso 8) de la Ley Organica de Municipalidades Nº27972, con el MORDAZA UNANIME, de los (as) senores (as) Regidores (as), y con la dispensa de lectura y la aprobacion del Acta, se ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Otorgar una Amnistia por (90) dias contados desde el dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza, mediante la cual se establece en S/. 8.00 (Ocho y 00/100 Nuevos Soles), el derecho de costos de Carne de Sanidad para (6) meses. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal y Gerencia de Sanidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02343-1

Modifican Ordenanza Nº 004-2004MDLP sobre Anuncios y Publicidad Exterior en el distrito de La MORDAZA
ORDENANZA Nº 020-2006-MDLP La MORDAZA, 18 de setiembre del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 18 de setiembre del 2006, y el Dictamen de la Comision de Servicios Tecnicos, sobre el Proyecto de Ordenanza por el cual se Modifica los Articulos 4º, 5º, 6º, 8º, 10º, 28º, 29º y 34º y se adicionan los articulos 35º, 36º, 37º, 38º, 39º, 40º, 41º, 42º, 43º, 44º, 45º, 46º, 47º, 48º, 49º 50º, 51º, 52º, 53º, 54º, 55º y 56º asi como las tres disposiciones Transitorias, sustituyase la Cuarta Disposicion General de la Ordenanza Nº 004-2004-MDLP de fecha 24.ENE.2004, sobre Anuncios y Publicidad Exterior en el distrito de La MORDAZA, respecto de los Derechos de Pago; y, CONSIDERANDO: Que, articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº28607 establece: "Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el articulo 79º, numeral 3) 3.6.3 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que es una de las funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales, la "ubicacion de avisos publicitarios y propaganda politica"; Que, mediante Ordenanza Nº 004-2004-MDLP de fecha 24.ENE.2004 se aprueba la Ordenanza sobre Anuncios y Publicidad Exterior en el distrito de La Perla; Que estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el articulo 9º, inciso 8) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA MAYORITARIO, de los (as) senores (as) Regidores (as), Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA Larenas de MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA Rebatta, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA Hamamoto Miyasato, con MORDAZA en contra de los senores Regidores MORDAZA MORDAZA Arsila, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y con la dispensa de lectura y la aprobacion del Acta, se ha dado la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2004-MDLP DE FECHA 24.ENE.2004 SOBRE ANUNCIOS Y PUBLICIDAD EXTERIOR EN EL DISTRITO DE LA MORDAZA Articulo 1º.- Sustituyase el texto del Articulo 4º de la Ordenanza Municipal Nº 004-2004-MDLP de fecha 24.ENE.2004 por los siguientes: Articulo 4º.- "La presente Ordenanza tiene como MORDAZA legal las siguientes normas: - Constitucion Politica del Peru - Articulo 194º; - Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; - D.S. Nº 156-2004-EF, Texto Ordenado de la Ley de Tributacion; - Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal;

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