NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (22/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 64
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328698El Peruano viernes 22 de setiembre de 2006 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G41/G6D/G6E/G69/G73/G74/GED/G61/G20/G79/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G61/G20/G70/G61/G67/G61/G72/G20/G70/G61/G72/G61 /G6C/G61/G20/G65/G78/G70/G65/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G72/G6E/GE9/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 019-2006-MDLP La Perla, 18 de setiembre del 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18 de setiembre del 2006, bajo la presidencia del señor Alcalde Dr. Pedro López Barrios y con la asistencia de losseñores Regidores, Sr. Julio Enrique Oblitas Fernández, Sr. Juan Carlos Rueda, Juan Ruiz Arsila, Sra. Maria Larenas de Castro, Sra. Raquel Aliaga Rebatta, Sr. JulioCésar Barrientos Sandoval, Sra. Ana Torres Vda. de Morales, Sr. Luís Alberto Salinas Pérez y Sr. Juan Hamamoto Miyasato, el Dictamen de la Comisión deAdministración, Economía y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza que aprueba otorgar Amnistía por 90 días contadas a partir de su publicación y queestablece un costo de S/.8.00 Nuevos Soles para Carné de Sanidad para 6 meses; y, CONSIDERANDO: Que, artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº28607 establece: “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia“ ; Que, el artículo 80º del numeral 3.5 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como una de las funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Distritales expedir Carné deSanidad; Que, mediante Ordenanza Nº 003-2004-MDLP se aprueba el Control de Manipulación de Alimentación yObligatoriedad de portar Carné de Sanidad; Que se ha presentado una propuesta para otorgar una Amnistía para la expedición de Carné de Sanidadpor (90) días para la obtención del Carné, tomando en cuenta la necesidad y la obligatoriedad de portar el Carnet de Sanidad; Que, mediante INFORME Nº 043-2006-GS/MDLP la Gerencia de Sanidad señala que la Amnistía del Carné de Sanitario es una necesidad de los usuarios, por loque el Carné Sanitario por (6) meses debe tener el costo de S/. 8.00 Nuevos Soles; Que, mediante INFORME Nº 266-2006-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, opina que la propuesta presentada se ajusta derecho y que se han adjuntado los informes técnicos pertinentes, por lo quese justifica se otorgue un Beneficio como el propuesto por la Gerencia de Sanidad; Que estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 9º, inciso 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, con el voto UNÁNIME, de los (as) señores (as) Regidores (as), y con la dispensade lectura y la aprobación del Acta, se ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Otorgar una Amnistía por (90) días contados desde el día siguiente de la publicación dela presente Ordenanza, mediante la cual se establece en S/. 8.00 (Ocho y 00/100 Nuevos Soles), el derecho de costos de Carné de Sanidad para (6) meses. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal y Gerencia de Sanidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza.Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 02343-1 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G34/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D /G4D/G44/G4C/G50/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G41/G6E/G75/G6E/G63/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G50/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G20/G50/G65/G72/G6C/G61 ORDENANZA Nº 020-2006-MDLP La Perla, 18 de setiembre del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO:Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18 de setiembre del 2006, y el Dictamen de la Comisión deServicios Técnicos, sobre el Proyecto de Ordenanza por el cual se Modifica los Artículos 4º, 5º, 6º, 8º, 10º, 28º, 29º y 34º y se adicionan los artículos 35º, 36º, 37º, 38º, 39º,40º, 41º, 42º, 43º, 44º, 45º, 46º, 47º, 48º, 49º 50º, 51º, 52º, 53º, 54º, 55º y 56º así como las tres disposiciones Transitorias, sustitúyase la Cuarta Disposición Generalde la Ordenanza Nº 004-2004-MDLP de fecha 24.ENE.2004, sobre Anuncios y Publicidad Exterior en el distrito de La Perla, respecto de los Derechos de Pago; y, CONSIDERANDO: Que, artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº28607 establece: "Las Municipalidades Provinciales y Distritalesson los órganos de gobierno local tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el artículo 79º, numeral 3) 3.6.3 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es una de las funciones específicas exclusivas de lasMunicipalidades Distritales, la “ubicación de avisos publicitarios y propaganda política”; Que, mediante Ordenanza Nº 004-2004-MDLP de fecha 24.ENE.2004 se aprueba la Ordenanza sobre Anuncios y Publicidad Exterior en el distrito de La Perla; Que estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 9º, inciso 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto MAYORITARIO, de los (as) señores (as) Regidores (as), Sr. Julio EnriqueOblitas Fernández, Sr. Juan Carlos Rueda, Sra. Maria Larenas de Castro, Sra. Raquel Aliaga Rebatta, Sra. Ana Torres Vda. de Morales, Sr. Luís Alberto SalinasPérez y Sr. Juan Hamamoto Miyasato, con voto en contra de los señores Regidores Juan Ruiz Arsila, Sr. Julio César Barrientos Sandoval, y con la dispensa de lecturay la aprobación del Acta, se ha dado la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2004-MDLP DE FECHA 24.ENE.2004 SOBRE ANUNCIOS Y PUBLICIDAD EXTERIOR EN EL DISTRITO DE LA PERLA Artículo 1º.- Sustitúyase el texto del Artículo 4º de la Ordenanza Municipal Nº 004-2004-MDLP de fecha 24.ENE.2004 por los siguientes: Artículo 4º.- “La presente Ordenanza tiene como marco legal las siguientes normas: - Constitución Política del Perú - Artículo 194º; - Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; - D.S. Nº 156-2004-EF , Texto Ordenado de la Ley de Tributación; - Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal;