Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (22/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 66

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328700El Peruano viernes 22 de setiembre de 2006 obstaculizar el tránsito peatonal o vehicular, así como la visibilidad de los conductores y peatones. Artículo 7º.- Adiciónese al artículo 28º de la Ordenanza Municipal Nº 004-2004-MDLP de fecha 24.ENE.2004 el siguiente párrafo: Artículo 28º.- Para solicitar la instalación de los Elementos Fijos de Publicidad Exterior, el interesado deberá llenar el formulario NT 30/10 (Declaración Jurada)de solicitud respectiva, proporcionado por la Municipalidad y será recepcionado directamente por la Sub Gerencia de Trámite Documentario y remitido a la Dirección deDesarrollo Urbano. Acompañando los siguientes documentos: Diseño del Anuncio a escala conveniente (1/10 ó 1/ 20), con las dimensiones del aviso en Planta, Elevación Frontal y Lateral. Se debe mostrar el texto del anuncio, modelo, color, material, logo. Una fotografía de 16 x 22 centímetros de la fachada del inmueble en la cual se mostrará el lugar en donde se ubicará el aviso (el lugar deberá ser indicado con líneassegmentadas sobre la foto). Copia de la Licencia de Funcionamiento. Presentar la autorización del Instituto Nacional de Cultura, en caso que el inmueble se ubique utilizando un monumento histórico. Los puntos A y B pueden ser reemplazados por planos respectivos y dibujados a escala 1/50. Artículo 8º.- Adiciónese al artículo 29º de la Ordenanza Municipal Nº 004-2004-MDLP de fecha 24.ENE.2004 el siguiente párrafo: Artículo 29º: “conforme al Artículo XII.II.2 del Reglamento Nacional de Construcciones. La inscripción en el Registro será por un período indeterminado,debiendo ser reinscrito cualquier nuevo Elemento Fijo de Publicidad Exterior que se instale en el mismo lugar. Artículo 9º.- Sustitúyase en el artículo 34º de la Ordenanza Municipal Nº 004-2004-MDLP de fecha 24.ENE.2004 el siguiente párrafo y tabla de tasas para laautorización de publicidad exterior: Artículo 34º: TRATAMIENTO ADMINISTRATIVO En caso de ser procedente deberá abonar por única vez el derecho de trámite para la autorización de instalación de Elementos Fijos de Publicidad Exterior,según la siguiente tabla: TIPO DE ANUNCIO % DE LA UIT AVISO SIMPLE ADOSADO EN FACHADA 5% AVISO SIMPLE INSTALADO EN TECHO 8% AVISO ILUMINADO ADOSADO EN FACHADA 8%AVISO ILUMINADO INSTALADO EN TECHO 12% AVISO LUMINOSO ADOSADO EN FACHADA 12% AVISO LUMINOSO INSTALADO EN TECHO 15% PANEL MONUMENTAL 25% PANEL MONUMENTAL ILUMINADO Y LUMINOSO 35% GLOBOS AEROSTÁTICOS Y DIRIGIBLES 30% Artículo 10º.- Adiciónese los artículos 35º, 36º, 37º, 38º, 39º, 40º, 41º, 42º, 43º, 44º, 45º, 46º, 47º, 48º, 49º,50º, 51º, 52º, 53º, 54º, 55º y 56º así como las tres disposiciones Transitorias a la Ordenanza Municipal Nº 004-2004-MDLP de fecha 24.ENE.2004 con elsiguiente texto: Artículo 35º.- Las autorizaciones se expedirán a nombre de la persona o representante legal que lo solicita, quien se responsabilizará ante la Municipalidad por las infracciones e incumplimiento de las disposicionesde la presente Ordenanza. Artículo 36º.- Ningún Elemento Fijo de Publicidad Exterior colocado antes de la dación de la presenteOrdenanza y que contravenga sus disposiciones, generará derecho alguno para la colocación de un nuevo Elemento Fijo de Publicidad Exterior dentro de lascondiciones anteriores, aún cuando éste corresponde al mismo anunciador propietario del inmueble o firma publicitaria, debiendo adecuarse a la ordenanza oretirarse según sea el caso. Artículo 37º.- Toda solicitud de autorización de instalación de Elementos Fijos de Publicidad Exterior serárecepcionada directamente por la Sub Gerencia de Trámite Documentario y luego iniciará el siguiente trámite, después de la constatación del cumplimiento de los requisitos exigidos: 1. Recepción de expediente y constatación de requisitos por parte de la Sub Gerencia de Ornato yAnuncios de la Gerencia de Desarrollo Urbano. 2. Inspección ocular practicada por los revisores de la Sub Gerencia de Ornato y Anuncios para comprobarlas características del inmueble y de los inmuebles colindantes y ver el lugar donde va a ser instalado. 3. Calificación del anuncio por parte de la Gerencia de Desarrollo Urbano, cuando proceda acotación simultánea según la tabla que corresponda, por el derecho de la autorización, para su pago en la SubGerencia de Tesorería. 4. Expedición de la Resolución respectiva que concede o deniega autorización por parte de la Gerenciade Desarrollo Urbano. 5. En caso de estar colocado, antes de la expedición de la Resolución, se notificará la infracción al solicitantedel anuncio y se ordenará su retiro dentro de las 48 horas siguientes, sin perjuicio de iniciar las acciones para la aplicación de la sanción administrativa quecorresponda de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 38º.- La instalación de afiches en las carteleras municipales o lugares señalados por la Municipalidad, será realizado por el solicitante encoordinación con personal de la Sub Gerencia de Ornato y Anuncios, previo sellado de cada uno de los afiches autorizados y pago por los derechos correspondientes. Artículo 39º.- La instalación de afiches en vehículos de trasporte y locales comerciales y/o industriales será realizada por los solicitantes y se seguirá el mismoprocedimiento anterior. Artículo 40º.- Las autorizaciones de instalación de Elementos Fijos de Publicidad Exterior se conceden sinplazo expreso de vencimiento, salvo que posteriormente se dicten dispositivos legales que modifiquen o anulen la autorización original. En tal caso, el interesado deberáadecuarse a las nuevas pautas sobre la materia. Artículo 41º.- Es obligación de la persona responsable de la autorización concedida, el manteneradecuadamente presentados y limpios los elementos fijos de publicidad exterior que tenía instalados o bajo su servicio. Artículo 42º.- En cada Elemento Fijo de Publicidad Exterior, se colocará el distintivo con el número de inscripción del anuncio en el Registro Municipal, sobre elcolor designado al industrial, y/o compañía de anuncios y publicidad exterior, quedando en este caso autorizada lícitamente. Aquellos avisos que no exhiben este requisito serán considerados ilícitos procediéndose a aplicar la sanción que corresponda de acuerdo con lo dispuesto en lapresente Ordenanza. RENOVACIÓN Artículo 43º.- Quienes hubieran obtenido autorización para la instalación de Elementos Fijos dePublicidad Exterior, cuyo plazo de vigencia esté por vencer y quieran continuar exhibiendo su publicidad, deberán presentar una Declaración Jurada deContinuidad de Autorización Municipal Otorgada, antes de la fecha de vencimiento de la autorización. Esta renovación será automática con la sola presentación de la Declaración Jurada a que se refiere el párrafo precedente. CESE O RETIRO DEL ELEMENTO FIJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR Artículo 44º.- El propietario o representante legal que desee efectuar el retiro de su elemento fijo de publicidad exterior, deberá comunicarlo antes delmomento de la autorización del mismo, mediante solicitud simple presentada ante la Sub Gerencia de Trámite Documentario, debiendo cumplir previamente lo siguiente: a. Adjuntar el original y/o copia fedateada de la resolución que lo autorizó.