Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2006 (22/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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LICA DEL P E

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328700

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 22 de setiembre de 2006

obstaculizar el MORDAZA peatonal o vehicular, asi como la visibilidad de los conductores y peatones. Articulo 7º.- Adicionese al articulo 28º de la Ordenanza Municipal Nº 004-2004-MDLP de fecha 24.ENE.2004 el siguiente parrafo: Articulo 28º.- Para solicitar la instalacion de los Elementos Fijos de Publicidad Exterior, el interesado debera llenar el formulario NT 30/10 (Declaracion Jurada) de solicitud respectiva, proporcionado por la Municipalidad y sera recepcionado directamente por la Sub Gerencia de Tramite Documentario y remitido a la Direccion de Desarrollo Urbano. Acompanando los siguientes documentos: Diseno del Anuncio a escala conveniente (1/10 o 1/ 20), con las dimensiones del aviso en Planta, Elevacion Frontal y Lateral. Se debe mostrar el texto del anuncio, modelo, color, material, logo. Una fotografia de 16 x 22 centimetros de la fachada del inmueble en la cual se mostrara el lugar en donde se ubicara el aviso (el lugar debera ser indicado con lineas segmentadas sobre la foto). MORDAZA de la Licencia de Funcionamiento. Presentar la autorizacion del Instituto Nacional de Cultura, en caso que el inmueble se ubique utilizando un monumento historico. Los puntos A y B pueden ser reemplazados por planos respectivos y dibujados a escala 1/50. Articulo 8º.- Adicionese al articulo 29º de la Ordenanza Municipal Nº 004-2004-MDLP de fecha 24.ENE.2004 el siguiente parrafo: Articulo 29º: "conforme al Articulo XII.II.2 del Reglamento Nacional de Construcciones. La inscripcion en el Registro sera por un periodo indeterminado, debiendo ser reinscrito cualquier MORDAZA Elemento Fijo de Publicidad Exterior que se instale en el mismo lugar. Articulo 9º.- Sustituyase en el articulo 34º de la Ordenanza Municipal Nº 004-2004-MDLP de fecha 24.ENE.2004 el siguiente parrafo y tabla de tasas para la autorizacion de publicidad exterior: Articulo 34º: TRATAMIENTO ADMINISTRATIVO En caso de ser procedente debera abonar por unica vez el derecho de tramite para la autorizacion de instalacion de Elementos Fijos de Publicidad Exterior, segun la siguiente tabla:
MORDAZA DE ANUNCIO AVISO SIMPLE ADOSADO EN FACHADA AVISO SIMPLE INSTALADO EN TECHO AVISO MORDAZA ADOSADO EN FACHADA AVISO MORDAZA INSTALADO EN TECHO AVISO LUMINOSO ADOSADO EN FACHADA AVISO LUMINOSO INSTALADO EN TECHO PANEL MONUMENTAL PANEL MONUMENTAL MORDAZA Y LUMINOSO GLOBOS AEROSTATICOS Y DIRIGIBLES % DE LA UIT 5% 8% 8% 12% 12% 15% 25% 35% 30%

recepcionada directamente por la Sub Gerencia de Tramite Documentario y luego iniciara el siguiente tramite, despues de la constatacion del cumplimiento de los requisitos exigidos: 1. Recepcion de expediente y constatacion de requisitos por parte de la Sub Gerencia de Ornato y Anuncios de la Gerencia de Desarrollo Urbano. 2. Inspeccion ocular practicada por los revisores de la Sub Gerencia de Ornato y Anuncios para comprobar las caracteristicas del inmueble y de los inmuebles colindantes y ver el lugar donde va a ser instalado. 3. Calificacion del anuncio por parte de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, cuando proceda acotacion simultanea segun la tabla que corresponda, por el derecho de la autorizacion, para su pago en la Sub Gerencia de Tesoreria. 4. Expedicion de la Resolucion respectiva que concede o deniega autorizacion por parte de la Gerencia de Desarrollo Urbano. 5. En caso de estar colocado, MORDAZA de la expedicion de la Resolucion, se notificara la infraccion al solicitante del anuncio y se ordenara su retiro dentro de las 48 horas siguientes, sin perjuicio de iniciar las acciones para la aplicacion de la sancion administrativa que corresponda de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 38º.- La instalacion de afiches en las carteleras municipales o lugares senalados por la Municipalidad, sera realizado por el solicitante en coordinacion con personal de la Sub Gerencia de Ornato y Anuncios, previo MORDAZA de cada uno de los afiches autorizados y pago por los derechos correspondientes. Articulo 39º.- La instalacion de afiches en vehiculos de trasporte y locales comerciales y/o industriales sera realizada por los solicitantes y se seguira el mismo procedimiento anterior. Articulo 40º.- Las autorizaciones de instalacion de Elementos Fijos de Publicidad Exterior se conceden sin plazo expreso de vencimiento, salvo que posteriormente se dicten dispositivos legales que modifiquen o anulen la autorizacion original. En tal caso, el interesado debera adecuarse a las nuevas pautas sobre la materia. Articulo 41º.- Es obligacion de la persona responsable de la autorizacion concedida, el mantener adecuadamente presentados y limpios los elementos fijos de publicidad exterior que tenia instalados o bajo su servicio. Articulo 42º.- En cada Elemento Fijo de Publicidad Exterior, se colocara el distintivo con el numero de inscripcion del anuncio en el Registro Municipal, sobre el color designado al industrial, y/o compania de anuncios y publicidad exterior, quedando en este caso autorizada licitamente. Aquellos avisos que no exhiben este requisito seran considerados ilicitos procediendose a aplicar la sancion que corresponda de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ordenanza. RENOVACION Articulo 43º.- Quienes hubieran obtenido autorizacion para la instalacion de Elementos Fijos de Publicidad Exterior, cuyo plazo de vigencia este por vencer y quieran continuar exhibiendo su publicidad, deberan presentar una Declaracion Jurada de Continuidad de Autorizacion Municipal Otorgada, MORDAZA de la fecha de vencimiento de la autorizacion. Esta renovacion sera automatica con la sola MORDAZA de la Declaracion Jurada a que se refiere el parrafo precedente. CESE O RETIRO DEL ELEMENTO FIJO DE PUBLICIDAD EXTERIOR Articulo 44º.- El propietario o representante legal que desee efectuar el retiro de su elemento fijo de publicidad exterior, debera comunicarlo MORDAZA del momento de la autorizacion del mismo, mediante solicitud simple presentada ante la Sub Gerencia de Tramite Documentario, debiendo cumplir previamente lo siguiente: a. Adjuntar el original y/o MORDAZA fedateada de la resolucion que lo autorizo.

Articulo 10º.- Adicionese los articulos 35º, 36º, 37º, 38º, 39º, 40º, 41º, 42º, 43º, 44º, 45º, 46º, 47º, 48º, 49º, 50º, 51º, 52º, 53º, 54º, 55º y 56º asi como las tres disposiciones Transitorias a la Ordenanza Municipal Nº 004-2004-MDLP de fecha 24.ENE.2004 con el siguiente texto: Articulo 35º.- Las autorizaciones se expediran a nombre de la persona o representante legal que lo solicita, quien se responsabilizara ante la Municipalidad por las infracciones e incumplimiento de las disposiciones de la presente Ordenanza. Articulo 36º.- Ningun Elemento Fijo de Publicidad Exterior colocado MORDAZA de la dacion de la presente Ordenanza y que contravenga sus disposiciones, generara derecho alguno para la colocacion de un MORDAZA Elemento Fijo de Publicidad Exterior dentro de las condiciones anteriores, aun cuando este corresponde al mismo anunciador propietario del inmueble o firma publicitaria, debiendo adecuarse a la ordenanza o retirarse segun sea el caso. Ar ticulo 37º.- Toda solicitud de autorizacion de instalacion de Elementos Fijos de Publicidad Exterior sera

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