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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (22/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 22 de setiembre de 2006 328695REPUBLICADELPERU Nomenclatura en su Dictamen Nº 073-2006-MML- CMDUVN; Aprobó la siguiente: ORDENANZA DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE LURÍN Artículo Primero.- Anexar al Área Urbana y Asignar la Zonificación de Usos Especiales (OU) correspondiente al distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima, única y exclusivamente al predio cuya área es de30,200.00 m 2 denominado Sub-Lote A1-3-2-B, localizado en colindancia al Parque Industrial Las Praderas del distrito de Lurín, con la finalidad de destinarlo en formaespecífica a la construcción del local del Instituto para los citados fines de bien social, sin que esa asignación de zonificación alcance o se haga extensiva a los predioscolindantes. Artículo Segundo.- Establecer en el proceso de Habilitación Urbana correspondiente, una vía separadorade usos con una sección vial variable entre 35.00 ml. y 53.00 ml., dependiendo del impacto que produce el funcionamiento de la industria colindante. Artículo Tercero.- Disponer que la Municipalidad Distrital de Lurín y el Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima,incorporen en el Plano de Zonificación la modificación que en forma expresa se indica en el Artículo Primero, en aplicación de la Ordenanza Nº 620-MML del 4 de abrilde 2004. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 18 de spetiembre de 2006 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 02316-4 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G79/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G6F/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G32/G36/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G4D/G44/G43 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2006-A-MDC Cieneguilla, 19 de setiembre del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTO:El Informe N° 221-2006-MDC/GM-GAT, de fecha 19 de setiembre del 2006, de la Gerencia de AdministraciónTributaria, donde señala la necesidad de prorrogar el plazo del Beneficio de Regularización Tributaria y Administrativa. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 026-2006-MDC, de fecha 21 de julio del 2006, se aprobó el BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVAen el distrito de Cieneguilla, del 25 de julio al 02 de setiembre del 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 26 de julio del 2006, habiendo sido prorrogadala misma mediante Decreto de Alcaldía N° 006-2006-A- MDCA, hasta el 20 de setiembre del 2006; Que, según el Informe de vistos, a la fecha aún existe un gran número de contribuyentes del distrito que desean regularizar el pago de su deuda tributaria y administrativa, por lo que es necesario brindarle lasfacilidades del caso y prorrogar el plazo del beneficio; Que, el Artículo 8° de la referida Ordenanza faculta al Alcalde a dictar las disposiciones complementarias para su cumplimiento; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 42° e inciso 6) del Artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1°.- PRORROGAR EL BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA, aprobado mediante Ordenanza N° 026-2006-MDC, del20 al 30 de setiembre del 2006. Artículo 2°.- ENCARGAR a Gerencia Municipal y a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimientodel presente Decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase.MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde 02341-1 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G6F /G4D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G36/G22 ACUERDO DE CONCEJO Nº 068-A-2006-SEGE-06-MDEA El Agustino, 22 de agosto del 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL AGUSTINO VISTO.- En Sesión Ordinaria de fecha 22 de agosto de 2006 el Informe Nº 096-2006-RR.CC.-MDEA de la Unidad de Registro Civil de esta Municipalidad, referente a la realización del Segundo Matrimonio Civil Comunitariodel año 2006; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 4º de la Constitución, establece que la Comunidad y el Estado protegen a la familia, promueveel matrimonio y los reconoce como institutos naturales y fundamentales de la sociedad, concordado con lo estipulado en el Artículo 233º del Código Civil del Perú;Dec. Leg. Nº 295; Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia, conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, y enconcordancia con el Artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, mediante Informe Nº 096-2006-RR.CC.-MDEA la Unidad de Registro Civil de esta corporación propone la realización del Segundo Matrimonio Civil Comunitario, cuya ceremonia central se realizará el sábado 4 denoviembre próximo, en el parque San José, de la Cooperativa San José; proponiendo como tasa única a cancelarse por derecho de Matrimonio Comunitario, lasuma de S/. 65.00 (Sesenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles) y con ello fortalecer la institución del matrimonio dentro de la comunidad agustiniana; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, se aprobó por unanimidad y condispensa del trámite de aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo 1º.- AUTORIZAR la celebración del "Segundo Matrimonio Civil Comunitario 2006" en el distrito de ElAgustino, que tendrá lugar el día 4 de noviembre del año en curso, a horas 12.00 p.m., en el parque San José de la Cooperativa San José del distrito de El Agustino.