NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (26/09/2006)
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NORMAS LEGALESEl Peruano martes 26 de setiembre de 2006 328945REPUBLICADELPERU automática, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolución opierda alguna de las capacidades exigidas por LeyNº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento, ydemás disposiciones legales vigentes; o renuncie, sesuspenda o se revoque su respectivo Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronáutico y Manual de Procedimientos de Inspección. Artículo Sétimo.- Si la Administración verificase la existencia de fraude o falsedad en ladocumentación presentada o en las declaracioneshechas por el interesado, la Dirección General de Aeronáutica Civil, procederá conforme a lo señalado en el artículo 32.3 de la Ley del ProcedimientoAdministrativo General. Artículo Octavo.- La autorización que se otorga por la presente Resolución al Taller de MantenimientoAeronáutico de la empresa LAN PERÚ S.A. queda sujeta a la Ley de Aeronáutica Civil, a su Reglamento, a las Regulaciones Aeronáuticas del Perú, a lasDirectivas que dicte la Dirección General deAeronáutica Civil y a las demás normas aplicables a lamateria. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CÉSAR RIVERA PÉREZ Director General de Aeronáutica Civil 02221-1 VIVIENDA /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G6F/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G66/G65/G72/G69/G64/G6F/G20/G61 /G6C/G61/G20 /G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61 /G63/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G69/G64/G61/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G32/G33/G37/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G56/G49/G56/G49/G45/G4E/G44/G41 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 305-2006-VIVIENDA Lima, 25 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2006-PCM se ha dispuesto la fusión del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, bajo lamodalidad de fusión por absorción por el Ministerio deEducación en su calidad de entidad incorporante; Que, el artículo 2º del citado Decreto Supremo establece que en el plazo de cuarenta y cinco días (45) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de dicha norma el INFES transferirá los recursos,personal y acervo documentario correspondiente alMinisterio de Educación; Que, en ese sentido, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante la Resolución Ministerial Nº 237-2006-VIVIENDA constituye la Comisión de Transferencia de los recursos, personal y acervodocumentario del INFES al Ministerio de Educación; Que, la Comisión de Transferencia en mención ha cumplido con el encargo conferido en el plazo de cuarentay cinco días (45) días calendario según lo establecido en el Decreto Supremo Nº 049-2006-PCM, el que culminó el día 19 de setiembre de 2006; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792 y los Decretos Supremos Nºs. 002-2002-VIVIENDA y049-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluido el encargo a la Comisión de Transferencia constituida mediante laResolución Ministerial Nº 237-2006-VIVIENDA, la que al19 de setiembre de 2006 ha procedido a efectuar la entrega de los recursos, personal y acervo documentario del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y deSalud - INFES al Ministerio de Educación, a través de la Comisión constituida mediante la Resolución MinisterialNº 0459-2006-ED. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 02430-1 /G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G79/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G69/G6F/G72/G69/G64/G61/G64 /G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G63/G75/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61 /G52/G75/G62/GE9/G6F/G6C/G61/G20 /G79/G20 /G53/GED/G6E/G64/G72/G6F/G6D/G65/G20 /G64/G65/G20 /G52/G75/G62/GE9/G6F/G6C/G61/G43/G6F/G6E/G67/GE9/G6E/G69/G74/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 306-2006-VIVIENDA Lima, 25 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO:Que, en la reunión del Consejo Directivo del Comité Regional de Washington D.C, EUA, realizada en setiembre de 2003, los Ministros de Salud participantesaprobaron implementar las políticas de salud tendientesa eliminar la Rubéola y el Síndrome de Rubéola Congénitapara el año 2010; Que, en el Foro "Retos y Compromisos en Salud" realizado el 28 de agosto de 2006, se estableció como objetivo principal lograr la sensibilización, participacióny corresponsabilidad en el desarrollo de la CampañaNacional de Vacunación para la Eliminación de laRubéola y el Síndrome de la Rubéola Congénita en elPerú; Que, en ese marco, el Ministerio de Salud realizará la referida Campaña Nacional del 1 de octubre al 5 denoviembre de 2006, respecto de la cual todos losMinisterios tienen un compromiso social y político con lapoblación para brindar el apoyo y facilidades para suéxito; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ha considerado prioritario apoyar y brindarlas facilidades del caso para el éxito y cumplimiento de lameta establecida por el Ministerio de Salud, consistenteen vacunar a los peruanos comprendidos entre los dosy treinta y nueve años de edad en la Campaña de Vacunación contra la Rubéola y Síndrome de Rubéola Congénita; De conformidad con la Ley Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Implementar en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la Jornada gratuitadenominada "Campaña de Vacunación para la Eliminaciónde la Rubéola y Síndrome de Rubéola Congénita" que sellevará a cabo el día 2 de octubre de 2006 con la participación de todos los funcionarios y servidores del Ministerio en mención y de los organismos públicosdescentralizados adscritos al mismo. Artículo 2º.- Los funcionarios del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y de las entidadespúblicas descentralizadas participantes brindarán las facilidades del caso para el buen desarrollo de la referida Campaña Nacional de Vacunación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 02430-2