Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2006 (26/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano martes 26 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

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automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolucion o pierda alguna de las capacidades exigidas por Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento, y demas disposiciones legales vigentes; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronautico y Manual de Procedimientos de Inspeccion. Articulo Setimo.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo Octavo.- La autorizacion que se otorga por la presente Resolucion al Taller de Mantenimiento Aeronautico de la empresa LAN PERU S.A. queda sujeta a la Ley de Aeronautica Civil, a su Reglamento, a las Regulaciones Aeronauticas del Peru, a las Directivas que dicte la Direccion General de Aeronautica Civil y a las demas normas aplicables a la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 02221-1

Salud - INFES al Ministerio de Educacion, a traves de la Comision constituida mediante la Resolucion Ministerial Nº 0459-2006-ED. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 02430-1

Oficializan y declaran de prioridad nacional la ejecucion de la MORDAZA Nacional de Vacunacion contra la Rubeola y Sindrome de Rubeola Congenita en el Peru en el Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 306-2006-VIVIENDA MORDAZA, 25 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, en la reunion del Consejo Directivo del Comite Regional de MORDAZA D.C, EUA, realizada en setiembre de 2003, los Ministros de Salud participantes aprobaron implementar las politicas de salud tendientes a eliminar la Rubeola y el Sindrome de Rubeola Congenita para el ano 2010; Que, en el Foro "Retos y Compromisos en Salud" realizado el 28 de agosto de 2006, se establecio como objetivo principal lograr la sensibilizacion, participacion y corresponsabilidad en el desarrollo de la MORDAZA Nacional de Vacunacion para la Eliminacion de la Rubeola y el Sindrome de la Rubeola Congenita en el Peru; Que, en ese MORDAZA, el Ministerio de Salud realizara la referida MORDAZA Nacional del 1 de octubre al 5 de noviembre de 2006, respecto de la cual todos los Ministerios tienen un compromiso social y politico con la poblacion para brindar el apoyo y facilidades para su exito; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ha considerado prioritario apoyar y brindar las facilidades del caso para el exito y cumplimiento de la meta establecida por el Ministerio de Salud, consistente en vacunar a los peruanos comprendidos entre los dos y treinta y nueve anos de edad en la MORDAZA de Vacunacion contra la Rubeola y Sindrome de Rubeola Congenita; De conformidad con la Ley Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Implementar en el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la Jornada gratuita denominada "Campana de Vacunacion para la Eliminacion de la Rubeola y Sindrome de Rubeola Congenita" que se llevara a cabo el dia 2 de octubre de 2006 con la participacion de todos los funcionarios y servidores del Ministerio en mencion y de los organismos publicos descentralizados adscritos al mismo. Articulo 2º.- Los funcionarios del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y de las entidades publicas descentralizadas participantes brindaran las facilidades del caso para el buen desarrollo de la referida MORDAZA Nacional de Vacunacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 02430-2

VIVIENDA
Dan por concluido encargo conferido a la Comision de Transferencia constituida mediante R.M. Nº 2372006-VIVIENDA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 305-2006-VIVIENDA MORDAZA, 25 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2006-PCM se ha dispuesto la fusion del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, bajo la modalidad de fusion por absorcion por el Ministerio de Educacion en su calidad de entidad incorporante; Que, el articulo 2º del citado Decreto Supremo establece que en el plazo de cuarenta y cinco dias (45) dias calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de dicha MORDAZA el INFES transferira los recursos, personal y acervo documentario correspondiente al Ministerio de Educacion; Que, en ese sentido, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento mediante la Resolucion Ministerial Nº 237-2006-VIVIENDA constituye la Comision de Transferencia de los recursos, personal y acervo documentario del INFES al Ministerio de Educacion; Que, la Comision de Transferencia en mencion ha cumplido con el encargo conferido en el plazo de cuarenta y cinco dias (45) dias calendario segun lo establecido en el Decreto Supremo Nº 049-2006-PCM, el que culmino el dia 19 de setiembre de 2006; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792 y los Decretos Supremos Nºs. 002-2002-VIVIENDA y 049-2006-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluido el encargo a la Comision de Transferencia constituida mediante la Resolucion Ministerial Nº 237-2006-VIVIENDA, la que al 19 de setiembre de 2006 ha procedido a efectuar la entrega de los recursos, personal y acervo documentario del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de

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